Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

DÍAZ/INSTITUTO DE FOMENTO PESQUERO

Rol

O-592-2022

Fecha

29 de abril de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Pablo Staling Díaz Vásquez, observador Científico Sénior, domiciliado en México N°663, comuna de La Serena, interponiendo demanda de despido indebido en procedimiento de aplicación general, en contra de su ex empleador Instituto de Fomento Pesquero, representado legalmente por el Jefe de Recursos Humanos don Alejandro Elías Fuenzalida Gutiérrez, ambos domiciliados en Calle Dr. Marín N°340, Coquimbo. Señala que ingresó a prestar servicios para la demandada el 16 de enero de 2006, en calidad de Observador Científico, con base en la ciudad de Coquimbo, con una jornada completa y contrato indefinido, y que al momento de su despido su remuneración ascendía a la suma de $1.453.783. Indica que le correspondía recopilar datos de las actividades pesqueras y muestras biológicas de las especies capturadas, ya fuera a bordo de embarcaciones de pesca industrial y artesanal, en los puertos de desembarque o en las plantas procesadoras, por lo que debía embarcarse en barcos pesqueros de diferentes armadores, que estaba trabajando desde hace un tiempo en la pesquería del camarón, que su jornada de trabajo se distribuía en 15 días de navegación y 15 días en tierra, y que durante los primeros 15 días de cada mes hacía entre 4 y 5 viajes de 2 a 3 días cada uno, entre las regiones IV y VIII. En cuanto al despido refiere que en la primera quincena de julio 2022, comenzó su turno en la embarcación Isla Picton de la pesquera Antartic Seafood S.A., embarcándose en San Antonio, regresando a la misma ciudad el día 04 de julio aproximadamente a las 02:00 a.m., debiendo volver a embarcarse ese mismo día en la noche, pero como la embarcación tenía un desperfecto debían zarpar al día siguiente, situación que le sería comunicada por teléfono como era lo habitual. Agrega, que ese mismo día se dirigió a una pensión en Llolleo para descansar, ducharse y tomar desayuno, para eventualmente quedarse hasta el día siguiente si no zarpaban esa noche. Agrega que al día siguiente de haber desembarcado almorzó con el capitán de otro barco y se tomaron unas copas junto con el almuerzo, y que en horas de la tarde de ese mismo día, alrededor de las 5 p.m., se dirigió a la embarcación a buscar el cargador de su celular que se le había quedado ahí, y que al querer ingresar al recinto de la pesquera Camanchaca, el guardia lo detuvo diciéndole que no podía ingresar por encontrarse ebrio y que, luego de discutir pudo ingresar, decidiendo quedarse en el barco, puesto que le informaron que zarparían a la mañana siguiente. Sin perjuicio de ello, indica que a la mañana siguiente lo llamó su jefe para decirle que desde la pesquera Camanchaca habían informado que se había presentado en estado de ebriedad, por lo que debía desembarcar y regresar a Coquimbo, pidiéndole además que le escribiera lo que había pasado el día anterior, lo que hizo mediante mensaje de whatsapp. Indica que, en el intertanto, se dio cuenta que no tenía el Notebook Lenovo thinkpad de pr

Fallo

por tanto, el programa de embarques se mantenía totalmente vigente. “En fin, esperamos que estos trámites permitan retomar las buenas relaciones que en el ámbito operativo se mantenían con estos actores y de este modo, no afectar el normal programa de embarques conjunto que llevan las coordinaciones de campo de Coquimbo y S. Antonio”. Finalmente, el 6 de julio de 2022, Omar Yáñez escribe a Gonzalo Muñoz y otros: “Gracias Gonzalo. “Hoy me entrevistaré con Pablo, a quien le solicitaré por escrito su versión. Posterior a ello consensuamos”. 2.- Resolución de Comisión de Servicio N°220002016, de 30 de junio de 2022, en la que se señala que Pablo Díaz Vásquez estaría en viaje por 15 días, desde el 1 al 15 de julio de 2022, 10 días embarcado, y que el embarque se realizaría en San Antonio, Isla Picton del 1 al 15 de julio. 3.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 1 de julio de 2017, adjunto con descriptor de cargo de Observador Científico Senior IFOP, firmado por el actor, en el que se indica como experiencia y habilidad requerida, la capacidad de embarcarse, calificada como una condición excluyente. SÉPTIMO: Que la demandada rindió prueba testimonial, con las declaraciones de Juan Tapia Campos, observador científico embarcado de IFOP, desde septiembre de 2002, compañero de trabajo del actor, quien indicó que el demandante se desempeñaba en el pesquero Isla Picton, y que el 4 de julio de 2022 el testigo estaba en otro barco, cuando el capitán del Isla Picton lo llamó por teléfo

Texto Completo (Preview)

Demandante: Pablo Staling Díaz Vásquez Demandada: Instituto de Fomento Pesquero RIT: O-592-2022 RUC: 22-4-0424946-4 _________________________________________________________________________________________/ En La Serena, a veintinueve de abril de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Pablo Staling Díaz Vásquez, observador Científico Sénior, domiciliado en México N

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