BECERRA CON SOCIEDAD INMOBILIARIA INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A
Rol
O-5063-2022
Fecha
25 de abril de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Gratificaciones, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y
Fundamentos
Considerando que la sentencia ha sido incorporada a la causa en una fecha diversa a la indicada en audiencia de juicio, para efectos de dar certeza a las partes respecto de los plazos para la interposición de los recursos procesales que procedan, éstas se entenderán notificadas de la sentencia definitiva dictada con fecha 26 de abril de 2023. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña ANGELA DE LOURDES BECERRA PARRAGUEZ, cesante, anteriormente auxiliar de aseo, C.I. 17.288.6418, domiciliada en Avenida Observatorio número1196, departamento 404, comuna de El Bosque, ciudad de Santiago. Deduce demanda, en procedimiento ordinario de aplicación general, de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones legales en contra de la sociedad INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A. (en adelante e indistintamente “Asesorías Green o “mi empleadora”, del giro de su denominación, Rut 76.087.948-7, representada legalmente en virtud del inciso 1° del artículo 4° del Código del Trabajo por el señor LEÓN WURMAN SCHAPIRO, ignoro profesión, C.I. 6.024.718-8, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en Conquistador del Monte número 5132, comuna de Huechuraba y ciudad de Santiago, y, por su responsabilidad solidaria en las obligaciones labores, de acuerdo a las normas contenidas en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de WALMART CHILE S.A, Rut 76.042.014-k, representada por la señora CARMEN GLORIA ALARCÓN, ignoro profesión, C.I. 14.388.075.3, ambos domiciliados en Avenida Eduardo Frei Montalva número 8301, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, o respecto de ésta última persona jurídica, en defecto de la solidaridad como demandada subsidiaria, para el evento de tener lugar lo dispuesto en el artículo 183-D del Código del Trabajo. Solicita que, en definitiva, se dé lugar a la demanda, en todas y cada una de sus partes, con expresa condenación en costas, conforme a la relación circunstanciada de los hechos y fundamentos de derecho que expone. Indica que el día 22 de septiembre de 2017, comenzó a trabajar para la SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A., como auxiliar de aseo, en la instalación Líder - Híper Los Morros, ubicado en calle Riquelme N° 69, comuna de El Bosque, con una jornada rotativa regulada conforme al Ordinario 1267/2016 emitido por la Dirección del Trabajo, todo lo anterior mediante un contra a plazo fijo que posteriormente se volvió indefinido. Su remuneración era de carácter fijo, y ascendía para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo la suma de $607.450.-, conforme a la liquidación de sueldo del mes de febrero del año 2022. Hace presente que durante la relación laboral se le otorgaron diversas licencias médicas, las que en el 2022 fueron en los siguientes periodos: 5 al 9 de enero, 10 al 24 de enero, 3 al 5 de abril y 2 al 16 de mayo. Incumplimientos graves de las obligaciones d
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto y de conformidad de lo dispuesto en los artículos, 162, 168, 160, 171, todos del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda, en procedimiento ordinario de aplicación general por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones legales en contra de la SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORÍAS GREEN S.A., ya individualizada, admitirla a tramitación y, en definitiva, acogerla en todas sus partes con expresa condenación en costas, y declarar lo siguiente o lo que se considere conforme a derecho, a saber: 1. Que, se acoge la demanda por despido indirecto, declarándose que entre la suscrita y Asesorías Green S.A existió una relación laboral de carácter indefinida en los términos ampliamente relatados, esto desde el 22 de septiembre del 2017 al 13 de mayo del año 2022, o lo que se estime conforme a derecho. 2. Que, se declara que su relación laboral con la demandada finalizó producto del despido indirecto válido efectuado con fecha 13 de mayo del año 2022, en razón a la causal contenida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, o lo que se estime conforme a derecho. 3. Que se condena a la demandada al pago de las sumas indicadas en el punto IV de esta acción (prestaciones e indemnizaciones demandadas) las que por economía procesal da por enteramente reproducidas en este acápite, o lo que se estime conforme a derecho. 4. Que en virtud del no pago íntegro de las
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veinticinco de abril de dos mil veintitrés. Considerando que la sentencia ha sido incorporada a la causa en una fecha diversa a la indicada en audiencia de juicio, para efectos de dar certeza a las partes respecto de los plazos para la interposición de los recursos procesales que procedan, éstas se entenderán notificadas de la sentencia defin
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