ROJAS/CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A. (EN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN)
Rol
M-23-2023
Fecha
18 de abril de 2023
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, de los antecedentes acompañados por el actor, se estima suficientemente fundadas sus pretensiones, concluyendo que la relación laboral terminó el día 9 de noviembre de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por don AXL ANTONIO ROJAS VARGAS, Run 18.898.862-8 contra de CONSTRUCTORA CLARO VICUAÑ VALENZUELA S.A. Rut 80.207.900-1 representada legalmente por doña MARIA LORETO RIED UNDURRAGA ambos con domicilio en MONSEÑOR SOTERO SANZ N°100, OFICINA 205, PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA, consecuencia, se condena a la demandada, a pagar las siguientes prestaciones: 1.-$986.008.-por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.-$361.536.- por concepto de feriado proporcional. II.- Las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán ser reajustadas y devengarán intereses en la forma señalada en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- No se condena en costas a la demandada, por no existir en este estado procesal juicio contradictorio. RIT M-23-2023 RUC 23-4-0455716-5 Dirigió la audiencia Doña CATALINA CASANOVA SILVA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, a dieciocho de abril del año dos mil veintitrés.
Fallo
SE RESUELVE: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por don AXL ANTONIO ROJAS VARGAS, Run 18.898.862-8 contra de CONSTRUCTORA CLARO VICUAÑ VALENZUELA S.A. Rut 80.207.900-1 representada legalmente por doña MARIA LORETO RIED UNDURRAGA ambos con domicilio en MONSEÑOR SOTERO SANZ N°100, OFICINA 205, PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA, consecuencia, se condena a la demandada, a pagar las siguientes prestaciones: 1.-$986.008.-por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.-$361.536.- por concepto de feriado proporcional. II.- Las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán ser reajustadas y devengarán intereses en la forma señalada en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- No se condena en costas a la demandada, por no existir en este estado procesal juicio contradictorio. RIT M-23-2023 RUC 23-4-0455716-5 Dirigió la audiencia Doña CATALINA CASANOVA SILVA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente. Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, a dieciocho de abril del año dos mil veintitrés.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Iquique, 18 de abril del año 2023 RUC 23-4-0455716-5 RIT M-23-2022 MAGISTRADO CATALINA CASANOVA SILVA ADM. DE ACTAS Iván Tapia M.(sala2) HORA DE INICIO 10:05 horas. HORA DE TERMINO 10:22 horas. Nº REGISTRO DE AUDIO 2340455716-5-1334 230418-00 DEMANDANTE Axl Antonio Rojas Vergas, Rut.: 18.898.862-8 ABOGADO COMPARECIENTE Dav
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