2º Juzgado Civil de Temuco

TESORERIA REGIONAL DE TEMUCO/MANSILLA

Rol

C-1856-2021

Fecha

18 de agosto de 2022

Materia

EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de junio de 2021, a folio 1, comparece don Guido Andr sé Fern ndez Gonz lez, á á Abogado del Servicio de Tesorer as, en representaci n del í ó Fisco de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el Art culo 186 del C digo Tributario,í ó concordado con el Art culo 2 del D.F.L. N 1 del Ministerio de Hacienda, de 1994,í º Org nico del Servicio de Tesorer as, modificado por el Art culo 8 de la Ley 19.506,á í í domiciliado en calle Claro Solar N 885 Piso 1 de la comuna de Temuco, quien solicita° pronunciamiento judicial sobre la oposici n a la ejecuci n formulada por eló ó contribuyente don Alejandro Ernesto Mansilla Vera, habi ndose rechazado laé excepci n de prescripci n opuesta.ó ó Con fecha 11 de junio de 2021, a folio 3, se recibi la causa a prueba,ó suspendi ndose el t rmino probatorio, en virtud de lo dispuesto en el art culo 6 de la leyé é í 21.226. Con fecha 09 de diciembre de 2021, a folio 6, se reactiv el t rmino probatorio.ó é Con fecha 16 de diciembre de 2021, a folio 8, fue notificado por c dula elé demandado de la resoluci n que recibe la causa a prueba y de la que ordena reanudar eló t rmino probatorio.é Con fecha 20 de diciembre de 2021, a folio 9, fue notificado personalmente el abogado de la demandante de la resoluci n que recibe la causa a prueba.ó Con fecha 06 de julio de 2022, a folio 13, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 10 de junio de 2021, don Guido Andr s Fern ndezé á Gonz lez, á Abogado del Servicio de Tesorer as, en representaci n del Fisco de Chile, deí ó acuerdo a lo dispuesto en el Art culo 186 del C digo Tributario, concordado con elí ó Art culo 2 del D.F.L. N 1 del Ministerio de Hacienda, de 1994, Org nico del Servicio deí º á Tesorer as, modificado por el Art culo 8 de la Ley 19.506, domiciliado en calle Claroí í Solar N 885 Piso 1 de la comuna de Temuco, solicita pronunciamiento judicial sobre la° oposici n a la ejecuci n formulada por el contribuyente, don ó ó Alejandro Ernesto Mansilla Vera, habi ndose rechazado la excepci n de prescripci n opuesta, en los siguientesé ó ó t rminos: é “Consta del expediente administrativo Rol N 505-2009 Temuco, que seº notific y requiri de pago al contribuyente, ó ó Alejandro Ernesto Mansilla Vera, Rut 7641868-3, con domicilio para estos efectos en calle Los Cedros 01305 Temuco, por la deuda de impuesto fiscal singularizada en la n mina de deudores que se acompa a. Deó ñ la misma forma, consta del cuaderno separado de excepciones, que se opuso dentro del plazo establecido en el art culo 176 Inciso 1 del C digo Tributario, la excepci n deí º ó ó prescripci n, contemplada en el N 2 del Art culo 177 del citado cuerpo legal. ó ° í La excepci n opuesta fue rechazada por el abogado del Servicio de Tesorer asó í mediante resoluci n de fecha 30 de agosto de 2020, en cuanto a los folios peticionadosó prescribir en expediente Rol 505-2009 Temuco, que rola agregada al cuaderno separado de excepci n que se acompa a en un otros de esta presentaci n. ó ñ í ó Código: HMNWXXZGNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1856-2021 Foja: 1 De conformidad a lo previsto en el Art culo 179 Inciso 4 del C digo Tributario,í º ó corresponde a S.S. pronunciarse en definitiva sobre la oposici n del ejecutado, lo queó solicito por medio de esta presentaci n, pidiendo desde ya que se rechace en todas susó partes con costas, la excepci n opuesta. ó Fundamento dicha petici n, en los mismos antecedentes de hecho y de derechoó analizados en los considerandos de la resoluci n ya mencionada, que doy poró expresamente reproducidos para estos efectos, los cuales mantienen plena validez a la fecha. Por ltimo, hago presente a S. S. que, de conformidad a lo dispuesto en el Incisoú 2 del Art culo 181 del C digo Tributario, la resoluci n que recaiga sobre el presenteí ó ó escrito deber notificarse á por c dula é al ejecutado.

Fallo

POR TANTO: En m rito de lo expuesto y disposiciones legales citadas, RUEGOé A S.S., se sirva emitir un pronunciamiento sobre la oposici n formulada por eló contribuyente antes individualizado, de conformidad con lo dispuesto en el Art culo 179í del C digo Tributario, rechazando con costas la excepci n opuesta .ó ó ” SEGUNDO: Que, con fecha 03 de agosto de 2018, comparece en sede administrativa el contribuyente, don Alejandro Mansilla, quien alega prescripci n,ó acompa ando un certificado de deuda, seg n consta en el cuaderno de excepcionesñ ú acompa ado.ñ TERCERO: Que, el ejecutante acompa una copia del expedienteñó administrativo Rol n mero 505-2009, sobre cobro de impuesto fiscal, respecto delú contribuyente don Alejandro Ernesto Mansilla Vera, constando en dicho expediente que la excepci n de prescripci n alegada por el demandado fue fallada el 31 de agosto deó ó 2020, resoluci n que se halla notificada con fecha 24 de febrero de 2020.ó CUARTO: Que el art culo 200 del C digo Tributario establece en su incisoí ó primero El servicio podr liquidar un impuesto, revisar cualquier deficiencia en su“ á liquidaci n y girar los impuestos a que hubiere lugar, dentro del t rmino de tres a osó é ñ contados desde la expiraci n del plazo legal en que debi efectuarse el pago .ó ó ” QUINTO: Que, a fin de resolver esta controversia jur dica en relaci n a laí ó prescripci n, se tendr presente que el art culo 201 del C digo Tributario establece Enó á í ó “ los mismos plazos se alados en el a

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C-1856-2021 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1856-2021 CARATULADO : TESORERIA REGIONAL DE TEMUCO/MANSILLA Temuco, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 10 de junio de 2021, a folio 1, comparece don Guido Andr sé Fern ndez Gonz lez, á á Abogado del Servicio de Tesorer as, en representaci n del í ó Fisco d

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