BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CANCINO
Rol
C-324-2021
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 05 de febrero de 2021, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogada, actuando en representación de Banco de Crédito e Inversiones, persona jurídica dedicada al giro de su denominación, con domicilio en esta ciudad, calle Washington N°2683, e interpone demanda ejecutiva en contra de don Cristopher Eduardo Cancino Valenzuela ignora profesión u oficio, cedula nacional de identidad 18.151.944-4, domiciliado en Base Aerea Cerro Moreno Pabellón 1 Depto. 9, Antofagasta, en atención a los siguientes antecedentes: Seña que consta del pagaré N° de Operación D01354325731 que don Cristopher Eduardo Cancino Valenzuela, se constituyó deudor de su representado, por la suma de $9.363.014 (Nueve millones trescientos sesenta y tres mil catorce pesos), las que se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $255.184 (Doscientos cincuenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro pesos) cada una, venciendo la primera de ellas el día 21-07-2020, y las restantes los días 21 de cada mes, venciendo la última de ellas el 23-06-2025. Indica que se estableció que: 1) La obligación devengará Código: XXCKXXDZPRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un interés del 1.66% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado, según se expresa en el mencionado documento, el que se encuentra incorporado al valor final de cada una de las cuotas ya mencionadas. 2) En caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas, el Banco estará facultado para hacer exigible, como si fuera plazo vencido, la deuda que consta de este Pagaré y todas las demás obligaciones de crédito de dinero que el deudor hubiera contraído o contraiga con el Banco, devengándose en ese caso, como interés moratorio, el pactado en este pagaré aumentado en un 50%, o el interés máximo convencional para operaciones no reajustables vigentes en esta fecha o a las épocas de la mora o retardo, a elección del acreedor y 3) Que el
Fundamentos
fundamentos y consideraciones expuestos precedentemente. En definitiva, solicita tener por evacuado el traslado, rechazando la excepción interpuesta con expresa condena en costas, y se ordene proseguir con el procedimiento de apremio, hasta el entero y total pago de la obligación que en autos se persigue. Con fecha 26 de febrero de 2021,
Fallo
en mérito de lo expuesto, documentos que se acompañan y lo dispuesto en el artículo 434 Nº 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Código: XXCKXXDZPRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl solicita tener por entablada la presente demanda ejecutiva en contra de don Cristopher Eduardo Cancino Valenzuela, antes individualizado, y despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $9.128.160 (Nueve millones ciento veintiocho mil ciento sesenta pesos) más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. Con fecha 19 de febrero de 2021, comparece don Mario Andrés Espinoza Valderrama, abogado, en representación de don Cristopher Eduardo Cancino Valenzuela, domiciliados para estos efectos en Baquedano N°50, oficina 804, comuna de Antofagasta. En primer lugar, opuso la excepción del N°14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es la “nulidad de la obligación”, indicando que consta de los documentos antecedentes de la presente ejecución, que el pagaré cobrado en autos fue suscrito en su representación, por un mandatario, a través de su apoderado doña Patricio Chomalí Osorio; mandatario que, sin embargo, lo suscribió ante notario y liberó al tenedor de la obligación de protesto, en virtud de Contrato acompañado. Fundamenta su alegación en que el mand
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-324-2021 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CANCINO Antofagasta, dieciocho de Agosto de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 05 de febrero de 2021, comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, abogada, actuando en representación de Banco de Crédito e Inversiones, persona jurídica dedicada al giro
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