BANCO SANTANDER-CHILE/ASTUDILLO
Rol
C-34040-2017
Fecha
22 de agosto de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece, Dominique Alexandra Jara Zanni, abogada, en representación de Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Claudio Melandri Hinojosa, factor de comercio, domiciliados en calle Bandera Nº 140, piso 17, Comuna de Santiago, quien entabla demanda ejecutiva en contra de Aldo Humberto Astudillo Arenas, domiciliado en calle Pasaje Andacollo N°624, comuna de La Reina. Fundando su demanda señala que su representada es dueña del pagaré N° 680033435399, suscrito con fecha 06 de diciembre de 2016, por la suma de $8.999.055, pagadero en 63 cuotas mensuales, con vencimiento la primera de ellas al 10 de enero de 2017. Indica que se pactó que en caso de mora o simple retardo en el pago, se podría hacer exigible el pago total de la deuda o del saldo,
Fundamentos
considerando esta obligación de plazo vencido y que la tasa de interés se elevaría al respectivo interés máximo convencional. Alega que el demandado no ha dado cumplimiento a la obligación a contar de la cuota N°7, con vencimiento el día 10 de julio de 2017. Refiere que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por Notario Público, por lo que tiene mérito ejecutivo, siendo la suma líquida, actualmente exigible y su acción no está prescrita. Previa cita de normas legales solicitan tener por entablada demanda ejecutiva y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del ejecutado antes individualizado, por la suma de $8.142.002, más intereses penales, continuando la ejecución hasta el íntegro pago de las cantidades adeudadas, con costas. Al folio 10, compareció el ejecutado oponiendo a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, dispuesta por el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Fundando su excepción, señala que el propio ejecutante indica en su demanda que el demandado cesó el pago en la cuota N°7, con vencimiento el día 10 de julio de 2017, por lo que se habría cumplido con creces el plazo exigido por la ley para la prescripción de la acción. Explica que ha transcurrido más de un año desde que se hizo exigible la totalidad del crédito, sin que haya sido notificado de demanda alguna y que también ha transcurrido más de un año desde la fecha en que el demandante presentó la demanda a distribución de causas.
Fallo
Por tanto, solicita tener por opuesta la excepción, y, en definitiva negar lugar la ejecución de autos, con costas. Al folio 28, se tuvo por evacuado el traslado conferido, en rebeldía de la parte ejecutante, se declaró admisible la excepción opuesta, y se la recibió a prueba. Al folio 47, se citó a las partes a oír sentencia CONSIDERANDO: PRIMERO*: Que Dominique Alexandra Jara Zanni, en representación de Banco Santander Chile, deduce demanda ejecutiva en sede civil, en contra de Aldo Humberto Astudillo Arenas, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $8.142.002, más intereses penales, continuando la ejecución hasta el íntegro pago de las cantidades adeudadas, con costas. Invoca como título ejecutivo el pagaré N°680033435399, suscrito en los términos señalados en lo expositivo de este fallo. JQ SEGUNDO*: Que el ejecutado opuso a la ejecución la excepción de prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO*: Que se tuvo por evacuado el traslado conferido, en rebeldía de la parte ejecutante. CUARTO*: Que respecto a la excepción deducida por la parte demandada, conviene tener presente lo prescrito en el artículo 2514 del Código Civil, en cuanto señala que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos, exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, agregando el inciso segundo
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-34040-2017 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE/ASTUDILLO Santiago, veintid s de Agosto de dos mil veintid s.-ó ó VISTOS: Al folio 1, comparece, Dominique Alexandra Jara Zanni, abogada, en representación de Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente Gene
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