ESTAY/TENE
Rol
C-1288-2021
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece do a Leonor del Transito Estay Zamora, chilena, viuda,ñ cedula nacional de identidad N 4.302.959-2, domiciliada en calle Colo-Colo N 314,° ° Poblaci n Sicem, comuna de La Calera, quien viene en deducir demanda enó procedimiento sumario especial conforme al art culo 7 N 1, de la ley 18.101, sobreí ° ° arrendamiento de predios urbanos, solicitando judicialmente la restituci n de laó propiedad arrendada en contra de don Marco Antonio Tene Suarez, chileno, empresario, cedula nacional de identidad N 10.071.699-2, domiciliado para estos efectos° seg n lo dispuesto el articulo 8 N 2 de la ley 18.101, en calle Carrera N 1094 y N 1096ú ° ° ° de la comuna de La Calera, solicitando que esta sea acogida en todas sus partes y en virtud se declare la terminaci n inmediata del contrato de arrendamiento suscrito entreó las partes de la referida propiedad, y en consecuencia, se ordene la restituci n deló mismo, libres de todo ocupante, desde que la sentencia cause ejecutoria, de conformidad a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que expone Indica que otorgo en arrendamiento la propiedad ubicada en la comuna de La Calera, en calle Carrera N 1094 y N 1096, seg n consta en el contrato de° ° ú arrendamiento. Se ala que por instrumento privado de fecha 23 de enero de 2013, do a Leonorñ ñ Estay Zamora celebr contrato de arrendamiento con don Marco Antonio Tene Suarez,ó por el cual se entreg la propiedad ya referida en el numeral anterior, cuyo rol de aval oó ú corresponde al 31-046 de la comuna de la Calera. Manifiesta que el contrato de arrendamiento fue confeccionado ntegramente porí el demandado, en virtud de los conocimientos jur dicos que dec a poseer, y as evitandoí í í un costo mayor de una eventual asesor a de su parte, sin perjuicio que actualmente suí edad es de 84 a os, es decir que al momento de la suscripci n del contrato deñ ó arrendamiento su edad fluctuaba sobre los 70 a os.ñ Expresa que posteriormente, y ante las inobservancia
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS TACHAS: PRIMERO: Que a folio 29, la parte demandada sostiene que viene en formular tacha en contra de la testigo VER NICA NOEMI PACHECO PINEDA, por cuanto, siÓ bien no ha se alado el grado de parentesco que la une con la demandante, en todo caso,ñ seg n lo ha manifestado, tiene un parentesco con la demandante, lo cual hace queú carezca de la debidamente imparcialidad para declarar en este juicio, en consecuencia, estima la parte demandada que le perjudica, la causa prevista en el n 6 de la art.358° C.P.C. SEGUNDO: Que, el apoderado de la parte demandante, viene en rechazar la tacha expuesta, impetrada por la contraria, solicitando que se rechace, por los siguientes argumentos: La deponente, se le ha consultado, si tiene inter s en el presente pleito, a loé que ha respondido que no tiene inter s alguno, sin embargo, la contraria ha confundidoé la causal de inhabilidad legal, ya que sin perjuicio, que la testigo de haber se alado, deñ ser pariente, est a depuesto, espec ficamente no tener inter s, es por ello, solicito seá í é rechace la tacha impetrada, por adolecer esta, los debidos fundamentos, con expresa condena en costas. TERCERO: Que, no habi ndose acreditado por la incidentista que la testigoé tenga un inter s directo o indirecto en el pleito que afecte su imparcialidad, toda vez queé el inter s debe interpretarse como un beneficio material o pecuniario y considerando laé declaraci n, no pudiendo inferirse dicha situaci n, se rechaza la tacha deducida.ó ó CUARTO: Que a folio 29, el apoderado de la parte demandada, sostiene que viene en formular tacha en contra del testigo ROBERTO PATRICIO PINEDA OLIVARES, ante la clara respuesta afirmativa del testigo, en el sentido en que los une un v nculo de afectividad con la demandante, seg n el mismo lo ha manifestado, en laí ú forma que l lo ha se alado, esta parte viene en tachar al testigo, en raz n de la causalé ñ ó prevista en el n 6 del art. 358 del C.P.C., por carecer la debida imparcialidad para° declarar en este juicio, por tener directo inter s en el en el resultado del mismo.é QUINTO: Que el apoderado de la parte demandante, solicita que se rechace la tacha impetrada por la contraria, por adolecer de los fundamentos legales Código: JBEYXXGVWQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl correspondientes, en virtud que el deponente no ha se alado en su respuesta, tenerñ inter s en el presente pleito, en virtud que la contraria, ha se alado una norma, que noé ñ corresponde a la causal invocada,
Fallo
por tanto solicita se rechace la tacha impetrada por la contraria, con expresa condena en costas. SEXTO: Que, no habi ndose acreditado por la incidentista que la testigo tengaé un inter s directo o indirecto en el pleito que afecte su imparcialidad, toda vez que elé inter s debe interpretarse como un beneficio material o pecuniario; y considerando laé declaraci n, no pudiendo inferirse dicha situaci n, se rechaza la tacha deducida.ó ó EN CUANTO AL FONDO: SEPTIMO: Que comparece do a Leonor del Transito Estay Zamora,ñ quien interpone deducir demanda en procedimiento sumario especial conforme al art culo 7í ° N 1, de la ley 18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos° en contra de don Marco Antonio Tene Suarez, ya individualizados. Los fundamentos y peticiones se encuentran indicados en lo expositivo del presente fallo. OCTAVO: Que a folio 17, se lleva a efecto la audiencia de contestaci n,ó conciliaci n y prueba, con la asistencia de la demandante, do a LEONOR DELó ñ TRANSITO ESTAY ZAMORA, asitida por su abogado don VICENTE AHRENS SILVA, y el demandado don MARCO ANTONIO TENE SUAREZ, asistido por su abogado don FERNANDO SOTO ARENAS. La parte demandante ratifica la demanda. La parte demandada contesta verbalmente la demanda solicitado el rechazo de la demanda en todas sus partes, con costas, por no ser efectivos los hechos en que se funda. Indica que el demandado no es su representado, ya que el inmueble est ocupadoá actualmente por un sub-arrendatario debidamente autorizad
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PROCEDIMIENTO : SUMARIO ESPECIAL MATERIA : ARRENDAMIENTO CAUSA ROL : C-1288-2021 DEMANDANTE : LEONOR DEL TRANSITO ESTAY ZAMORA DEMANDADO : MARCO ANTONIO TENE SUAREZ FECHA DE INGRESO : 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021 La Calera, cinco de agosto de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, comparece do a Leonor del Transito Estay Zamora, chilena, viuda,ñ cedula nacional de identidad N 4.302.959-2, domiciliada en
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