1º Juzgado Civil de Temuco

CAÑOLAF/

Rol

V-75-2021

Fecha

18 de agosto de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece YAMILA ALEJANDRA FUENTEALBA ARRATIA, abogada, c dula nacional de identidad N° é 17.946.146-3, y MAGALI ALEJANDRA P REZ ROBLESÉ , abogada, c dula nacional de identidad N°é 15.051.034-1, ambas con domicilio en Avenida Caupolic n N° 610, de la comunaá de Temuco, en representaci n de ó V CTOR IV N CA OLAF LINARES, Í Á Ñ c dulaé nacional de identidad N° 9.428.669-7, chileno, casado, agricultor, con domicilio en lugar Pedregoso comuna de Freire, solicitando en la calidad de hijo y continuador legal del padre fallecido de su representado, CEFERINO CA OLAF CARIM N, Ñ Á y con la finalidad de lograr la inscripci n en el Segundo Conservador de Bienesó Ra ces de Temuco de la posesi n efectiva que se encuentra tramitada, solicita laí ó rectificaci n del t tulo de dominio de la propiedad que pertenec a al padre de suó í í representado, en virtud de los antecedentes de hecho y de derecho que expone: Indica que su representado es hijo de Ceferino Ca olaf Carim nñ á , c dulaé nacional de identidad N° 3.147.924-K, quien fue due o de la hijuela N° 32 deñ una extensi n de 7,56 hect reas de superficie, del plano Divisorio del predioó á encabezado por Jos Luis Carrim n del Lugar Pedregoso, comuna de Freire,é á lindante: Norte: cauce actual del estero Pedregoso que separa de terrenos de propiedad de Cel n S ez Carrillo; í á Este: cerco sinuoso (que) cerco recto y l neaí quebrada que separa de las hijuelas n meros treinta y uno, treinta y cuatro yú treinta y tres; Sur: camino p blico Freire-Cunco qe separa de las hijuelas n meroú ú ciento diecinueve, ciento veinticuatro y ciento veinticinco; Oeste: cerco recto y cauce actual estero Pedregoso que separa de terrenos de propiedad de Pablo Bustos Padilla y de Cel n S ez Carrillo.í á Que el dominio se encuentra inscrito a fojas 8083 N° 7534 del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Ra ces de Temuco correspondiente alí a o 2012. ñ Se ala ñ que, como se observa en la copia de su antigua c dula de ide

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece YAMILA ALEJANDRA FUENTEALBA ARRATIA y MAGALI ALEJANDRA P REZ ROBLESÉ , abogadas, en representación de V CTOR IV N CA OLAF LINARESÍ Á Ñ , quien solicita en la calidad que enviste, se rectifique inscripción de fojas 8083 N° 7534 del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Ra ces de Temucoí correspondiente al a o 2012ñ . Funda su petición en las circunstancias de hecho y de Código: XSCXXQTKKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 derecho reseñadas en lo expositivo de este fallo, las que se dan por reproducidas en esta parte. SEGUNDO: Del estudio de los antecedentes acompañados, teniendo en especial consideración copia de la c dula de identidad, duplicado de posesi né ó efectiva, certificado de defunci n y certificado de exenci n de impuesto a laó ó herencia todos documentos pertenecientes a Ceferino Ca olaf Carim n y loñ á informado por la Corporaci n Nacional de Desarrollo Ind gena, el cual da cuentaó í de la existencia de un error en la individualizaci n del apellido paterno del padreó del solicitante; por lo que es posible concluir a juicio de esta magistrada la existencia de un error en la identificación del titular de dominio, respecto de la inscripción que se solicita enmendar. Debiendo en consecuencia el Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco rectificar el error, señalando que el apellido del titular de dominio de la inscripción citada en el primer considerando, es Ceferino Ca olaf Carim n, por lo que se accederñ á á a la solicitud. Y con el mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 13, 18 y 27 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, artículos 817 y 826 del Código de Procedimiento Civil y artículo 59 de la Ley Nº 19.253,

Fallo

se resuelve: Que HA LUGAR a la solicitud deducida a folio 1, por YAMILA ALEJANDRA FUENTEALBA ARRATIA y MAGALI ALEJANDRA P REZÉ ROBLES, abogadas, en representación de V CTOR IV N CA OLAF LINARESÍ Á Ñ , y en consecuencia se ordena al Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, que mediante anotación marginal, rectifique inscripción de fojas 8083 N° 7534 de su Registro de Propiedad, correspondiente al a o 2012ñ ., en el sentido de aclarar la individualización del titular de dominio, siendo lo correcto CEFERINO CA OLAF CARIM NÑ Á y no CEFERINO CO OLAF CARIM NÑ Á , como erróneamente se consigna. Anótese, regístrese, notifíquese. Notifíquese al Sr. Conservador al tenor de lo dispuesto en el art culo 56í del C digo de Procedimiento Civil.ó Rol V-75-2021 DICT Ó NATALIA FERRADA RETAMAL, JUEZA SUPLENTE DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só Código: XSCXXQTKKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-18T10:57:23-0400

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-75-2021 CARATULADO : CA OLAF/Ñ Temuco, dieciocho de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1, comparece YAMILA ALEJANDRA FUENTEALBA ARRATIA, abogada, c dula nacional de identidad N° é 17.946.146-3, y MAGALI ALEJANDRA P REZ ROBLESÉ , abogada, c dula nacional de identidad N°é 15.051.034-1, ambas c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica