1º Juzgado Civil de Puente Alto

CODELCO CHILE/

Rol

V-60-2022

Fecha

27 de julio de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 19 de Enero de 2022, a las 15:40:39 hrs, comparece don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 8.625.311-9, domiciliado en paseo Huérfanos Nº 1270, piso N° 10, Santiago, en representación de la CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de febrero de 1976, RUT 61.704.000-K, del mismo domicilio, quien solicita la constitución de una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. Señala que el punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. Al NORTE 6.294.500,00 metros; Al ESTE 421.000,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de San José de Maipo, Provincia Cordillera, Región Metropolitana. Agrega que el área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros, encerrando una superficie de 600 hectáreas. En virtud de las normas de derecho que cita, pide al Tribunal se sirva conceder a su mandante, Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile, la concesión de exploración que se denominará “SAN JUAN E 9", con un total de 600 hectáreas. Con fecha 24 de Enero de 2022, se da curso a la solicitud, ordenándose inscribir y publicar. Con fecha 13 de Abril de 2022, el solicitante acreditó el pago de la tasa del pedimento, el que se realizó con fecha Foja: 1 03 de Febrero 2022, dentro de los 30 días contados desde la fecha de la solicitud; acreditó el pago de la patente proporcional, que se realizó con fecha 15 de Marzo 2022; la inscripción del pedimento en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto correspondiente al año 2022, a fojas 153 número 79, con fecha 11 de Febrero de 2022, es decir, dentr

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo prescrito por el artículo 57 del Código de Minería. SEGUNDO: Que, asimismo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales o adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que, en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1, 2, 42 y 43 de su Reglamento y artículos 1, 2, 5 y 10 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras;

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “SAN JUAN E 9" con un total de 600 hectáreas, ubicada en la comuna de San José de Maipo, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, a favor de la CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, ya individualizado, teniendo el punto medio las siguientes coordenadas U.T.M. Al NORTE 6.294.500,00 metros; Al ESTE 421.000,00 metros, detalladas en la parte expositiva. II.- Que, se aprueba el plano acompañado y custodiado bajo el N° 1748/2022. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Secretario del Tribunal en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese. IV.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Puente Alto, y archívese una copia del plano respectivo. V.- Remítanse por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada y archívense los antecedentes en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA CLAUDIA ALEJANDRA PARGA RIOS. JUEZ TRAMITADOR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, veintisiete de Julio de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verif

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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-60-2022 CARATULADO : CODELCO CHILE/ Puente Alto, veintisiete de Julio de dos mil veintid só VISTOS: Que con fecha 19 de Enero de 2022, a las 15:40:39 hrs, comparece don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 8.625.311-9, domiciliado en paseo Huérfanos

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