BCI FACTORING S.A./WALMART CHILE S.A..
Rol
C-13700-2020
Fecha
9 de agosto de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 16 de octubre del 2020, comparece MAR A ISABELÍ WARNIER READI, abogada, en representaci n judicial de BCIó FACTORING S.A., sociedad del giro de su denominaci n, representadaó legalmente por don V ctor Aguilar Zaforas, ingeniero comercial, ambos coní domicilio en Miguel ngel Cruchaga N 920, 5 y 6 Piso, comuna y ciudadÁ º ° º de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva de cobro de factura, previa gesti n de notificaci n judicial de las mismas, en contra de WALMARTó ó CHILE S.A, empresa del giro de su denominaci n, representada legalmenteó por Enrique Ostal Cambiaso, desconozco profesi n u oficio, y/o Gonzaloé ó Guebara, desconozco segundo apellido y profesi n u oficio, y/o Horacioó Barbeito, ignoro segundo apellido y profesi n u oficio, todos domiciliados enó Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 8301, comuna de Quilicura. Se ala que su representada es acreedora de la demandada, yañ individualizada, de los t tulos siguientes.í a) Factura electr nica N 9339, emitida por FER CREACIONES S.Aó º a nombre de WALMART CHILE S.A CHILE S.A el 20 de noviembre de 2019, por la cantidad de $67.151.700.- b) Factura electr nica N 9392, emitida por FER CREACIONES S.Aó º a nombre de WALMART CHILE S.A CHILE S.A el 26 de noviembre de 2019, por la cantidad de $471.240.- c) Factura electr nica N 9393 emitida por FER CREACIONES S.Aó º a nombre de WALMART CHILE S.A CHILE S.A el 20 de noviembre de 2019, por la cantidad de $10.249.470.- d) Factura electr nica N 9394, emitida por FER CREACIONES S.Aó º a nombre de WALMART CHILE S.A CHILE S.A el 26 de diciembre de 2019, por la cantidad de $589.050.- e) Factura electr nica N 9396, emitida por FER CREACIONES S.Aó º a nombre de WALMART CHILE S.A CHILE S.A el 26 de noviembre, por la cantidad de $41.626.200.- Notificado judicialmente el cobro la factura al representante del WALMART CHILE S.A, ste no aleg dentro de tercero d a la falsificaci né ó í ó material de la factura, por lo que, de acuerdo lo que dispone el art culo
Fundamentos
Considerando 5 ).° Por su parte, y en el mismo sentido anotado anteriormente, la Circular N 93 del 19 de diciembre del 2001 del Servicio de Impuestos° Internos, que actualiza instrucciones sobre procedimientos que deben observarse en caso de detectarse documentos que no dan derecho a cr ditoé fiscal, sostiene que Se entiende por falsa una factura que falte a la verdad o“ realidad de los datos contenidos en ella. La falsedad de una factura puede ser material, esto es, que altere el sentido del documento mismo en su materialidad, o ideol gica, es decir, que deje constancia de cosas falsas oó mentirosas, siendo las formas usadas aparentemente reales o aut nticas.é Como ejemplos de falsedad pueden se alarse: indicar un nombre, domicilio,ñ RUT o actividad econ mica inexistente o adulterado del emisor o deló receptor de la factura, el registrar una operaci n inexistente o falsear losó montos de ellas, falsear los timbres del Servicio, etc. ” A la luz de aquello que la jurisprudencia judicial y administrativa estima como constitutivo de falsedad ideol gica, su parte sostiene que lasó referidas facturas est n aquejadas por dicho el vicio. En efecto, la empresaá cedente emiti facturas cobrando sumas de dinero que ten an comoó í antecedente material la venta de productos cuya compra jam s le fueá solicitada, vali ndose de documentaci n emitida por su representada queé ó fundaba anteriores peticiones de venta. En t rminos simples: las facturasé registran operaciones inexistentes. Para explicar c mo es que la cedenteó logr emitir facturas sin respaldo y por qu son ideol gicamente falsas, esó é ó necesario referirse brevemente a c mo es que funciona el sistema contableó de su representada. Su mandante requiere contar con un sistema contable que permita procesar de manera fiable la inmensa cantidad de facturas que gestiona, a fin de que sean contabilizadas, incorporadas a los libros correspondientes que exige la legislaci n mercantil y tributaria y, para lo que importa en esteó acto, para controlar que las facturas que ingresan a la empresa correspondan a los bienes y servicios que ha adquirido. El sistema que su mandante utiliza es el denominado SAP, sigla de Sistemas, Aplicaciones y Productos, ampliamente utilizado por diversas empresas privadas e incluso instituciones estatales. El proceso para requerir la venta de productos se inicia con una Orden de Compra (en adelante, OC). La OC es un documento en que se deja constancia de la solicitud que formula mi mandante a uno de sus proveedores a fin de que estos ltimos le vendan un bien. En ella seú consignan datos tales como: el producto de que se trata, la cantidad a entregar, el precio a pagar y las condiciones de la operaci n.ó Una de las caracter sticas propias de toda OC es que se distinguení unas de otras a trav s del otorgamiento de un n mero de diez cifras nico eé ú ú irrepetible. Tal caracter stica robustece al sistema, pues en definitiva,í permite rastrear una factura y el cobro que ella contiene a u
Fallo
fallo dictado en causa Rol 686852016, al indicar que la factura,“ atendido el claro tenor de las normas de la Ley N 19.983, especialmente deº los art culos 1 y 4 letras a) y b), no ha resultado ser un t tulo abstracto,í º ° í independiente de la relaci n causal que le dio origen, como ocurre con laó letra de cambio y el pagar , sino que constituye un t tulo causado, ligado alé í negocio del que ha nacido. Es esta la raz n que llev al legislador a incluiró ó la menci n expresa de no ser oponibles al cesionario las excepcionesó personales que pudieran haberse opuesto al cedente, esto por cierto, en la fase procesal que posibilita este tr mite de defensa por parte del ejecutado,á que no es otro, como ya se indic , que el juicio ejecutivo respectivo. ó ” A mayor abundamiento, como se ala el art culo 1467 del C digoñ í ó Civil, la causa es el motivo que induce el acto o contrato. Sabido tambi n esé que la causa en los contratos bilaterales es la obligaci n de la contraparte1.ó El motivo, entonces, por el cual mi parte se obliga, en este caso, a pagar la suma demandada es porque el cedente de la factura se oblig a su turno, enó los t rminos del art culo 1438 del C digo Civil, a vender y entregar losé í ó bienes que detalla en la factura y cuyo valor en estos autos el cesionario está cobrando. Por lo anterior, se dice que la relaci n existente entre la causa deó cada una de las obligaciones, en cuanto elemento constitutivo de toda relaci n obligacional y de las obligaciones a que s
Texto Completo (Preview)
FOJA: 84 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13700-2020 CARATULADO : BCI FACTORING S.A./WALMART CHILE S.A.. Santiago, nueve de Agosto de dos mil veintid só Vistos: Que con fecha 16 de octubre del 2020, comparece MAR A ISABELÍ WARNIER READI, abogada, en representaci n judicial de BCIó FACTORING S.A., sociedad del giro de su denominaci n, repr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica