Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

PJ CHILE S.P.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR

Rol

I-7-2023

Fecha

21 de abril de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1.- DOCUMENTAL RECLAMANTE X 2.- DOCUMENTAL RECLAMADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LA DEMANDA. El Tribunal realiza una breve relación de la demanda. CONTESTA DEMANDA: La parte reclamada procede a contestar la demanda. – Argumentos que constan en el registro de audio. Tribunal resuelve: Se tiene por contestada la demanda. LLAMADO A CONCILIACIÓN: El Tribunal propone como base de conciliación dejar sin efecto la multa. La parte reclamada señala que no tiene facultades para conciliar. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur notificó la resolución de multa N° 8656/23/3 con fecha 25 de enero de 2023, la que fue notificada a la reclamante el 4 de febrero de 2023. 2. El tenor de la multa en términos de su literalidad. 3. Que con ocasión a los hechos a los cuales se hace referencia en la multa se cursó esta última por 60 Unidades Tributarias Mensuales. 4. Que un trabajador de PJ Chile SpA sufrió un accidente el 28 de diciembre de 2022. LOS HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Si la reclamada incurrió en un error de hecho al momento de cursar la multa en cuestión. Pormenores y circunstancias de lo anterior. 2. En su caso, procedencia de la rebaja de multa requerida por PJ Chile SpA,

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por PJ Chile SpA para efecto de solicitar la rebaja en cuestión. Pormenores y circunstancias de todo lo anterior. MEDIOS DE PRUEBA: DOCUMENTAL RECLAMANTE: Se incorporan los siguientes documentos: 1. Copia de resolución de multa Nº 8656/23/3, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur con fecha 25 de enero de 2023. 2. Copia de correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2023 junto a la copia del correo electrónico de fecha 04 de febrero de 2023, enviado desde la casilla de correo electrónico nccictSantiagoSur@dt.gob.cl, dirigida a la casilla de correo electrónico relacioneslaborales@pjchile.com, cuyo asunto es “RV: NOTIFICA TÉRMINO DE PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN 1302.2022.1523”, mediante la cual se notificó la resolución de multa N°8656/23/3. 3. Copia de informe de accidentes de fecha 29 de diciembre de 2022, preparado por el departamento de prevención de riesgos de PJ Chile SpA. 4. Formulario de investigación de accidente de fecha 13 de enero de 2023, realizado por doña Paola Vergara Vegas, experta en prevención de riesgos de la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción. 5. Formulario de medidas prescritas inmediatas de fecha 30 de diciembre de 2023, realizado por doña Paola Vergara Vegas, experta en prevención de riesgos de la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción. 6. Croquis con detalles del siniestro y registro fotográfico. 7. Registro de declaración de los trabajadores don José Uzcategui y doña Mónica Guarda. 8. Resolución de calificación del origen de los accidentes y enfermedades N°5035018 de fecha 10 de enero de 2023, dictada por la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción. 9. Certificado de defunción de don Esteban Saavedra Muñoz. Tribunal Resuelve: Se tienen por ofrecidos e incorporados los documentos, los mismos serán analizados de conformidad a las reglas de la sana crítica al momento de la dictación de la sentencia. DOCUMENTAL RECLAMADA: Se incorporan los siguientes documentos: 1. Copia íntegra de expediente de fiscalización N° 1302/2022/1523, que consta de todas las piezas de la actuación administrativa, y que tiene relación con la multa administrativa N° 8656/23/3 de fecha 25 de enero de 2023. Tribunal Resuelve: Se tienen por ofrecidos e incorporados los documentos, los mismos serán analizados de conformidad a las reglas de la sana crítica al momento de la dictación de la sentencia. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. · La parte reclamante realiza observaciones a la prueba. · La parte reclamada realiza observaciones a la prueba. · Argumentos que constan en el registro de audio. Tribunal Resuelve: Se tienen por efectuadas las observaciones a la prueba. Siendo las 10:14 horas, se realiza un receso de la audiencia. Siendo las 10:27 horas, se reinicia la audiencia. Siendo las 10:40 horas, se realiza un receso de la audiencia. Siendo las 10:52 horas, se reinicia la audiencia. SENTENCIA: *Transcripción parte resolutiva de la s

Fallo

se resuelve: Que en la especie resulta procedente dejar sin efecto la resolución de multa número 8656/23/3 de fecha 25 de enero de 2023, por haberse incurrido efectivamente por la parte reclamada en un error de hecho al momento de cursar la multa en cuestión, multa que de conformidad a lo dispuesto por esta magistrado debe ser dejada sin efecto atendido lo concluido precedentemente. No se condena en costas a la Inspección del Trabajo teniendo única y exclusivamente presente que la multa en cuestión y el proceso de fiscalización arranca de las facultades que se le entregan a la Dirección del Trabajo para efecto de realizar su labor fiscalizadora pero el tribunal cree importante que la Dirección del Trabajo logre, en definitiva, establecer criterios de fiscalización que reúnan las exigencias no solamente establecidas en la Ley 19.880 sino que tener a la vista las exigencias constitucionales para efectos de aplicación de procedimientos administrativos racionales, razonables y justos, de manera tal de que, la expresión de voluntad del Estado de cuenta de que, en definitiva, que la sanción administrativa y el ius puniendi del Estado, debe ser aplicado en situaciones que efectivamente aquello amerite conforme a las circunstancias en las cuales se producen los hechos que requieren el proceso de fiscalización de la Inspección del Trabajo. Se ordena el archivo de los antecedentes en su oportunidad ejecutoriada que sea la presente sentencia. Siendo las 11:34 horas se pone término a

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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 21 de abril de 2023 RUC 23-4-0461900-4 RIT I-7-2023 MAGISTRADO Marcela Poblete Valdés ADMINISTRATIVO DE ACTAS David Bahamondes P. HORA DE INICIO 09:50 HORA DE TERMINO 11:34 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340461900-4-1351 SALA 1.- PARTE RECLAMANTE PJ CHILE S.P.A. RUT: 76.152.699-5 ABOGADO JOSÉ ARAVENA VÁSQUEZ FORMA DE NOTIFICACION jar

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