MÁRQUEZ/CONSTRUCTORA SALFA S.A.
Rol
M-65-2023
Fecha
25 de abril de 2023
Materia
Bonos, Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR: Existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar. Registro de Audio 2340471217-9-1333-230425-00-03 1. Efectividad de haber existido una relación laboral entre las partes, fecha de inicio, lugar de trabajo, labores desempeñadas por el demandante, remuneraciones pactadas y percibidas y demás estipulaciones. 2. Efectividad que el contrato de trabajo que unió a las partes, se celebró por obra o faena determinada. 3. Formalidades del termino del contrato de trabajo, en especial carta de aviso de despido, causal legal invocada y
Fundamentos
fundamentos de la misma. 4. Efectividad de haber faltado el demandante a su trabajo los días 4,9 y 10 de enero del 2023. Hechos y circunstancias de dichas ausencias No existiendo observaciones, el Tribunal tiene a firme los puntos de prueba precedentes. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE: Esta parte ofrece, rinde y solicita incorporar la siguiente prueba: a) Documental: Registro de Audio 2340471217-9-1333-230425-00-04. 1.- Contrato de trabajo celebrado entre las partes con fecha 26 de Octubre de 2022. 2.- Reclamo deducido ante la Inspección Provincial del Trabajo con fecha 06 de Enero de 2023. 3.- Acta de comparendo celebrado ante la Inspección Provincial del Trabajo con fecha 01 de Febrero de 2023. 4.- Constancia de denuncia por despido ingresada a la Inspección del Trabajo de fecha 06 de enero 2023. 5.- Liquidaciones de remuneraciones meses Noviembre y diciembre del 2022. 6.- certificado médico de fecha 4 de enero del 2023 y otro certificado de fecha Registro de Atención de Urgencia SAPU Marco Carvajal moreno de fecha 10/01/2023. El Tribunal tiene por ofrecidos, rendidos e incorporados los documentos singularizados por la parte demandante b) Confesional: La parte solicita se haga efectivo el apercibimiento solicitado atendido que la CONSTRUCTORA SALFA S.A. no compareció. El Tribunal respecto al apercibimiento solicitado, lo resolverá en la sentencia definitiva. c) Exhibición de documentos: La parte solicita se haga efectivo el apercibimiento solicitado establecido en el artículo 453 N5 del Código del Trabajo, atendido que no se ha cumplido la diligencia Registro de Audio 2340471217-9-1333-230425-00-04. 1.- El registro de asistencia del trabajador NELSON MARCELO MARQUEZ ESPARZA, correspondiente al mes Enero 2023, El Tribunal respecto al apercibimiento solicitado lo resolverá en la sentencia definitiva. OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE: Registro de Audio 2340471217-9-1333-230425-00-05 El tribunal procede a dictar sentencia en forma inmediata. Registro de Audio 2340471217-9-1333-230425-00-07 Arica, veinticinco de abril del año dos mil veintitrés VISTO Y OIDO: 1° Que, don NELSON MARCELO MARQUEZ ESPARZA, ya individualizado en esta audiencia y juicio deduce demandada por despido injustificado en contra de la empresa CONSTRUCTORA SALFA S.A., empresa del giro de su denominación, RUT 93.659.000-4, representada legalmente por don CRISTÓBAL BASCUÑAN ILLANES, ambos domiciliados en esta ciudad calle Puerta Norte N° 1151, Lote 1, H 4, Sector Chacalluta, Arica y fundamenta su demanda en la relación laboral que unió a la partes y que se inició el 26 de octubre del 2022 , que fue contratado para una faena transitoria pero determinada, que su remuneración compuesta de sueldo base y gratificación mensual y bono de producción, ascendía a la suma de $650.000.- En cuanto al término de la relación laboral o despido, dice que el 6 enero el 2023 fue despedido por la supervisora, dando cuenta de ello a su jefatura y además dejando constancia del despid
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE, en todas sus partes la demanda deducida por don NELSON MARCELO MARQUEZ ESPARZA, ya individualizado, en contra de la empresa CONSTRUCTORA SALFA S.A., representada por don CRISTÓBAL BASCUÑAN ILLANES, también ya individualizado, en cuanto al despido del que fue objeto por la demandada, es injustificado, conforme se ha resuelto en esta sentencia. II.- Que, se condena a la demandada a pagar al demandante, las siguientes prestaciones: 1. La indemnización sustitutiva del aviso previo, por $650.000.-; 2. La Indemnización por lucro cesante, por $1.300.000.-; 3. La Remuneración fija, por $97.067.-; 4. La Gratificación legal, por $41.267.-; 5. El Bono de producción por $68.000.-; y 6. Feriado proporcional, por $103.587.- III.- Que, se condena en costas a la demandada, por haber sido totalmente vencida, regulándose las personales en la suma de $400.000.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la unidad de cumplimiento del tribunal. Se pone término a la audiencia y juicio, quedando ambas partes notificadas de todo lo obrado y resuelto en la misma, en especial de la sentencia que se acaba de dictar. RIT : M-65-2023 RUC: 23-4-0471217-9 Dirigió y Dictó don FERNANDO GONZALEZ MORALES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica. Se deja constancia que el registro de la presente audiencia, se encuentra grabado en a
Texto Completo (Preview)
ACTA AUDIENCIA - ÚNICA - SENTENCIA VIDEOCONFERENCIA FECHA Arica, 25 de abril del 2023 RIT M-65-2023 RUC 23-4-0471217-9 MAGISTRADO FERNANDO GONZALEZ MORALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Patricia Mora Castro SALA 2 CARATULADO NELSON MARCELO MARQUEZ ESPARZA con CONSTRUCTORA SALFA S.A. MATERIAS DESPIDO INJUSTIFICADO HORA DE INICIO 11:43 HORA DE TERMINO 12:20 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340
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