30º Juzgado Civil de Santiago

PLAZA ESTACIÓN S.A./

Rol

V-344-2021

Fecha

18 de agosto de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 9 de diciembre de 2021 se ha presentado don Waldo Farías Fritsch, abogado, actuando en representación convencional de Plaza Estación S.A., representada legalmente por doña Carmen Munita Castañón, ingeniero comercial y por don Nicolás Bennett Nualart, ingeniero civil, todos con domicilio en Avenida Kennedy N° 5413, comuna de Las Condes, quien solicita la restitución sin forma de juicio del inmueble correspondiente a los siguientes S.U.C. (salón o Local de Uso Comercial): A.- S.U.C. (salón o Local de Uso Comercial), número P 219-221 del Centro Comercial Paseo Arauco Estación, ubicado en calle San Borja N° 122, comuna de Estación Central, Santiago. B.- El Stand o Módulo Móvil número M067-A, del Centro Comercial Arauco Estación, de una superficie aproximada de 4 metros cuadrados, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins, número 3250, comuna de Estación Central, Santiago. Inmuebles de propiedad de su representada, por haber sido abandonados por su arrendataria, la sociedad Comercial Mlv Ltda., de la cual ignora, representada por el señor Jaime Matulic Moreno, de quien ignora profesión u oficio, e ignoro su actual domicilio. Señala que mediante los correspondientes contratos celebrados entre las partes, la empresa solicitante dio en arrendamiento a la mencionada sociedad los inmuebles (locales comerciales) ya singularizados de su propiedad, contrato en el cual se pactó una renta mensual variable, así como otros conceptos también estipulados en aquel. Código: VBXTXXXCZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Agrega que aun cuando la referida solicitada, adeuda a su mandante las correspondientes rentas de arrendamiento atrasadas por concepto de arriendo, así como otros conceptos, se ha tomado conocimiento que la arrendataria ha abandonado los inmuebles; sin haberlos restituirlo en forma legal y sin respetar el contrato de arrendamiento pactado. Hace presente que, conform

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Waldo Farías Fritsch, abogado en representación convencional de Plaza Estación S.A., representada legalmente por doña Carmen Munita Castañón y por don Nicolás Bennett Nualart, todos ya individualizados, solicita la restitución sin forma de juicio de los siguientes Salones o Locales de Uso Comercial: A.- S.U.C. (salón o Local de Uso Comercial), número P 219-221 del Centro Comercial Paseo Arauco Estación, ubicado en calle San Borja N° 122, comuna de Estación Central, Santiago. B.- El Stand o Módulo Móvil número M067-A, del Centro Comercial Arauco Estación, de una superficie aproximada de 4 metros cuadrados, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins, número 3250, comuna de Estación Central, Santiago, en razón de los fundamentos de hecho y derecho esgrimidos en la parte expositiva de la sentencia. SEGUNDO: Que el peticionario acompañó a la solicitud, los siguientes documentos: 1.- Copia del contrato de arrendamiento suscrito respecto de los inmuebles cuya restitución se solicita. 2.- Copia de la demanda de cobro de rentas y otros conceptos impagos que en su oportunidad se presentó contra la solicitada de autos. 3.- Copia de la resolución del tribunal que conoció de dicho procedimiento, la cual le dio curso a dicha demanda. 4.- Copia del estampado de notificación frustrada aludido en lo principal. 5.- Certificados de dominio correspondientes a los inmuebles en los cuales se ubican los locales arrendados cuya restitución ha pedido. TERCERO: Que a folio 5 consta estampado del receptor judicial don Eduardo Ramírez Martínez, quien con fecha 20 de enero de 2022 certifica haber concurrido al inmueble ubicado calle San Borja N° 122, Stand o Modulo Móvil Numero M067-A del Centro Comercial Arauco, comuna de Estación Central, y declara haber constatado que dicho Código: VBXTXXXCZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 domicilio se encuentra vacío y sin moradores. Informa persona adulta sexo femenino quien dijo llamarse Carla Yáñez. CUARTO: Que a folio 6 consta estampado del receptor judicial don Fernando Narbona Rodríguez, quien con fecha 2 de marzo de 2022 certifica haber concurrido al inmueble S.U.C. (salón O Local De Uso Comercial), número P 219-221 del Centro Comercial Paseo Arauco Estación, ubicado en calle San Borja N° 122, comuna de Estación Central, y declara que dicho domicilio corresponde a carros móviles a un costado de Sodimac, el cual ya no existen, ahora dicho local se usa el puesto como basura. QUINTO: Que el artículo 6° de la Ley N° 18.101 dispone en su inciso final que: “Si el arrendatario abandonare el inmueble sin restituirlo al arrendador, éste podrá solicitar al juez de letras competente que se le entregue, sin forma de juicio, con la sola certificación del abandono por un ministro de fe”. SEXTO: Que habiéndose acreditado la relación contractual en virtud del contrato de arrendamiento acompañado en autos y, mediante la cer

Fallo

se declara: -Que se acoge la solicitud de fecha 9 de diciembre de 2021 y, en consecuencia, procédase a la entrega material a Plaza Estación S.A. debidamente representado, de las siguientes propiedades: 1.- Del S.U.C. (salón o Local de Uso Comercial) número P 219- 221, ubicado en el Centro Comercial Paseo Arauco Estación, ubicado en calle San Borja N° 122, comuna de Estación Central, Santiago. 2.- Del stand o módulo móvil número M067-A, del Centro Comercial Arauco Estación, de una superficie aproximada de 4 metros cuadrados, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins, número 3250, comuna de Estación Central, Santiago. Código: VBXTXXXCZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Efectúese por intermedio de un receptor judicial quien deberá levantar un acta y dejando la debida constancia en autos. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. .- Pronunciada por don Francisco Javier Schwalm Davis, Juez Subrogante del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só Código: VBXTXXXCZTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-18T21:35:27-0400

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-344-2021 CARATULADO : PLAZA ESTACI N S.A./Ó Santiago, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Que con fecha 9 de diciembre de 2021 se ha presentado don Waldo Farías Fritsch, abogado, actuando en representación convencional de Plaza Estación S.A., representada legalmente por doña C

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