Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo

BENJAMIN/TRANSPORTES CAMPODÓNICO Y COMPAÑÍA LIMITADA

Rol

O-452-2022

Fecha

29 de abril de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don MICHEL BENJAMIN, cesante, domiciliado en Enrique Mac Iver #120 oficina 73, Santiago; y entabla demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de TRANSPORTES CAMPÓDONICO Y CIA LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 76.067.447-8, representado legalmente por don CARLOS ALBERTO CAMPODÓNICO GALDAMES, cédula de identidad 6.769.900-9, ambos domiciliados en Av. Jorge Alessandri N°24501, San Bernardo. ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señala que el 1 de febrero de 2017 comenzó a trabajar, bajo dependencia y subordinación, para la demandada, ejerciendo labores como “ Guardia Nocturno”, con una jornada de trabajo por turnos de mañana, tarde y noche, de 8 horas diarias; con una remuneración para efectos legales era la suma de $555.000.- mensuales. Sostiene que el 11 de julio de 2022, su jefe - don Carlos Campodonico - le informa que desde ese día en adelante comenzará a trabajar en turno de día como guardia. Tras esta decisión, le comunicó a su jefe que siempre había trabajado de noche, y le preguntó por qué le cambiaba el horario, contestándole “que no tenía trabajo para la noche, que estaba despedido y que presentara carta de renuncia voluntaria”. Frente a ello, se dirigió a la Inspección del Trabajo y dejó la constancia respectiva para no ser acusado de abandono de trabajo. Explica que el 20 de julio de 2022, se le hizo entrega de la carta de despido, la que indica que es desvinculado por la causal consagrada en el artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo, es decir, ausencias injustificadas a sus labores por los días 11, 12, 13, 14, 15 y 18 de julio de 2022. Hace presente que los días establecidos como inasistencia en la carta están justificados por el despido verbal, de modo que la causal aplicada por el empleador es injustificada, ya que estaba exonerado de trabajar. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda, y con el m

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don MICHEL BENJAMIN; y entabla demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de TRANSPORTES CAMPÓDONICO Y CIA LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 76.067.447-8, representado legalmente por don CARLOS ALBERTO CAMPODÓNICO GALDAMES, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, no habiéndose alcanzado conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral entre las partes, la que se inició con fecha 01 de febrero de 2017. 2. Que la remuneración mensual del actor para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo era de $ 550.000.- 3. Que al actor se le adeuda feriado proporcional. HECHOS A PROBAR: 1. Época y circunstancias del despido del actor. Cumplimiento de las formalidades del artículo 162 del Código del Trabajo, en su caso, efectividad de los hechos contenidos en la carta de despido y si estos configuran la causal invocada. 2. Monto adeudado al actor por concepto de feriado proporcional. TERCERO: Que, en audiencia de juicio, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios, a saber: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA (FOLIO 17): DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo de fecha 1 de febrero del año 2017 suscrito por Empresa Transportes Campodónico y Cía. Ltda. y don Michel Benjamín. 2. Anexo de contrato de trabajo de fecha 2 de agosto del año 2021 suscrito por Transportes Campodónico SpA. y don Michel Benjamín. 3. Carta notificación de asignación – distribución de horarios de trabajo de fecha 8 de julio del año 2022 correspondiente a don Michel Benjamín. 4. Carta certificada de notificación horaria de fecha 11 de julio del año 2022 dirigida a don Michel Benjamín, con documento adjunto consistente en Carta notificación de asignación – distribución de horarios de trabajo de fecha 8 de julio del año 2022 correspondiente a don Michel Benjamín y comprobante de envío de Correos de Chile de fecha 12 de julio del año 2022. 5. Registro de asistencia de Michel Benjamín del mes de julio de 2022. 6. Carta de despido de fecha 19 de julio del año 2022 correspondiente a don Michel Benjamín. 7. Comprobante de envío de carta certificada de Correos de Chile de fecha 20 de julio de 2022. 8. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo de la Dirección del Trabajo folio 1313/2022/35659 de fecha 20 de julio de 2022. 9. Comprobante de vacaciones correspondiente a don Michel Benjamín del 7 al 27 de marzo del año 2022. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE (FOLIO 14): DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo. 2. Liquidaciones de sueldo de los meses de enero, febrero y mayo de 2022. Se desestima, porque la remuneración es un hecho pacífico. 3. Constancia ante la Dirección del Trabajo. 4. Foto de la credencial del trabajador. Se desestima, porque en nada aporta a la resolución del confli

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 41,42, 63, 67, 73 160 N° 3, 162, 453, 454, 457, 459, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se rechaza la demanda interpuesta por don MICHEL BENJAMIN; en contra de TRANSPORTES CAMPÓDONICO Y CIA LTDA., sociedad del giro de su denominación, RUT 76.067.447-8, representado legalmente por don CARLOS ALBERTO CAMPODÓNICO GALDAMES, declarándose que el despido de 19 de julio de 2022 se ajusta a Derecho. II. Que, se acoge la demanda por cobro de feriado proporcional, condenándose a la demandada al pago de la suma de $179.480 (ciento setenta y nueve mil cuatrocientos ochenta pesos) por concepto de feriado proporcional, reajustado en los términos del artículo 63 del Código del Trabajo. III. Que, cada parte soportará sus costas. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT O-452-2022 RUC 22- 4-0423842-K   Dictada por don Arturo Orlando Briceño Rivera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo.  PÁGINA 6 DE 6

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO RIT O-452-2022 RUC 22- 4-0423842-K San Bernardo, veintinueve de abril de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don MICHEL BENJAMIN, cesante, domiciliado en Enrique Mac Iver #120 oficina 73, Santiago; y entabla demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones labor

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