3º Juzgado Civil de Valparaíso

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ACEVEDO

Rol

C-1460-2021

Fecha

19 de agosto de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 8 de noviembre de 2021, a folio 1, comparecen don FERNANDO PARADA ESPINOZA, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, empresa del giro de su denominación, cuyo gerente general y representante legal es don Eugenio Von Chrismar Carvajal, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Reñaca Norte N° 25, oficina N° 604, Viña del Mar; quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don JONATHAN GABRIEL ACEVEDO SANTIBAÑEZ, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle 20 de agosto, San Roque, Valparaíso, y/o avenida Bernardo O’Higgins N° 2002, San Roque, Valparaíso, y/o en calle 1 Poniente N° 123, Piso N° 7, Oficina N° 701, Viña del Mar, y solicita que en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $72.923.000.-, más intereses antes indicados que se devenguen desde el vencimiento hasta el pago efectivo, y se ordene seguir adelante la ejecución hasta hacerse entero pago, con costas Que, con fecha 20 de diciembre de 2021, a folio 13, comparece don MARIO ESPINOZA VALDERRAMA, abogado, en representación del ejecutado don JONATHAN GABRIEL ACEVEDO SANTIBÁÑEZ, quien se opone a la demanda ejecutiva, deduciendo la excepciones de los números 14 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que sean declaradas admisibles, y en definitiva, sean Código: VVYGXXEYXEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acogidas y se niegue lugar a la ejecución en todas sus partes, con costas. Que, con fecha 30 de diciembre de 2021, a folio 20, se tuvo por evacuado el traslado por parte del ejecutante de fecha 29 de diciembre de 2021, a folio 19, y se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibiéndose la causa a prueba por el término legal. Que, con fecha 19 de agosto de 2022, se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA OBJECIÓN DE DOCUMENTOS: PRIMERO: Que, en el segundo otrosí de la presentación de fecha 20 de diciembre de 2021, a folio 13, la parte ejecutada objetó los siguientes documentos acompañados por el ejecutante: 1.- Pagaré fundante de la ejecución, en virtud del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, pues no le consta su autenticidad ni integridad, conforme a lo expresado en su presentación y adolece de un vicio de nulidad absoluta, dando por reproducidos los fundamentos señalados en lo principal. 2.- Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios BCI, en virtud de lo establecido en el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, pues no consta su autenticidad ni integridad. Que, con fecha 23 de diciembre de 2021, a folio 17, se confirió traslado al ejecutante, el que fue evacuado con fecha 29 de diciembre de 2021, a folio 20, solicitando su rechazo. Que, la objeción respecto del pagaré, se rechazará por tratarse del título ejecutivo en que se funda la presente ejecución. Que, la objeción en contra del Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios, se acogerá por sus propios fundamentos. Lo Código: VVYGXXEYXEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl anterior, sin perjuicio del valor probatorio que se le pueda asignar en su oportunidad. II.- EN CUANTO AL FONDO: SEGUNDO: Que, con fecha 8 de noviembre de 2021, a folio 1, comparecen don FERNANDO PARADA ESPINOZA, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, empresa del giro de su denominación, cuyo gerente general y representante legal es don Eugenio Von Chrismar Carvajal, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Reñaca Norte N° 25, oficina N° 604, Viña del Mar; quien interpone demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de don JONATHAN GABRIEL ACEVEDO SANTIBAÑEZ, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle 20 de agosto, San Roque, Valparaíso, y/o avenida Bernardo O’Higgins N° 2002, San Roque, Valparaíso, y/o en calle 1 Poniente N° 123, Piso N° 7, Oficina N° 701, Viña del Mar, y solicita que en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $72.923.000.-, más intereses antes indicados que se devenguen desde el vencimiento hasta el pago efectivo, y se ordene seguir adelante la ejecución hasta hacerse entero pago, con costas Funda la demanda señalando que el demandante es beneficiario y dueño del pagaré Código de Operación N°D01500744325, suscrito el día 29 de diciembre de 2020, por don JONATHAN GABRIEL ACEVEDO SANTIBAÑEZ, representado por el Banco de Crédito e Inversiones, como mandatario del deudor, representado éste a su vez, por doña Paula Martínez Chandía, por la cantidad de $72.923.000.- por concepto de capital, más un interés mensual. Agrega, que el capital adeudado y sus intereses se pagarían en 83 cuotas de $1.482.376.- cada una, con vencimiento la primera de ellas el día 24 de junio del 2021 y las res

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibiéndose la causa a prueba por el término legal. Que, con fecha 19 de agosto de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO A LA OBJECIÓN DE DOCUMENTOS: PRIMERO: Que, en el segundo otrosí de la presentación de fecha 20 de diciembre de 2021, a folio 13, la parte ejecutada objetó los siguientes documentos acompañados por el ejecutante: 1.- Pagaré fundante de la ejecución, en virtud del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, pues no le consta su autenticidad ni integridad, conforme a lo expresado en su presentación y adolece de un vicio de nulidad absoluta, dando por reproducidos los fundamentos señalados en lo principal. 2.- Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios BCI, en virtud de lo establecido en el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, pues no consta su autenticidad ni integridad. Que, con fecha 23 de diciembre de 2021, a folio 17, se confirió traslado al ejecutante, el que fue evacuado con fecha 29 de diciembre de 2021, a folio 20, solicitando su rechazo. Que, la objeción respecto del pagaré, se rechazará por tratarse del título ejecutivo en que se funda la presente ejecución. Que, la objeción en contra del Contrato Cuenta Corriente y Otros Servicios Bancarios, se acogerá por sus propios fundamentos. Lo Código: VVYGXXEYXEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl anterior, sin perjui

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : C-1460-2021 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ACEVEDO En Valparaíso, a diecinueve de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: Que, con fecha 8 de noviembre de 2021, a folio 1, comparecen don FERNANDO PARADA ESPINOZA, en representación de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, empresa del giro de su denominación, c

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