22º Juzgado Civil de Santiago

FISCO DE CHILE/CABEZAS

Rol

C-325-2021

Fecha

18 de agosto de 2022

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO A folio 1, complementado a folio 6 y 8, comparece Ruth Israel L pez, Abogada Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa deló Estado, en representaci n legal del ó FISCO DE CHILE, Corporaci n deó Derecho P blico, ambos domiciliados en Agustinas N 1687, quien viene enú º interponer demanda de restituci n de inmueble fiscal, en procedimiento deó hacienda, en contra de don GERM N CABEZAS GUERRAÁ , ignora profesi n u oficio, domiciliado en Chopin Manzana E Lote B, comuna deó La Florida, Regi n Metropolitana.ó Funda su demanda, en que el Fisco de Chile es due o del inmuebleñ fiscal ubicado en Chopin Manzana E Lote B, comuna de La Florida, Regi n Metropolitana, conforme inscripci n de fojas 94659 N 87512, deló ó ° a o 2004 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Santiago. Explica que la demandada es ocupante ilegal de dicho predio fiscal, ocupaci n que mantiene desde el a o 1990 hasta la fecha, y sostiene queó ñ dicha ocupaci n ilegal vulnera el DL N 1939 de 1977, del Ministerio deó ° Bienes Nacionales, sobre normas de Adquisici n, Administraci n yó ó Disposici n de Bienes del Estado.ó A ade que dicha ocupaci n ilegal habr a irrogado perjuicios al Fiscoñ ó í de Chile, motivo por el cual interpone acci n indemnizatoria respecto deó todo el per odo por el que se habr a prolongado la ocupaci n del bien ra z,í í ó í solicitando que se reserve la determinaci n del quantum resarcitorio para laó Foja: 1 fase de cumplimiento de la sentencia, conforme lo preceptuado por el art culo 173 del C digo de Procedimiento Civil.í ó En raz n de lo anterior, viene en solicitar:ó 1.- Que se declare que el demandado tiene la calidad de ocupante ilegal del inmueble fiscal ya individualizado, esto es, por lo que estará obligado a restituirlo. 2.- Que se ordene la restituci n material del inmueble indicado en eló cuerpo de la demanda, libre de todo ocupante, dentro de tercer d a deí ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece en autos el FISCO DE CHILE, quien viene en interponer demanda de restituci n de inmueble fiscal, enó Foja: 1 procedimiento de hacienda, en contra de don GERM N CABEZASÁ GUERRA, en base a los argumentos de hecho y derecho que ya fueran rese ados en la parte expositiva de la presente sentencia.ñ SEGUNDO: Que, notificada personalmente la demandada a la demandada, no consta que esta hubiere sido contestada en tiempo y forma, motivo por el cual se tuvo por contestada en su rebeld a.í TERCERO: Que, a efectos de acreditar su pretensi n, en lo queó interesa, la reclamante rindi la siguiente prueba instrumental:ó A folio 1: 1.- Copia de inscripci n de fojas 94659 N 87512, del a o 2004 deló ° ñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, deí fecha 27 de noviembre de 2017. A folio 6: 2.- Ficha de fiscalizaci n Regi n Metropolitana elaborada por eló ó Ministerio de Bienes Nacionales, practicada con fecha 11 de enero de 2012, en el que consta que el inmueble ubicado en Pasaje Chopin 941, comuna de La Florida, se encuentra ocupado por Germ n Cabezas Guerra.á A folio 27: 3.- Certificado de aval o fiscal, segundo semestre de 2019, extendidoú por el Servicio de Impuestos Internos, respecto del inmueble ubicado en Pje Chopin MZ E LT B LA Alameda IV .“ ” 4.- Ficha de fiscalizaci n, ya rese ada bajo el numeral 2) precedente. ó ñ 5.- Plano del inmueble ubicado en calle Donizetti esquina c, d, e y f, Poblaci n Alameda Cuatro.ó 6.- Instrumento titulado 260615 Chopin Manzana E Lote B“ – Comuna La Florida , de la Unidad Catastral del Ministerio de Bienes” Nacionales. A folio 28: 7.- Copia de inscripci n de fojas 94659 N 87512, del a o 2004 deló ° ñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, deí fecha 06 de agosto de 2021. CUARTO: Que, no consta que la demandada hubiere producido prueba alguna bajo estos autos. Foja: 1 QUINTO: Que, el Decreto Ley N 1939 de 1977, que° establece Normas Sobre Adquisici n, Administraci n y Disposici n de“ ó ó ó Bienes del Estado , establece en el inciso segundo de su art culo 19 que” í “Los bienes ra ces del Estado no podr n ser ocupados si no mediare unaí á autorizaci n, concesi n o contrato originado en conformidad a esta ley o deó ó otras disposiciones legales especiales.” A ade su inciso tercero que ñ “Todo ocupante de bienes ra ces fiscalesí que no acreditare, a requerimiento de la Direcci n, poseer alguna de lasó calidades indicadas en el inciso anterior, ser reputado ocupante ilegal (...)á ” A su vez, su inciso cuarto precept a que en aquellos casos ú “(...) se podr n ejercer las acciones penales que correspondieren y perseguir el pagoá de una indemnizaci n por el tiempo de la ocupaci n ilegaló ó ” SEXTO: Que, en vistas de lo anterior, es que deber analizarse laá concurrencia de tres requisitos para el xito de la acci n intentada, esto esé ó que el inmueble sub lite sea un inmueble fiscal; que este inmueble fiscal sea ocupado por la demandada; y

Fallo

fallo o en otro juicio diverso, de acuerdo con lo dispuesto por el art culo 173 del C digo de Procedimientoí ó Civil. 4.- Que se condene al demandado a pagar las costas del juicio. A folio 10, se notifica personalmente la demanda a la demandada de autos. A folio 13, se tiene por contestada la demanda en rebeld a de laí demandada. A folio 14, la actora evac a el tr mite de ú á r plicaé , ratificando todo lo expuesto en el libelo pretensor. A folio 17, se tiene por evacuada la d plicaú en rebeld a de laí demandada. A folio 19, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que constaé en autos. A folio 26, se reactiva el t rmino probatorioé , con fecha 23 de noviembre de 2021. A folio 33, se cita a las partes a o r sentenciaí . CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece en autos el FISCO DE CHILE, quien viene en interponer demanda de restituci n de inmueble fiscal, enó Foja: 1 procedimiento de hacienda, en contra de don GERM N CABEZASÁ GUERRA, en base a los argumentos de hecho y derecho que ya fueran rese ados en la parte expositiva de la presente sentencia.ñ SEGUNDO: Que, notificada personalmente la demandada a la demandada, no consta que esta hubiere sido contestada en tiempo y forma, motivo por el cual se tuvo por contestada en su rebeld a.í TERCERO: Que, a efectos de acreditar su pretensi n, en lo queó interesa, la reclamante rindi la siguiente prueba instrumental:ó A folio 1: 1.- Copia de inscripci n de fojas 94659 N 87512, del a o 2004 deló ° ñ Registro de Propiedad del

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOLIO: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-325-2021 CARATULADO : FISCO DE CHILE/Cabezas Santiago, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só VISTO A folio 1, complementado a folio 6 y 8, comparece Ruth Israel L pez, Abogada Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa deló Estado, en representaci n legal del ó FISCO DE CHILE

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