HUALME/
Rol
V-143-2020
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
CESIÓN DE DERECHOS, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, comparece do a ñ ANGELA HUALME HUALME, chilena, casada, enfermera, c dula nacional de identidad n mero 10.638.859-8, domiciliada ené ú sector Mehu n Alto, comuna de Mariquina; solicitando conforme al art culo 891 delí í C digo de Procedimiento Civil, en su calidad de curadora general de su madre,ó autorizaci n judicial para enajenar las acciones y derechos sobre inmueble.ó Expone que su madre do a ñ CLARA HUALME LEFIMILLA, con domicilio en Sector Mehu n Alto, comuna de Mariquina, fue declarada interdicta por resoluci n delí ó Tribunal; siendo due a dada la sociedad conyugal del inmueble ubicado en Mehu nñ í Alto, comuna de Mariquina, que tiene una superficie aproximada de siete coma cincuenta y ocho hect reas, seg n plano x-1-4604 S.R., correspondiente a la Hijuelaá ú n mero Tres. Dicho predio fue subdividido en dos lotes, el Lote 3-A de una superficie deú 3,98833 hect reas y Lote 3-B de una superficie de 2,53 hect reas, seg n plano elaboradoá á ú por el Ingeniero Forestal don Luis Espinoza Ar valo, autorizado por el SAG el 4 deé septiembre del a o 2017, autorizado de acuerdo a certificado n mero 183-V, firmadoñ ú por el Jefe Oficina SAG Valdivia don Rub n Cofre Sep lveda. é ú Dicho inmueble se adquiri bajo vigencia de la sociedad conyugal existente entreó ellos, por resoluci n n mero seiscientos sesenta y seis de fecha veintitr s de julio de miló ú é novecientos noventa y uno, dictada por la Oficina Provincial de Bienes Nacionales de Valdivia. El t tulo de dominio se encuentra inscrito a fojas 392, n mero 401í ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1992, del Conservador de Bienesñ Ra ces de Mariquina. í Para efectos de pago al Impuesto Territorial tiene asignado el rol de Aval oú n mero 389-77, de la comuna de Mariquina. ú Código: SMXHXXMWWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Expone que sus padres recibieron una ofertad de compra por el Lote 3-B de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitud presentada se refiere a la autorizaci n de una enajenaci nó ó de inmueble perteneciente a la sociedad conyugal, estando la c nyuge declaradaó interdicta. SEGUNDO: Que se acompa copia de inscripci n de dominio en el Registro deñó ó Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Mariquina, fojas 392, N 401 delí ° Registro de Propiedad del a o 1992, donde consta que don Aristeo Hualme Hualme esñ due o de un inmueble ubicado en el sector de Mehuin Alto de esta comuna, con unañ superficie aproximada de siete coma cincuenta y ocho hect reas, hijuela n mero tres, ,á ú cuyo rol de aval o fiscal es 389-020, habi ndose adquirido por resoluci n de la Oficinaú é ó de Bienes Nacionales; constando varias anotaciones marginales de transferencia de dominio, unas canceladas y dos de los a os 2009 y 2012 referentes al lote B. Elñ certificado de la vigencia de la inscripci n antes descrita data del 20 de octubre de 2020.ó Se acompa igualmente certificado de aval o fiscal del predio ROL: 389-077 delñó ú segundo semestre del a o 2020, con un valor de la propiedad ubicada en Mehuin Alto,ñ hijuela 3 de $4.252.943. Se adjunt copia de plano de subdivisi n de hijuela n mero 3, Mehuin Alto, Roló ó ú de aval o fiscal 389-077, que distingue el lote 3-A y 3-B, el primero con una superficieú de 3,98833 hect reas y el segundo con 2,53 hect reas. á á Asimismo se acompa aron certificado de matrimonio de la interdicta celebradoñ con don ARISTEO HUALME HUALME, c dula nacional de identidad N 2.808.995-é ° Código: SMXHXXMWWTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 3, el 19 Noviembre de 1959, ante el Oficial del Registro Civil de la comuna de Mariquina. De la lectura del certificado de nacimiento de do a CLARA HUALMEñ LEFIMILLA, c dula nacional de identidad N 5.803.973-K, figura que ella naci el 12é ° ó Octubre de 1934, teniendo por ende a la fecha 87 a os.ñ Finalmente se incorpor certificado de nacimiento de la solicitante do aó ñ ANGELA HUALME HUALME, c dula nacional de identidad N 10.638.859-8, coné ° fecha de nacimiento el 26 octubre de 1965, figurando como padres don ARISTEO HUALME HUALME y do a CLARA HUALME LEFIMILLA.ñ TERCERO: Que a folio 5, con fecha 16 de diciembre de 2020 se rindi informaci nó ó sumaria de testigos, consistente en las declaraciones de do a Luisa Elisabet Llanquimanñ Quilapan y don Juan Antonio Huichaman Vega, quienes legalmente examinados, se alan conocer a la solicitante y a sus padres desde la ni ez, pues todos son residentesñ ñ del sector de Mehuin, afirmando que la venta resultara beneficiosa dado que los padres son adultos mayores que sobrepasan los 90 a os de edad, siendo necesario contar conñ recursos para destinarlos a la cobertura de sus necesidades. CUARTO: Que a folio 7, con fecha 21 de enero de 2021, se emiti Informe por eló defensor p blico don Alfonso Banda Vergara, quien expone que parte de la solicitudú presentada, haciendo
Fallo
se declara:ó I.- Que se acoge la solicitud presentada a lo principal de fojas 1 por do añ ANGELA HUALME HUALME, y a folio 27 por don ARISTEO HUALME HUALME y consecuencialmente se autoriza la enajenaci n del inmueble ubicado enó Mehu n Alto, comuna de Mariquina, singularizado como Lote 3-B de una superficie deí 2,53 hect reas resultante de la subdivisi n seg n plano X-1-4604 S.R., de la Hijuelaá ó ú n mero Tres, autorizado por el SAG el 4 de septiembre del a o 2017, autorizado deú ñ acuerdo a certificado n mero 183-V emitido por dicho servicio; cuya inscripci n deú ó dominio rola a fojas 392 N mero 401 del Registro de Propiedad del Conservador deú Bienes Ra ces de Mariquina del a o 1992, y cuyo rol de aval o es 389-077 de estaí ñ ú comuna. Esta autorizaci n se concede bajo el supuesto contemplado en el art culo 1749ó í inciso final del C digo Civil, dada la declaraci n de interdicci n de la c nyuge do aó ó ó ó ñ CLARA HUALME LEFIMILLA, c dula nacional de identidad N 5.803.973-K.é ° II.- Que tal enajenaci n, deber efectuarse en el precio no inferior a $ 3.000.000ó á (tres millones de pesos). III.- Que la presente autorizaci n que se concede por el plazo de seis mesesó contados desde la fecha de la presente resoluci n.ó La venta deber realizarse en p blica subasta. á ú Reg strese, d se copia y arch vese en su oportunidad. í é í Rol N V-143-2020.º Pronunciada por do a Paula Fern ndez Bernal. Jueza Titular.ñ á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el incis
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Mariquina CAUSA ROL : V-143-2020 CARATULADO : HUALME/ Mariquina, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Que a folio 1, comparece do a ñ ANGELA HUALME HUALME, chilena, casada, enfermera, c dula nacional de identidad n mero 10.638.859-8, domiciliada ené ú sector Mehu n Alto, comuna de Mariquina; s
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