CRUZ/COMERCIALIZADORA MATANZA SPA
Rol
O-1643-2023
Fecha
2 de mayo de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, no se recibirá la causa a prueba procediéndose a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. SENTENCIA Santiago, a 28 de abril de 2023 Vistos, oídos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que compareció al proceso a través de la interposición de la demandada don Edin Ronald Cruz Gonzales que interpuso las acciones antes señaladas contra de la demandada Comercializadora Matanza SpA, representada legalmente por doña Camila Andrea Leiva Bravo; Visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 8°, 9°, 73, 160, 162, 168, 171 y 453 del Código del Trabajo
Fallo
se declara que; I. Se ACOGE la demanda de autos interpuesta por don Edin Ronald Cruz Gonzales en contra la demandada Comercializadora Matanza SpA y en consecuencia se declara justificado el autodespido del actor de fecha 3 de marzo de 2023; a) Que la demandada de autos deberá pagar por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo la suma de $1.000.000; b) Que la demandada deberá pagar por concepto de indemnización por años de servicios la suma de $7.000.000 además del recargo del 50% ascendente a la suma de $3.500.000.- conforme lo dispone el artículo 171 del Código del Trabajo; c) La demandada deberá pagar por concepto de remuneración adeudada del periodo de julio del 2022 a febrero de 2023 la suma de $ 1.334.400.-; d) Que la demandada deberá pagar por concepto de feriado proporcional la suma de $509.667; e) Que la demandada, no habiendo pagado las cotizaciones previsionales de seguridad social deberá pagar en las instituciones antes señaladas, AFP Provida, FONASA y AFC Chile, las cotizaciones previsionales de seguridad social, de salud y AFC, por los periodos señalados del 2016 al 2023 referidos en el considerando primero de esta sentencia, por los meses que se detallan en la demanda, respectivamente en esos años; f) La demandada, en consecuencia, deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo, desde la fecha del auto despido y la convalidación del mismo, sobre la base de una remuneración ascendente a la suma de $1.000.000,
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 28 de abril de 2023 RUC 23- 4-0466135-3 RIT O-1643-2023 CARATULADO CRUZ/COMERCIALIZADORA MATANZA SPA MAGISTRADO Mauricio Alejandro Vidal Caro ADMINISTRATIVO DE ACTAS Hernán Félix Aliaga Hernández HORA DE INICIO 09:13 HORA DE TERMINO 09:45 SALA 4.3
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica