QUEVEDO/ICQ SOCIEDAD ANÓNIMA
Rol
O-664-2022
Fecha
27 de abril de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 159, 160, 162, 171 y artículos 453 y siguientes del Código del Trabajo se declara, que: I.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones e indemnizaciones y nulidad del despido deducida en representación de Daniel Hernán Quevedo Rojas, C.I.5.957.758-1, en contra de ICQ Sociedad Anónima, Rut 78.925.920-8, ambos ya individualizados y, en consecuencia, se condena a esta última a pagar en su favor, las siguientes sumas dinerarias: 1. $12.106.471.- (doce millones, ciento seis mil, cuatrocientos setenta y un pesos), por concepto de lucro cesante. 2. $3.296.916.- (tres millones, doscientos noventa y seis mil, novecientos dieciséis pesos), por concepto de feriados adeudados. 3. $10.735.658.- (diez millones, setecientos treinta y cinco mil, seiscientos cincuenta y ocho pesos), por concepto de remuneraciones adeudadas. 4. La suma mensual de $2.284.240.- (dos millones, doscientos ochenta y cuatro mil, doscientos cuarenta pesos) desde la fecha de su despido indirecto, esto es, el día 21 de marzo de 2022 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones de AFP adeudadas, correspondientes al periodo noviembre y diciembre del año 2021 y enero, febrero y 21 días del mes de marzo del año 2022, a razón de la remuneración que ya se señaló, y en tanto no se acredite el cumplimiento de los presupuestos establecidos al efecto en el artículo 162 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la demandada, regulándose desde ya las personales en la suma equivalente a dos (2) Ingresos Mínimos Mensuales para Fines Remuneracionales. Anótese, regístrese y archívese. La parte demandante no formula recurso de aclaración, rectificación o enmienda de la sentencia dictada. Téngase a las partes por notificadas personalmente de todas las resoluciones dictadas en audiencia y remítase copia de la presente acta a sus correos electrónicos. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada en
Fundamentos
CONSIDERANDO Por las consideraciones antes señaladas y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 159, 160, 162, 171 y artículos 453 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
por tanto a la demandante desistida de la acción deducida en contra del Ministerio de Obras Públicas-Fisco de Chile, representada por el Consejo de Defensa del Estado. Regístrese y archívese la causa a su respecto. Se deja constancia que se realizó por la funcionaria de sala, tres llamados a viva voz en el Hall de atención de público del Juzgado del Trabajo para dar inicio a la audiencia de juicio fijada en la presente causa y verificar la comparecencia de la demandada Ingeniería y Construcción Quevedo S.A., quien no se encontraba presente, no concurriendo nadie a sus llamados; no obstante ello, y habiéndose hecho efectivo el apercibimiento de artículo 451 inciso segundo del Código del Trabajo en audiencia anterior, se entenderá por notificada de todas las resoluciones que se dicten en la presente audiencia, sin ulterior notificación. El Tribunal da inicio al juicio. Rendición de la prueba de la parte demandante: 1. Prueba documental: Se incorporaron mediante lectura resumida los siguientes documentos ofrecidos en la audiencia preparatoria: (Folio 56) 1. Contrato de trabajo de plazo fijo de fecha 01 de septiembre del año 2020, suscrito entre el demandante y la demandada principal. 2. Carta de despido indirecto de fecha 21 de marzo del 2022 enviada a la demandada principal. 3. Comunicación de despido indirecto enviado a la Dirección del Trabajo, de fecha 21 de marzo del año 2022. 4. Comprobante de envío de carta de despido indirecto emitido por Correos de Chile de fecha
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL POR VIDEO CONFERENCIA – PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, veintisiete de abril de dos mil veintitres. MAGISTRADO ELENA DEL PILAR PEREZ CASTRO HORA DE INICIO 08:45 horas HORA DE TERMINO 09:40 horas ENCARGADO DE ACTA Paula Kawada Jofre SALA 7 RUC 22-4-0405788-3 RIT O-664-2022 Registro de audio N° 22-4-0405788-3
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