Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

MOYA CON DRIMYS CHILE SPA

Rol

M-336-2022

Fecha

11 de abril de 2023

Materia

Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: ROLANDO HERNAN MOYA MELLADO, RUT 17.411.424-2, trabajador, domiciliado en Sector Quilquihuenco Alto S/N, comuna de Collipulli, deduce demanda en PROCEDIMIENTO MONITORIO POR NULIDAD DEL DESPIDO, en contra de su ex empleador SERVICIOS INTEGRALES DRIMYS CHILE LTDA., RUT 76.628.852-9, del giro otros servicios de apoyo a la silvicultura, entre otros, representada legalmente por doña ELIZABETH RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ , ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Constitución N°796, oficina N°20, comuna de Chillán, y solidariamente contra CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, persona jurídica del giro otros servicios de apoyo a la silvicultura, representada legalmente por don CHRISTIAN LEONARDO LITTLE CÁRNEDAS, desconozco profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en paseo Bulnes N°285, oficina 701, comuna de Santiago. Esta última demandada en calidad de solidaria o en su defecto subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que correspondan a la primera, en virtud de lo que dispone el artículo 183-B del Código del Trabajo, que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación. El 05 de enero de 2022 comenzó a trabajar para su ex empleador, SERVICIOS INTEGRALES DRIMYS CHILE LTDA., bajo vínculo de subordinación y dependencia, para prestar servicios en calidad de conductor para brigada en las áreas afectadas por incendios forestales u otras actividades de carácter preventivo. Las labores para la cual fue contratado las efectuaba para la mandante CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, en virtud de la relación de subcontratación existente entre esta y el demandado principal, todo ello a razón de contrato civil, mercantil o de la naturaleza que fuere, suscrito entre ésta y la demandada principal. Que, la naturaleza de su contratación era a plazo fijo, hasta el 03 de abril de 2022. Jornada de trabajo: Que, su jornada de trabajo según contrato, se distribuía en jo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Controversia: 1.- Efectividad que el trabajador demandante prestó servicios para Servicios Integrales Drimys Chile Ltda. Debiendo acreditarse la fecha de inicio, termino y clausulas o condiciones esenciales del contrato, entre los cuales figura la remuneración. 2.- Efectividad que los servicios prestados por el trabajador demandante los fueron régimen de subcontratación, debiendo acreditarse los requisitos de dicho régimen y la calidad de empresa contratista de Servicios Integrales Drimys Chile Ltda y demandante de la Corporación Nacional Forestal. 3.- El límite temporal de responsabilidad y si esta es solidaria o subsidiaria. SEGUNDO: Prueba rendida por la demandante: DOCUMENTAL: 1. Finiquito de fecha 14 de abril de 2022, suscrito entre las partes con fecha 29 de abril de 2022. 2. Certificado de cotizaciones previsionales emitido por FONASA con fecha 12 de agosto del 2022. 3. Certificado de cotizaciones previsionales emitido por AFP CAPITAL con fecha 12 de agosto del 2022. 4. Certificado de cotizaciones previsionales emitido por AFC CHILE S.A. con fecha 12 de agosto del 2022. 5. Acta de Comparendo de conciliación de fecha 05 de septiembre de 2022. CONFESIONAL: La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones al representante legal de la demandada principal doña Elizabeth Rodríguez Fernández, solicitando que se hagan efectivos los apercibimientos legales correspondientes. Solicita se exhiban los siguientes documentos, bajo apercibimiento legal del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo: (La parte demandada solidaria solicita tiempo para la exhibición de documentos ya que hay algunos con los que no se cuenta en el momento). Respecto del demandado principal 1. Contratos de trabajo y anexos suscritos con ROLANDO HERNÁN MOYA MELLADO del periodo comprendido entre enero a abril de 2022, ambos meses incluidos. 2. Liquidaciones de remuneraciones debidamente suscritas por ROLANDO HERNÁN MOYA MELLADO, del periodo comprendido entre enero a abril de 2022, ambos meses incluidos. 3. Comprobante de pago de cotizaciones previsionales y de salud del actor (en AFP Capital, AFC Chile S.A. y FONASA) del periodo comprendido entre enero a abril de 2022, ambos meses incluidos. 4. Contrato civil, mercantil o de la naturaleza que fuera, suscrito con la demandada solidaria CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, por el periodo comprendido desde enero de 2022 a la fecha de la audiencia de juicio, ambos meses incluidos. 5. Facturas emitidas a CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL por el periodo comprendido desde enero de 2022 a abril de 2022, ambos meses incluidos. Respecto del demandado solidario 1. Contrato civil, mercantil o de la naturaleza que fuera, suscrito con el demandado principal DRIMYS CHILE SPA, en el periodo comprendido desde enero de 2022 a la fecha de la audiencia de juicio, ambos meses incluidos. 2. Facturas recibidas y/o pagadas a la demandada principal DRIMYS CHILE SPA, en el periodo comprendido entre desde enero de 2022 a a

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7, 73, 161, 162, 168, 172, 173, 183- A y siguientes, 432, 496 y siguientes del Código del Trabajo; se declara: I.- Que se acoge la demanda de nulidad de despido interpuesta por ROLANDO HERNAN MOYA MELLADO en contra de su ex empleador SERVICIOS INTEGRALES DRIMYS CHILE LTDA, y en contra de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, esta última en calidad de SUBSIDIARIAMENTE RESPONSABLE, al pago de las remuneraciones que se devenguen entre la fecha del despido -3 de abril de 2022- y la fecha de convalidación, en base a una remuneración mensual equivalente a $840.000.- II.- Que, las sumas ordenadas pagar deberán serlo con intereses y reajuste en la forma dispuesta por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que solo se condena en costas a la demandada principal y se exime de las mismas a la Corporación Nacional Forestal, por haber litigado con motivo plausible. IV.- Ofíciese a las Instituciones previsionales pertinentes y al Ministerio Público, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 461, del Código del Trabajo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: M-336-2022 RUC: 22-4-0426917-1 Dictada por Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán. Juzgado del Trabajo de Chillán – Isabel Riquelme N° 280, Chillán – Fono (042) 219702

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIAS: Nulidad Del Despido DEMANDANTE: Rolando Hernán Moya Mellado DEMANDADO: Drimys Chile Spa RIT: M-336-2022 RUC: 22-4-0426917-1 ________________________________________/ Chillán, once de abril de dos mil veintitrés. VISTOS: ROLANDO HERNAN MOYA MELLADO, RUT 17.411.424-2, trabajador, domiciliado en Sector Quilquihuenco Alto S/N

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