ARIAS/
Rol
V-11-2022
Fecha
30 de julio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, de fecha 13 de enero de 2022, comparece do a NGELA DE LAS MERCEDES PINO ORELLANA, viuda, peluquera,ñ Á domiciliada en Sausalito 240, Poblaci n Colina IV, de la ciudad y comuna deó Temuco y MARISOL BEATRIZ ARIAS PINO, soltera, labores de hogar, domiciliada en calle Pelehue 2504, de la comuna y ciudad de Temuco, y de acuerdo a lo previsto en el art culo 695 del C digo Civil, y art culos 13, 14, 18í ó í del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, solicita se ordene alí Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, con domicilio en calle Vicu aí ñ Mackenna N 631, Temuco, inscribir la compraventa celebrada con fecha 9 de° septiembre de 2021 entre do a Marisol Beatriz Arias Pino y do a ngela de lasñ ñ Á Mercedes Pino Orellana, en virtud de las razones de hecho y derecho que exponen a continuaci n:ó LOS HECHOS:“ 1.- Que, por escritura p blica de fecha nueve de septiembre de 2021, otorgadaú en la Notar a de don Jorge El as Tadres Hales, anotada bajo el repertorioí í N 4944/2021, del quinto bimestre del a o 2021, do a Marisol Beatriz Arias Pinoº ñ ñ vende el bien ra z singularizado a do a ngela de las Mercedes Pino Orellana,í ñ Á de una superficie de 100,14 metros cuadrados. 2.- Que, se presenta el t tulo referido en el n mero anterior a inscripci n alí ú ó Conservador de Bienes Ra ces de la ciudad de Temuco, sta ha reparado laí é inscripci n, neg ndose a efectuarla, esgrimiendo como fundamento que laó á vendedora adquiri el bien casada, siendo innecesaria la autorizaci n deló ó presunto c nyuge.ó 3.- Que, no obstante, la referencia efectuada en el t tulo, sta se encuentraí é errada, por cuanto la vendedora es soltera y jam s ha contra do matrimonioá í alguno, por lo que, el fundamento de la negativa carece de plausibilidad. 4.- Que, en los hechos el Conservador reclamado ha excedido las facultades previstas en su estatuto regulatorio, erigi ndose como un verdadero juez,é ponderando los antecedentes m s all de la rbita de sus atribuciones.á á ó 5.- Por lo anterior, corresponde pedir informe a la recurrida, disponiendo en definitiva la inscripci n del t tulo, en los t rminos peticionados.ó í é EL DERECHO: 6.- Que, el art culo 695 del C digo Civil prescribe: Un reglamento especialí ó “ determinar en lo dem s los deberes y funciones del Conservador, y la forma yá á solemnidad de las inscripciones” 7.- Conforme a lo dispuesto en el art culo 12 del Reglamento del Registroí Conservatorio de Bienes Ra ces, el Conservador inscribir en el respectivoí á Registro los t tulos que al efecto se le presenten. A su vez, el art culo 13í í prescribe que el Conservador no podr rehusar ni retardar las inscripciones,á estableci ndose en el art culo 14 los casos o motivos determinados por los cualesé í el referido auxiliar de la administraci n de justicia puede negarse o rehusar laó inscripci n.ó Código: VDCWXXPQRXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 8.- Que, el
Fallo
POR TANTO, en virtud de lo expuesto y de lo previsto en el art culo 695 delí C digo Civil, art culos 13 y 14 del Reglamento del Registro Conservatorio deó í Bienes Ra ces y dem s normas pertinentes, RUEGO A U.S., con el m rito de losí á é antecedentes previamente expuestos, documentos que en un otros se acompa an,í ñ se ordene al Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, previo informe de rigor,í proceder a inscribir la compraventa de autos, celebrada entre do a Marisolñ Beatriz Arias Pino y do a ngela de las Mercedes Pino Orellana, de fecha nueveñ Á de septiembre de 2021 en el registro respectivo.” En el folio 14, de fecha 23 de junio de 2022, quedaron los autos para fallo.- SEGUNDO: Que, las solicitantes, a fin de acreditar sus asertos, se valieron de las siguientes evidencias probatorias: Documental: A folio 1: 1.- Escritura P blica de fecha 09 de septiembre de 2021. 2.- Certificado deú rechazo de fecha 31 de diciembre de 2021. TERCERO: Que, en el folio 6, de fecha 09 de febrero de 2022, se agregó Informe del se or Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, quien se ala:ñ í ñ Que con fecha 01 de febrero del a o en curso, ingres a este“ ñ ó Conservador Oficio N 276, solicitando informa respecto de la solicitud de autos° ROL V-11-2022 caratulado Arias . Al respecto puedo informar a Vs., que de“ ” Código: VDCWXXPQRXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 los antecedentes acompa ados y de la revisi n de la car
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-11-2022 CARATULADO : ARIAS/ Temuco, treinta de Julio de dos mil veintid só VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, de fecha 13 de enero de 2022, comparece do a NGELA DE LAS MERCEDES PINO ORELLANA, viuda, peluquera,ñ Á domiciliada en Sausalito 240, Poblaci n Colina IV, de la ciudad y
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