BANCO DE ESTADO DE CHILE/PIZARRO
Rol
C-862-2022
Fecha
22 de julio de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 26 de marzo de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, c dula nacional de identidad N° 13.902.651-9, abogado,í é domiciliado en San Diego 81, piso 3, comuna de Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional del ó BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa aut noma de cr ditos del Estado, Rol nico Tributario N° 97.030.000-7,ó é Ú representada legalmente por su Gerente General don Juan Cooper lvarez,Á ingeniero comercial, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O ´Higgins Nº 1111, comuna de Santiago; quien interpone demanda ejecutiva en contra de do a ñ MAR A DEL PILAR PIZARRO UBIERGOÍ , c dula nacional deé identidad N° 6.888.365-2, ignora su profesi n u oficio, domiciliada en Petaloniaó 475, comuna de Vi a del Mar,ñ acci n por la cual pretende el pago de la suma deó $ 4.077.497.- m s intereses y costas, la cual funda en pagar impago.á é Que en lo principal del escrito de fecha 23 de abril de 2022, folio 11, la ejecutada opuso la excepci n del N° 7 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, respecto de la deuda cuyo cobro se persigue en autos. Que con fecha 14 de junio de 2022, folio 18, el ejecutante evacu eló traslado de la excepci n opuesta.ó Que con fecha 07 de julio de 2022, folio 22, el Tribunal declaró inadmisible la excepci n opuesta y atendido lo dispuesto en el art culo 466 deló í C digo de Procedimiento Civil, cit a las partes para o r sentencia.ó ó í Código: XKJVXXVXSMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fundamentos
Considerando: Primero: En cuanto a la demanda ejecutiva. Que con fecha 26 de marzo de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, ení representaci n convencional del Banco del Estado de Chile,ó representado legalmente por su Gerente General don Juan Cooper lvarez, quien interpone demandaÁ ejecutiva en contra de do a Mar a del Pilar Pizarro Ubiergo, todos yañ í individualizados; solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó su contra por la suma de $ 4.077.497.- m s intereses y costas, todo ello en base aá los antecedentes que pasa a exponer. Refiere que su representado es due o del pagar Nº 29665752 derivado deñ é la operaci n Nº 29665752, suscrito ante la Notaria de Santiago, do a Ver nicaó ñ ó Isabel Gonz lez D vila, con 26 de enero del a o 2021, por la suma de $á á ñ 4.077.497.- por concepto de capital m s un inter s del 1.7% mensual a contar delá é d a 26 de enero del a o 2021.í ñ Expresa que dichas sumas ser an pagadas por la demandada en 24 cuotasí mensuales y sucesivas, la primera de ellas el d a 05 de marzo de 2021 y lasí siguientes los d as 05 de cada mes, siendo el valor de cada cuota $ 209.948.-,í excepto la ltima que se pact por la suma de $ 209.947.ú ó Se ala que es del caso se alar que la ejecutada se constituy en mora el d añ ñ ó í 05 de noviembre de 2021, no pagando ninguna de las cuotas posteriores. Agrega que en el pagar se estableci que, en caso de no pago oportuno deé ó una o m s cuotas, la parte demandada se obligaba a pagar, desde elá incumplimiento, intereses penales por el m ximo convencional que rigiera a laá suscripci n del instrumento; pudiendo el Banco hacer exigible la totalidad de laó deuda como si fuera de plazo vencido; derecho que ejerce a trav s de su demandaé y mediante la notificaci n de la misma.ó Finalmente a ade que la obligaci n es indivisible, l quida, actualmenteñ ó í exigible y la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita; y que el suscriptor,ó adem s, liber al tenedor de la obligaci n de protesto, encontr ndose su firmaá ó ó á autorizada por un Notario P blico.ú Código: XKJVXXVXSMM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
Por tanto, conforme a lo expuesto y lo dispuesto en los art culos 98 yí siguientes de la Ley Nº 18.092, art culos 254, 434 N° 4 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil, y dem s normas pertinentes, solicita tener por interpuestaá demanda ejecutiva en contra de do a Mar a del Pilar Pizarro Ubiergo, yañ í individualizada, admitirla a tramitaci n, ordenar se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo en su contra por la suma de $ 4.077.497.-, disponer que se leó requiera de pago, y ordenar se siga adelante con la ejecuci n hasta hacer entero yó cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con intereses y costas. Segundo: En cuanto a la excepci n.ó Que en lo principal de su presentaci n de fecha 23 de abril de 2022, folio 11, la ejecutada do a Mar a deló ñ í Pilar Pizarro Ubiergo, asistida por su abogado don Fernando Salvador Quinteros Venegas, opuso la siguiente excepci n: ó - Excepci n del N° 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,ó í ó a saber: “La falta de requisitos o condiciones establecidas por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n alí ó demandado”. Funda dicha excepci n en el hecho que de que tanto el pagar como laó é operaci n N° 29665752 que le dio origen, no fueron firmados ni suscritos por suó persona, ni menos el pagar fue firmado o autorizada su firma ante el Notarioé P blico que se indica, falt ndole por ende al pagar presentado en autos, m ritoú á é é ejecutivo. En efecto
Texto Completo (Preview)
FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-862-2022 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/PIZARRO Vi a del Marñ , veintid s de Julio de dos mil veintid só ó Vistos: Que con fecha 26 de marzo de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, c dula nacional de identidad N° 13.902.651-9, abogado,í é domiciliado en San D
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