LOUIS/INGECIL S.P.A
Rol
M-139-2023
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDADA INGECIL S.P.A OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandante y demandada solidaria no comparecen a la presente audiencia, habiéndose realizado los tres llamados respectivos. Resuelve escritos: Al escrito cumple lo ordenado presentado por la parte demandada principal: Se tiene por acompañada la prueba de la parte demandada, sin perjuicio de su ofrecimiento formal a continuación si fuese necesario, se tiene presente la forma de notificación. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, ésta no se produce dada la rebeldía de la parte demandante. Fija hechos controvertidos: 1. Los presupuestos facticos de la excepción de pago. 2. Prestaciones adeudas, fundamento y monto. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDADA INGECIL S.P.A INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Liquidación de sueldo del trabajador Sony Louis correspondiente al mes de octubre de 2022. 2. Comprobante de transferencia efectuada la cuenta rut del trabajador Sony Louis correspondiente a los días trabajados durante el mes de octubre de 2022. 3. Liquidación de sueldo del trabajador Sony Louis correspondiente al mes de septiembre de 2022. 4. Certificado de cotizaciones previsionales del trabajador Sony Louis desde octubre de 2021 a octubre de 2022. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y ordena su custodia. Observaciones a la prueba: La parte demandada realizó las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribun
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 61, 62, 63, 500 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que se acoge la excepción de pago respecto de la solicitud de pago de la remuneración del mes de octubre del año 2022. II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago del feriado adeudado y se condena a la demandada al pago de la suma de $348.837 por tal concepto. III. Que se rechaza la demanda en todo lo demás pedido. IV. Que la suma que esta sentencia ordena pagar, se reajustará y devengará intereses de acuerdo a lo previsto en el artículo 63° del Código del Trabajo. V. Que cada parte, pagará sus costas. Notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don Cristian Álvarez Mercado, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de abril de dos mil veintitrés.-
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 10 DE ABRIL DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 23-4-0453131-K RIT M-139-2023 MAGISTRADO CRISTIAN ALVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVA DE ACTAS CONSTANZA SANTELICES CÉSPED HORA DE INICIO 10:18 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:30 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2
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