2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BRAVO/FLESAN S.A.

Rol

M-3602-2022

Fecha

17 de abril de 2023

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Desistimiento: La parte demandante vino, en este acto, en desistirse de las acciones en contra de la demandada solidara y el Tribunal, habiendo conferido traslado a la parte demandada, tiene presente el desistimiento, según argumentos que constan en registro de audio. Llamado a conciliación: Frustrado, en virtud de la incomparecencia de la parte demandada principal. Hechos controvertidos: 1. Efectividad de los hechos señalados en la carta de aviso de despido. 2. El monto de la remuneración del trabajador. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofrece e incorpora los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de aviso de despido, de fecha 03 de noviembre de 2022. 2. Liquidación de remuneración de los meses agosto, septiembre y octubre de 2022. 3. Acta comparendo y conciliación, de fecha 08 de noviembre de 2022. 4. Finiquito laboral, de fecha 30 de noviembre de 2022. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia y el Tribunal la tiene por incorporada Observaciones a la prueba: La parte demandante realizó las observaciones a la prueba rendida. SENTENCIA   Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva.   Parte resolutiva: Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 63, 161, 162, 163, 168, 172, 420, 432, 453 y siguientes del Código del Trabajo, 496 y siguientes, artículo 13 de la Ley 19.728, se declara: I. Que se acoge la demanda de despido improcedente interpuesta por don ALEJANDRO OCTAVIO BRAVO POBLETE en contra de FLESAN S.A. II. Que se declara que el despido del actor fue improcedente a

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 63, 161, 162, 163, 168, 172, 420, 432, 453 y siguientes del Código del Trabajo, 496 y siguientes, artículo 13 de la Ley 19.728, se declara: I. Que se acoge la demanda de despido improcedente interpuesta por don ALEJANDRO OCTAVIO BRAVO POBLETE en contra de FLESAN S.A. II. Que se declara que el despido del actor fue improcedente al haberse aplicado la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, sin acreditar la veracidad de los hechos que fundaron el despido. III. Que, producto de lo anterior, la parte demandada FLESAN S.A., deberá pagar al trabajador las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) Recargo, conforme al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, por un total de $2.131.727.-; b) Devolución del descuento efectuado por aporte del empleador al seguro de cesantía, por la suma de $869.921.- IV. Que las sumas señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales, establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. V. Que se condena en costas a la demandada FLESAN S.A., las que se regulan en la suma de $500.000.- VI. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día hábil. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y archívense en su oportunidad. Téngase a las part

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 17 DE ABRIL DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 22-4-0448798-5 RIT M-3602-2022 MAGISTRADO GUILLERMO RODRÍGUEZ ÓRDENES ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAMILA ARAYA LARENAS HORA DE INICIO 10:18 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:38 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240448798-5-1

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