Juzgado de Letras de La Calera

BICHARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA

Rol

C-898-2022

Fecha

9 de agosto de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Con fecha 29/06/2022, folio 1, comparece MAR A BICHARAÍ BICHARA, c dula de identidad N 6.822.140-4, labores de hogar, domiciliada ené º Avenida Latorre #439, comuna de La Calera, interponiendo demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, en contra deó ó la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad de derecho p blicoú representada por su Alcalde, Jhonny Piraino Meneses, ignora profesi n u oficio, ambosó domiciliados en Marath n, 312, La Calera, solicitando tener por interpuesta demanda,ó acogerla en tramitaci n y en definitiva, declarar, que se encuentra prescrita la acci nó ó judicial del municipio se alado, en su contra, para demandar judicialmente el pago deñ los montos indicados en el Certificado de deuda de aseo domiciliario , emitido el 17 de“ ” mayo del a o 2022 folio N 2478, solo en lo que dice relaci n a la deuda devengadañ ° ó entre el 30 de septiembre del a o 2000 hasta el 30 de noviembre del a o 2013, hoy porñ ñ un valor total de $1.486.637, con costas. Con fecha 05/07/2022, folio 6, se da curso a la demanda. Con fecha 14/07/2022, folio 8, consta notificaci n a la demandada conforme aó lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil realizada con fecha 13í ó de julio de 2022. Con fecha 23/07/2022, folio 10, comparece la demandada contestando la demanda solicitando tener presente su allanamiento integro. Con fecha 26/07/2022, folio 11, se confiere traslado para la r plica. é Con fecha 27/07/2022, folio 12, la demandante evacua r plica.é Con fecha 29/07/2022, a folio 13, se cit a las partes a o r sentencia.ó í SEGUNDO: Que con fecha 29/06/2022, folio 1, comparece MAR A BICHARAÍ BICHARA, c dula de identidad N 6.822.140-4, labores de hogar, domiciliada ené º Avenida Latorre #439, comuna de La Calera, interponiendo demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, en contra deó ó la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad

Fundamentos

CONSIDERANDO: S PTIMO: É Que, a partir del Certificado de deuda acompa ado por la demandante, señ da cuenta del hecho de existir una deuda por concepto de derechos de aseo municipal, respecto del inmueble ubicado en calle Av. Latorre N 400, Block N H, Depto. N 34,° ° ° La Calera, asociado al contribuyente, Mar a Bichara Bichara, en favor de laí Municipalidad de La Calera, documento que ilustra encontrarse pendientes de pago las cuotas por aseo a partir de la 3 cuota del a o 2000, vencida con fecha 30/09/2000,° ñ hasta 4 cuota del a o 2022, con vencimiento con fecha 30/11/2022, indic ndose una° ñ á deuda pendiente por todo el per odo por un total por $1.795.554í y que puesto en conocimiento de la contraria, no fue objetado. Código: DJZPXXYGVQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl OCTAVO: Que, en la escritura acompa ada, se verifica que la demandante compr elñ ó inmueble ubicado en calle Av. Latorre N 400, Block N H, Depto. N 34, La Calera° ° ° , que resulta coincidente con el inmueble sobre el cual recaen la deuda de aseo, materia de estos autos, por lo que en raz n de ello, se tendr en cuenta que el art culo 9 incisoó á í 3 del Decreto Ley 3.063 sobre rentas municipales, dispone que El derecho de aseo ser° “ á pagado por el due o o por el ocupante de la propiedad, ya sea usufructuario,ñ arrendatario o mero tenedor, sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al propietario , por lo que habiendo comparecido,” Mar a Bichara Bichara, arrog ndoseí á calidad de due o de la propiedad, teniendo presente lo dispuesto en el art culo 700 delñ í C digo Civil, que consagra que La posesi n es la tenencia de una cosa determinadaó “ ó con nimo de se or o due o, sea que el due o o el que se da por tal tenga la cosa por sá ñ ñ ñ í mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de l. é [] El poseedor es reputado due o, mientras otra persona no justifica serlo , no existiendo otro queñ ” justifique la calidad de due o, por lo que el s lo hecho de detentar la posesi n enñ ó ó calidad de due a, la hace responsable del pago de los derechos de aseo que recaen sobreñ el inmueble, como se indica en el certificado de deuda, cuyo rol de aval o correspondeú al 00004-00346, y por ello se encuentra legitimada para interponer la acci n de autos.ó NOVENO: Que en virtud de los considerandos precedentes, y conforme el art culo 313í del C digo Civil, que dispone; Si el demandado acepta llanamente las peticiones deló “ demandante, o si en sus escritos no contradice en materia substancial y pertinente los hechos sobre que versa el juicio, el tribunal mandar citar a las partes para o r sentenciaá í definitiva, una vez evacuado el traslado de la r plica . As las cosas, en virtud de laé ” í norma legal citada, se prescindi de recibir la causa a prueba.ó D CIMO: É Que de conformidad a lo que consagra el C digo Civil, en los art culosó í 2492 y dem s pertinentes, la prescripci n que extingue las acciones y d

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 144, 160, 170, 254,í 704 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, 1698, 2492, 2514 y 2515 del C digoó ó Civil y Decreto 2385, del a o 1996 que fija texto refundido y sistematizado del Decretoñ Ley N 3.063, de 1979 Sobre Rentas Municipales, ° SE DECLARA: I. Que SE ACOGE la demanda de prescripci n extintiva interpuesta poró MAR AÍ BICHARA BICHARA, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, y en consecuencia, se declara prescrita la acci n judicial de cobroó por derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, referidos a la Código: DJZPXXYGVQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl propiedad ubicada en calle Av. Latorre N 400, Block N H, Depto. N 34,° ° ° La Calera, y cuyo n mero de rol es el ú 00004-00346, entre el 30/09/2000 hasta el 30/11/2013, ambas fechas incluidas. II. Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado. Rol C-898-2022 Dictada por do a ñ Deisy Machuca Cabrera, Juez Suplente del Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, nueve de Agosto de dos mil veintid só Código: DJZPXXYGVQT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-09T09:45:09-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : C-898-2022 CARATULADO : BICHARA /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA Fecha de inicio : 29/06/2022 Fecha cit. o r sentí : 29/07/2022 La Calera, nueve de Agosto de dos mil veintid só VISTO: PRIMERO: Con fecha 29/06/2022, folio 1, comparece MAR A BICHARAÍ BICHARA, c dula de identidad N 6.822.140-4, labores de hogar, d

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