Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

DIFOR CHILE S.A. CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE PUERTO MONTT

Rol

I-106-2022

Fecha

12 de abril de 2023

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos fueron constatados por el fiscalizador por lo que gozan de una presunción de veracidad. Indica que lo que se reclama es la resolución que resuelve la reconsideración administrativa que en definitiva rebaja la multa cursada. Por tanto lo controvertido no es la procedencia de la multa aplicada, sino de la que resuelve la reconsideración. Afirma que la resolución impugnada se ajusta a derecho, por cuanto la reclamante no aportó antecedentes suficientes que permita dar certeza que acompañó la documentación requerida. Agrega que como en la reconsideración acompañó la documentación requerida se rebaja la multa. Sostiene que el único documento que acompaña es un correo electrónico presumiblemente enviado y recepcionado por la fiscalizadora, pero que la documentación no fue recibida por la fiscalizadora. TERCERO: Que la parte reclamante incorporó los siguientes medios de prueba: Prueba documental: 1. Copia Resolución Exenta Nº1001-5336/2022, de fecha 14 de octubre de 2022, de la Inspección Comunal del Trabajo de Puerto Montt. 2. Copia de correo de fecha 29 de junio de 2022, titulado “presentación de documentos Difor Chile S.A. (fiscalización 24-06-2022), al correo cesquivel@dt.gob.cl , con copia a Elizabeth Cárdenas, por parte de la Jefe de Personal de Difor Chile S.A. Carla Vergara Sáez. Junto con sus archivos adjuntos. Prueba Testimonial. 1.- Elizabeth Maricela Cárdenas Uribe, RUN 16.811.282-3. Señala que le llegó una resolución de multa porque supuestamente no se envió la documento requerida. Señala que se envió la documentación el 29 de junio de 2022, llegándole copia a ella. Pasada dos semana ella fue a la Inspección del Trabajo porque no se había acusado recibió del correo. En la Inspección le dijeron que como la fiscalización estaba en curso debía esperar la resolución. Exhibido el documento N° 2 señala que es el correo que le fue copiado, corresponde a la fiscalización del 24 de junio de 2022. 2.- Carla Valeria Vergara Sáez, RUN 15.178.407-0. Señala

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que en estos autos RIT I-106-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, don ELIÚ GUTIÉRREZ CALLEIA, abogado, con domicilio en calle San Martín Nº 641 oficina 14, comuna y ciudad de Concepción, en representación de “DIFOR CHILE SOCIEDAD ANONIMA”, con domicilio en Ruta 160, Nº 3455, comuna de San Pedro de la Paz, interpone reclamación en Procedimiento de Aplicación General en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO PUERTO MONTT, representada legalmente por doña Gabriela Olave Rodríguez o quién lo reemplace o lo subrogue, ambos domiciliados para estos efectos en Benavente 485, Puerto Montt, por la Resolución Exenta Nº1001-5336/2022, de fecha 14 de octubre de 2022, que sólo rebaja multa Nº 1806/2022/35, a 13 ingresos mínimos mensuales, solicitando se acoja para –en definitiva- dejar sin efecto la multa impuesta, con costas, fundado en los siguientes aspectos de hecho y de derecho que pasa a exponer: Señala que el 24 de junio de 2022, su representada fue requerida por la Inspección del Trabajo a que se enviaran documentos laborales de ciertos trabajadores de la Sucursal de Puerto Montt, los que debían ser enviados vía email a la casilla cesquivel@dt.gob.cl, para lo cual había plazo hasta el 29 de junio de 2022. Indica que el requerimiento fue satisfecho por su parte mediante el envío de un email con la documentación requerida desde la casilla cvergara@difor.cl al correo señalado por inspector, esto es, cesquivel@dt.gob.cl.- Sin embargo, a pesar de haber cumplido con lo solicitado se recibió resolución de multa Nº 1806/2022/35, con una multa por 26,73 IMM, por una supuesta infracción por: “No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: contratos de trabajos, anexos de cambio de funciones y remuneraciones, comprobante de pago de remuneraciones desde enero a mayo del 2022 de: trabajadores Edgardo Devia, Rut 16362617-9, Carlos Gómez, Rut 14227656-9, Pablo Henríquez, Rut 17269499-3, Luis Pérez, Rut 10366114-5, Mónica Rojas, Rut 10544788-4, Leonardo Vargas, Rut 18819993-3, Rodrigo Sandoval, Rut 16237228-9, Cristian Ramírez, Rut 19606533-4, Claudio Pérez, Rut 15281230-2, Jorge Igor, Rut 16894345-8. Esto según requerimiento realizado el día 24.06.2022. Se otorga plazo para remitir documentación vía correo electrónico hasta el día 29.06.2022 a las 16:00 hrs. empresa no da respuesta a requerimiento” Supuesta norma infringida.- “no exhibir toda la documentación necesaria para la efectuar labores de fiscalización lo que infringe los artículos 31 y 32 del DFL 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo”. Señala que sobre esa resolución de Multa con fecha 29 de agosto de 2022, se presentó reconsideración administrativa la que sólo rebajó la multa a pesar de no ser efectiva la supuesta infracción. Afirma que no es efectivo que no se haya enviado la toda la documentación vía correo electrónico antes dentro del pla

Fallo

Por tanto lo controvertido no es la procedencia de la multa aplicada, sino de la que resuelve la reconsideración. Afirma que la resolución impugnada se ajusta a derecho, por cuanto la reclamante no aportó antecedentes suficientes que permita dar certeza que acompañó la documentación requerida. Agrega que como en la reconsideración acompañó la documentación requerida se rebaja la multa. Sostiene que el único documento que acompaña es un correo electrónico presumiblemente enviado y recepcionado por la fiscalizadora, pero que la documentación no fue recibida por la fiscalizadora. TERCERO: Que la parte reclamante incorporó los siguientes medios de prueba: Prueba documental: 1. Copia Resolución Exenta Nº1001-5336/2022, de fecha 14 de octubre de 2022, de la Inspección Comunal del Trabajo de Puerto Montt. 2. Copia de correo de fecha 29 de junio de 2022, titulado “presentación de documentos Difor Chile S.A. (fiscalización 24-06-2022), al correo cesquivel@dt.gob.cl , con copia a Elizabeth Cárdenas, por parte de la Jefe de Personal de Difor Chile S.A. Carla Vergara Sáez. Junto con sus archivos adjuntos. Prueba Testimonial. 1.- Elizabeth Maricela Cárdenas Uribe, RUN 16.811.282-3. Señala que le llegó una resolución de multa porque supuestamente no se envió la documento requerida. Señala que se envió la documentación el 29 de junio de 2022, llegándole copia a ella. Pasada dos semana ella fue a la Inspección del Trabajo porque no se había acusado recibió del correo. En la Inspección

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Puerto Montt, doce de abril de dos mil veintitrés. Vistos, Oídos y Considerando: PRIMERO: Que en estos autos RIT I-106-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, don ELIÚ GUTIÉRREZ CALLEIA, abogado, con domicilio en calle San Martín Nº 641 oficina 14, comuna y ciudad de Concepción, en representación de “DIFOR CHILE SOCIEDAD ANONIMA”, con domicilio en Ruta 160, Nº 3455, comuna de San

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