TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/ÓRDENES
Rol
C-1055-2022
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- Que comparece don BERNARDINO ORDENES PE A, Ñ c dula nacional deé identidad N 14.976.144-3, domiciliado para estos efectos en calle Manuel Montt° N 920, comuna y ciudad de Temuco, quien sostuvo que el plazo de prescripci n° ó de la acci n de cobro del servicio de impuestos internos es de 3 a os conformeó ñ lo dispone el art culo 200 y 201 del C digo Tributario, que tal plazo en laí ó especie estar a cumplido, por lo que pide la prescripci n de la acci n de cobroí ó ó del tributo, en causa rol 11240-2021.- 2.- Que el Servicio de Tesorer a resolvi en sede administrativa la excepci ní ó ó opuesta. Para lo anterior se al , en suma que se pidi la prescripci n de la acci n deñ ó ó ó ó cobro de los folios 6937596776, 2176273 y 6920973696. Que dichos folios ten aní vencimiento legal el 13 de enero de 2020, 30 de abril de 2020 y 13 de mayo de 2021, respectivamente, por lo que habi ndose notificado la acci n de cobro coné ó fecha 13 de mayo de 2021, aquella fue ejercida dentro de los tres a os queñ refiere el art culo 200 del C digo Tributario, raz n por la que rechaza laí ó ó excepci n. ó 3.- Concluidos los tr mites de rigor, se orden traer los autos para resolver laá ó excepci n opuesta.ó
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que los folios pretendidos en sede administrativa, conforme se lee del expediente administrativo acompa ado por el Servicio de Tesorer a, tuvieron vencimientoñ í legal el 20 de mayo de 2020, 13 de enero de 2020 y 30 de abril de 2020, y que se advierte que la notificaci n y requerimiento fue formulado con fecha 13 deó mayo de 2021, debe entenderse ejercida la acci n de cobro dentro de los plazosó establecidos en el art culo 200 del C digo Tributario, raz n por la que esteí ó ó sentenciador concluye que en la especie no concurren los elementos de la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de obligaciones tributarias conformeó ó lo previene el art culo 200 y 201 del C digo Tributario, toda vez que no seí ó advierte la inactividad requerida por las normas antes referidas entre la exigibilidad de la obligaci n y la notificaci n de la acci n de cobro del tributo.ó ó ó Teniendo adem s presente lo dispuesto en los art culos 2514 y siguientes delá í C digo Civil, 177 del C digo de Procedimiento Civil, art culos 177, 200 y 201ó ó í siguientes del C digo Tributario, y dem s normas pertinentes,
Fallo
se declara:ó á Que, SE RECHAZA, sin costas, la excepci n de prescripci n deducida por donó ó BERNARDINO ORDENES PE A, respecto de los folios 6937596776, 2176273Ñ y 6920973696.- Reg strese y notif quese.-í í Rol N 1055-2022.-° Dictada por don JORGE ROMERO ADRIAZOLA, Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Temuco. Código: RXXZXXLXWHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1055-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, tres de Agosto de dos mil veintid só Código: RXXZXXLXWHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-08-03T10:55:03-0400
Texto Completo (Preview)
C-1055-2022 Foja: 1 FOJA: 6 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1055-2022 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/ RDENESÓ Temuco, tres de Agosto de dos mil veintid só VISTOS: 1.- Que comparece don BERNARDINO ORDENES PE A, Ñ c dula nacional deé identidad N 14.976.144-3, domiciliado para estos efectos en calle Manuel Montt° N 9
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica