VARGAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
Rol
C-32952-2018
Fecha
14 de julio de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En causa Rol C-32952-2018, por presentación de fecha 17 de octubre de 2018, folio 1 de la carpeta electrónica, comparece don Juan Manuel Vargas Diaz, carpintero, domiciliado en calle Los Náufragos Nº 312, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, quien deduce demanda en procedimiento ordinario de declaración de prescripción extintiva, sobre las acciones de cobro de derechos de aseo, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL, representada legalmente por don Johnny Carrasco Cerda, de quien señala ignora profesión u oficio, en su calidad de Alcalde de la referida entidad, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida San Pablo Nº 8444, comuna de Pudahuel, a objeto que, en razón a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que expone, sea acogida en todas sus partes, con costas, y en definitiva, declarar prescritas las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que ha devengado el inmueble ubicado en calle Los Náufragos N° 312, comuna de Pudahuel, Rol de avalúo 573-10 de la comuna de Pudahuel, la que mantiene una deuda por concepto de cobro de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de 877.159, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el periodo comprendido entre el 15 de agosto de 1997 y el 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, más intereses y reajustes, conforme el certificado extendido el 30 de agosto de 2018 por dicho municipio, o aquella cantidad que a la época de dictar sentencia corresponda. En folio 8, rola atestado receptorial donde consta que, con fecha 27 de diciembre de 2018, se notificó personalmente a don Johnny Carrasco Cerda, Alcalde, en representación de la demandada Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de la acción deducida en su contra. En folio 16 consta resolución que tuvo por efectuada presentación de contestación por el ente edilicio en forma extemporánea y por evacuado el trámite de contestación de la demanda en rebeldía de la parte demandada. Código: RJBSXXXENGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 33 consta que tiene lugar audiencia de conciliación con la asistencia de ambas partes, expresando la parte demandada que su representada se allanó a la demanda en presentación contenida en folio 13, agregando que no tiene facultades para llegar a conciliación. En folio 36 se recibió la causa a prueba rindiendo las partes prueba documental que obra en autos. En folio 48 encontrándose los autos en estado, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en estos autos ha comparecido don Juan Manuel Vargas Diaz, y deduce demanda en procedimiento ordinario de declaración de prescripción extintiva, sobre las acciones de cobro de derechos de aseo, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL, representada legalmente por don Johnny Carrasco Cerda, en su calidad de Alcalde de la referida entidad, a objeto que, en razón a los fundamentos de hecho y derecho que expone, sea acogida en todas sus partes, con costas, y en definitiva, declarar prescritas las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda que ha devengado el inmueble ubicado en calle Los Náufragos N° 312, comuna de Pudahuel, Rol de avalúo 573-10 de la comuna de Pudahuel, la que mantiene una deuda por concepto de cobro de derechos de aseo domiciliario que asciende a la suma de 877.159, correspondiente a valores impagos con vencimiento en el periodo comprendido entre el 15 de agosto de 1997 y el 18 de mayo de 2005, ambos inclusive, más intereses y reajustes, conforme el certificado extendido el 30 de agosto de 2018 por dicho municipio, o aquella cantidad que a la época de dictar sentencia corresponda. Funda su libelo expresando que,
Fallo
se declara: Que se acoge, sin costas atendido el mérito de autos, la demanda de fecha 17 de octubre de 2018 y se declaran extinguidos por prescripción los derechos y acciones de la I. Municipalidad de Pudahuel, correspondientes a derechos de aseo domiciliarios en relación a la propiedad ubicada en calle Los Náufragos 312, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, de propiedad del contribuyente don Juan Manuel Vargas Diaz, cuyos vencimientos ocurrieron entre el mes de agosto de 1997 y el mes de mayo de 2005, ambas fechas inclusive, y, en consecuencia, extinguidos asimismo todos los reajustes, intereses y multas correspondientes al mismo período y que emanan de los citados derechos de aseo domiciliarios, ello de conformidad a lo reseñado en el motivo duodécimo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Jacqueline Dunlop Echavarría, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Julio de dos mil veintidós Código: RJBSXXXENGJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-14T19:53:14-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 37 .- treinta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-32952-2018 CARATULADO : VARGAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL Santiago, catorce de Julio de dos mil veintidós VISTOS: En causa Rol C-32952-2018, por presentación de fecha 17 de octubre de 2018, folio 1 de la carpeta electrónica, comparece don Juan Manuel Vargas Diaz, carpintero,
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