ARICA SOLAR GENERACIÓN 2 LTDA./
Rol
V-158-2022
Fecha
9 de agosto de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 1 de mayo de 2022, compareció Gloria Tapia Pradenas, abogada, chilena, casada, cédula nacional de identidad N°12.956.956-5, en representación de “ARICA SOLAR GENERACIÓN 2 LIMITADA” empresa chilena del giro energético, RUT 76.176.946.4, ambos domiciliados en Calle Orrego Luco N° 053, segundo piso, comuna de Providencia, Santiago, y refirió que su representada desea constituir una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, cuya cara superior tendrá una superficie de 200 hectáreas. Agregó que el punto medio de dicha concesión se encuentra ubicado en la Comuna de Arica, Provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota, y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 7.946.500,00 metros Norte y 379.000,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, zona 19. Asimismo, mencionó que la concesión minera de exploración que solicita se le otorgue a su representada se denominará “MARÍA JOSÉ 10”, siendo el terreno pedido el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros. Previas citas legales, solicitó tener por presentado el pedimento; certificar la fecha y hora de presentación a través de la Oficina Judicial Virtual; se ordene su inscripción y publicación en conformidad a la ley y, en definitiva, se declare constituida a favor de su representada la concesión minera de exploración denominada “MARÍA JOSÉ 10”. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió con fecha 9 de mayo de 2022, a fojas 793 y siguientes, bajo el Nº 399 del año 2022, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 23 de mayo de 2022, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, a folio 10, mediante ordinario N° 428 de fecha 4 de julio de 2022, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensión y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley y que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “MARÍA JOSÉ 10” son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.946.500,00 379.000,00 V1 7.947.000,00 378.000,00 V2 7.947.000,00 380.000,00 V3 7.946.000,00 380.000,00 V4 7.946.000,00 378.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales puesto que fue formulada dentro de
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “MARÍA JOSÉ 10”, con una superficie total de 200 hectáreas en favor de “ARICA SOLAR GENERACIÓN 2 LIMITADA”, peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se apelare. Rol V-158-2022 X Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. En Arica, a nueve de Agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-08-09T10:01:58-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-158-2022 CARATULADO : ARICA SOLAR GENERACIÓN 2 LTDA./ Arica, nueve de Agosto de dos mil veintidós VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 1 de mayo de 2022, compareció Gloria Tapia Pradenas, abogada, chilena, casada, cédula nacional de identidad N°12.956.956-5, en representación de
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