INMOBILIARIA MARTABID SPA/MONTRE
Rol
C-5552-2020
Fecha
11 de agosto de 2022
Materia
ACCIONES DE DOMINIO ART. 26 DL 2695
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don lvaro g. G mez Soto, abogado,Á ó domiciliado en Temuco, calle General Aldunate N 719, oficina 814, enº representaci n, seg n se acreditar , de ó ú á INMOBILIARIA MARTABID SpA, persona jur dica del giro de su denominaci n, Rut N 76.062.760-7,í ó ° domiciliada en calle Las Quilas N 1535, de la ciudad de Temuco, y para° estos efectos del mismo domicilio del abogado patrocinante e indica que en la representaci n en que comparece viene en deducir demanda deó reivindicaci n de conformidad a lo dispuesto en el art culo 26 del DL Nó í º 2695 en contra de don JOEL CEFERINO MONTRE SARAVIA, agricultor, domiciliado en calle Colonia Mendoza sin n mero de laú localidad de Cherquenco, comuna de Vilc n, y tambi n en la Hijuela Laú é Quebrada Sector Bajo Lleuque, de la comuna de Vilc n, en atenci n a losú ó hechos y antecedentes de derecho que pasa a exponer: I.- DE LOS HECHOS Y ANTECEDENTES FACTICOS DE LA DEMANDA 1.- Mediante escritura p blica suscrita con fecha 29 de abril de 2004, ante elú Notario de Santiago don Gustavo Montero Marti, repertorio N 471/2004,º su representada, Inmobiliaria Martabid SpA, antes Inmobiliaria Martabid Limitada, compr a la sociedad Inversiones Coral Limitada, UN inmuebleó consistente o compuesto a su vez, de dos lotes de terreno, que separadamente deslindan: Primer Lote: de una hect rea de extensi n, que esá ó parte del Fundo Cherquenco ubicado en la localidad del mismo nombre, Comuna de Vilc n, del ex departamento de Temuco, que deslinda: Norte,ú calle p blica de por medio con la Estaci n de Cherquenco; Sur y Poniente,ú ó Código: SVHPXXHGSFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con el Fundo Versalle; Oriente, propiedad de la Sociedad Hern ndez yá Compa a Limitada y despu s de Sociedad Industrias Madereras S.A.ñí é BIMA. Segundo Lote: con una superficie de 14.870 metros cuadrados m s oá menos, ubicado en Cherquenco, Comuna de Vilc n, que deslinda: Norte,ú c
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE DERECHO En conformidad con lo dispuesto en el art culo 889 del C digoí ó Civil, la reivindicaci n o acci n de dominio es la que tiene el due o de unaó ó ñ cosa singular, de que no est en posesi n, para que el poseedor de ella seaá ó condenada a restitu rsela. Como bien se sabe de acuerdo con lo previsto ení el art culo 889 del C digo Civil, son requisitos de procedencia de la acci ní ó ó de dominio o reivindicatoria los siguientes: a) Que el actor tenga el derecho de propiedad de la cosa que reivindica; b) Que el actor est privado de laé Código: SVHPXXHGSFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl posesi n de dicha cosa; y c) Que la cosa que se reivindica sea una cosaó singular. En el caso de autos su representada tiene el derecho de propiedad sobre el retazo que se reivindica y se trata de una cosa singular. En relaci nó con el requisito de que el actor est privado de la posesi n de la cosa,é ó debemos se alar que, si bien es cierto, los art culos 724 y 728 del C digoñ í ó Civil se alan que si la cosa es de aquellas cuya tradici n deba hacerse porñ ó inscripci n en el Registro del Conservador, nadie podr adquirir la posesi nó á ó de ella sino por este medio y que, para que cese la posesi n inscrita esó necesario que la inscripci n se cancele, sea por voluntad de las partes, o poró una nueva inscripci n o por decreto judicial y, mientras subsista laó inscripci n, el que se apodera de la cosa a que se refiere el t tulo inscrito, noó í adquiere posesi n de ella ni pone fin a la posesi n existente, no es menosó ó cierto que la jurisprudencia ha aceptado desde hace mucho tiempo que tambi n es legitimado para ejercer la acci n reivindicatoria el due o de uné ó ñ bien ra z que, pese a no haberse cancelado su inscripci n, no se halla ení ó posesi n material de ste. En el caso de autos, sea que se estime que laó é demandada es poseedora inscrita o simplemente material del retazo que se reivindica o que su representada perdi su posesi n inscrita, la acci n deó ó ó dominio ejercida es plenamente procedente, por tener la propiedad del retazo indicado y haber sido privado de su posesi n. 2.- Es pertinente teneró en consideraci n que el Decreto Ley 2.695 establece y otorga facultades a laó autoridad administrativa para ordenar la inscripci n de predios a nombreó de sus poseedores materiales, en la medida que re nan los siguientesú requisitos: (i).- Que se trate de predios rurales, cuyo aval o fiscal para elú pago del impuesto territorial sea inferior a 800 o a 380 unidades tributarias; (ii).- Que carezcan de t tulo inscrito; (III).- Que est n en posesi n delí é ó inmueble, por s o por otra persona en su nombre, en forma continua yí exclusiva, sin violencia ni clandestinidad, durante cinco a os, a lo menos;ñ (iv).- Que acrediten que no existe juicio pendiente en su contra en que se discuta el dominio o posesi n del inmueble, iniciando con anterioridad a laó fecha de la presentaci n de
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que NO HA LUGAR a la demanda reivindicatoria interpuesta a folio 1 por don lvaro G. G mez Soto, abogado, en representaci n deÁ ó ó INMOBILIARIA MARTABID SpA, en contra de don JOEL CEFERINO MONTRE SARAVIA. II.- Que cada parte soportar sus costas.á An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol Nro.- 5552 - 2020 Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Código: SVHPXXHGSFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, once de agosto de dos mil veintid só Código: SVHPXXHGSFV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-11T21:16:06-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-5552-2020 CARATULADO : INMOBILIARIA MARTABID SPA/MONTRE Temuco, once de agosto de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 comparece don lvaro g. G mez Soto, abogado,Á ó domiciliado en Temuco, calle General Aldunate N 719, oficina 814, enº representaci n, seg n se acreditar , de ó ú á INMOBILIARIA MARTABID SpA, persona
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