3º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE CHILE/MUNIZAGA

Rol

C-566-2022

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 01 de abril deó 2022, comparecen Patricio Andr s Pacheco Cofr , Daniela Rubilaré é Urrutia, Javier G mez Leiva y Susana Valenzuela Poblete, ó abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giroí cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de suó denominaci n, representada a su vez por su gerente general donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Carrera 380 Of. 423A., La Serena, deduciendo demanda ejecutiva en contra de Ronald Francisco Munizaga Fuentealba, contador auditor, domiciliado en calle Las Brisas N°1010, comuna de Antofagasta y en scar Quiroz MorgadoÓ Edificio 1879, departamento 414, estacionamiento 43, comuna de La Serena, en consideraci n a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho queó exponen. Se alan que por escritura p blica de compraventa con mutuo eñ ú hipoteca de fecha 31 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario P blico de ú La Serena don Gonzalo O ate Miranda, Notario Suplenteñ Código: DXMHXXTXFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 del Titular de la Notaria de La Serena don Ruben Reinoso Herrera, y que se acompa a en un otros de su presentaci n, el Banco de Chile,ñ í ó dio en mutuo a Ronald Francisco Munizaga Fuentealba, la cantidad de 2.123,5500 Unidades de Fomento, que el demandado se oblig a pagaró en el plazo de 240 meses a contar del d a í 1 de junio de 2019, por medio de igual n mero de dividendos, mensuales, vencidos y sucesivos,ú los que comprender n la amortizaci n y los intereses. Se estipul ,á ó ó adem s, que la obligaci n tiene el car cter de indivisible para todos losá ó á efectos legales. Detallan que se pact que la tasa de inter s real, anual y vencidaó é que devenga el contrato ser a del í 3,2700% anual. Indican que las partes acordaron que el retardo por m s de 10á d as en el pago de cualquier dividendo facultar a al Banco para exigirí í el pago del total adeudado, consider ndose de plazo vencido laá obligaci n, deveng ndose intereses penales a las tasa m xima que la leyó á á permita estipular. El derecho anterior debe entenderse ejercido por el Banco al momento de notificar v lidamente la demanda.á Agregan que, adem s, a fin de garantizar el cumplimiento de lasá obligaciones emanadas del contrato de mutuo el demandado constituyó en favor del Banco de Chile, hipoteca en primer grado, sobre el inmueble de su propiedad ubicado en Departamento N°414, 1° Piso, Edificio 4, uso y goce exclusivo del estacionamiento superficial N°43, Condominio Los Tamrindos III, Parque Islon Etapa IV, calle Oscar Quiroz Morgado N°1879, comuna de La Serena, la que se encuentra inscrita a su nombre a fojas 3312 N° 2231 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de í La Serena del a o ñ 2019. Código: DXMHXXTXFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Refieren que la primera hipoteca se encuentra inscrita a fojas 1888 N° 1062 del Registro de Hipotecas y Grav menes delá Conservador de Bienes Ra ces de í La Serena del a o ñ 2019. Exponen que, de igual modo, y para garantizar el mutuo ya individualizado, se constituy sobre la propiedad prohibici n, sinó ó consentimiento previo y escrito de la instituci n que representan, deó gravar, enajenar y arrendar en favor de terceros, la que se inscribi aó fojas 2390, N° 1489, del Registro de Interdicciones y Prohibiciones del mismo Conservador y a o, citados en el p rrafo precedente.ñ á Afirman que Ronald Francisco Munizaga Fuentealba, no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas del referido contrato, dejando de pagar el dividendo N° 27 con vencimiento el d a í 1 de agosto de 20

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibi ndose a prueba y fij ndoseé á los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Por resoluci n de fecha 11 de julio del presenteó , se cit aó las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los abogados Patricio Andr s Pacheco Cofr ,é é Daniela Rubilar Urrutia, Javier G mez Leiva y Susana Valenzuelaó Poblete, mandatarios judiciales de Socofin S.A., actuando en representaci n del Banco de Chile, han deducido demanda ejecutiva enó contra de Ronald Francisco Munizaga Fuentealba, fundada en el contrato de mutuo celebrado entre las partes por la cantidad de 2.123,5500 unidades de fomento, que la demandada se oblig a pagaró al Banco en el plazo de 240 meses a contar del d a í 1 de junio de 2019, habiendo incumplido su obligaci n de pago desde el dividendoó N° 27 en adelante, adeudando 1.953,7780 unidades de fomento que al Código: DXMHXXTXFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 d a í 17 de marzo de 2022, equivalen a la suma en pesos de $61.905.143.-, m s los intereses penales que se han devengado desde elá incumplimiento y costas de la causa. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso a la ejecuci n lasó excepciones de los n meros 2, 6, 11 y 14 del art culo 464 del C digoú í ó de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre;í ó la falsedad del t tulo;

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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-566-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MUNIZAGA La Serena, veintiocho de Julio de dos mil veintid só VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 01 de abril deó 2022, comparecen Patricio Andr s Pacheco Cofr , Daniela Rubilaré é Urrutia, Javier G mez Leiva y Susana Valenzuela Poble

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