RICHEMOND/SOCIEDAD SAN LEÓN SPA
Rol
O-567-2022
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-567-2022, RUC N°22-4-0417363-8 por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don PHEDENS RICHEMOND, maestro panadero, domiciliado en calle Uruguay Nº 1727 de la comuna de Santiago, quien lo hizo asistido por el abogado don Juan Francisco Cleveland Mujica y por doña Cecilia Inostroza Jofré. Por su parte, el demandado LUIS JARA ESPINOZA, comerciante, dedicado a la fabricación y comercialización de pan y venta de abarrotes y la sociedad SAN LEON SPA, empresa del giro de elaboración de productos de panadería y pastelería, representada por don Luis Jara Espinoza, ambas demandadas domiciliadas en calle San Florencio Nº 11988, comuna de El Bosque, fueron legalmente notificadas para comparecer en este proceso, solo realizándolo la sociedad demandada quien compareció asistida por la abogada doña Daniela Reyes Zúñiga. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don PHEDENS RICHEMOND, interpuso demanda- en procedimiento de aplicación general- en contra de LUIS ENRIQUE JARA ESPINOZA y en contra de SAN LEON SpA, en calidad de coempleadores, o en subsidio solo en contra de San Leon SpA, con el objeto que
Fallo
se declarase que su despido era nulo e injustificado y, conforme a ello, se estableciera la obligación de las demandadas de pagar solidariamente las siguientes indemnizaciones y prestaciones; todas las cuales se demandan debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $28.000 por concepto de remuneraciones correspondientes al día 15 de abril de 2022; 2.- $ 840.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 3.- $ 5.880.000 por concepto de indemnización por años de servicio; 4.- $ 2.940.000 por concepto de recargo legal correspondiente a un 50%; 5.- $ 1.512.000 por concepto de 216 horas extraordinarias trabajadas durante los últimos meses; 6.- $294.000 por concepto de feriado proporcional; 7.- Cotizaciones de seguridad social impagas durante la vigencia de la relación laboral; 8.- Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo. Funda su demanda indicando que fue contratado por don Luis Jara Espinoza con fecha 01 de octubre de 2015 para desempeñar labores de maestro panadero en el establecimiento comercial de panadería y venta de abarrotes denominado,” Panadería Macarena” de propiedad del demandado ubicado en San Florencio Nº 11.988, comuna de El Bosque. Indica que su empleador solo escrituró su contrato de trabajo con fecha 01 de noviembre de 2015 para luego con fecha 01 de octubre de 2016 presentarle un anexo de contrato de trabajo en el que se reconocía que desde esa dat
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General MATERIA: Despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales. DEMANDANTE: Phedens Richemond DEMANDADO: Luis Jara Espinoza y San León SpA. RUC: 22-4-0417363-8 RIT: O-567-2022 _________________________________________/ San Miguel, dos de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llev
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