1º Juzgado Civil de Concepción

INMOBILIARIA GAMA LIMITADA/KAIDO SPA

Rol

C-1518-2022

Fecha

12 de julio de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, el pasado 14 de abril, se presenta don Julio Cifuentes Pe a, abogado,ñ domiciliado en Tucapel N 156, oficina A, Concepci n, en representaci n de° ó ó INMOBILIARIA GAMA LIMITADA, persona jur dica del giro de su denominaci n,í ó domiciliada en calle O Higgins 437, Hualqui, representada por don V ctor Enrique’ í Repetto Capponi, empresario, e interpone DEMANDA DE TERMINACI N DEÓ CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, RESTITUCI N Y COBRO DEÓ RENTAS INSOLUTAS en contra de KAIDO SPA, persona jur dica, ignora giro,í representada por don Bryan Alfredo Leonardo Garate Ilufin, ignoro profesi n u oficio,ó ambos domiciliados en calle Caupolic n N 774, local N 18, Concepci n.á ° ° ó Fund dicha demanda en que su representada, mediante escritura privada de 28ó de julio de 2020, firmada ante Notario P blico con fecha 31 y 29 de julio, celebr con laú ó demandada un contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Concepci n, calleó Caupolic n N 774, local N 18, empezando el contrato a regir desde 10 de agosto deá ° ° 2020, y por el plazo fijo de 1 a o, renovable por per odos de dos meses cada vez, salvoñ í que alguna de las partes le pusiera t rmino dando aviso é por escrito, con 30 d as deí anticipaci n al respectivo plazo que estuviere en curso.ó Agregó que la renta se pact en la suma de $1.300.000, por el per odo entre eló í 10 agosto de 2020 y el 9 de noviembre de 2020, luego desde el 10 de noviembre de 2020 en adelante, ser a el equivalente a 52,32 UF., la que deb a pagarseí í anticipadamente, dentro de los cinco primeros d as de cada mes.í Sostuvo que la arrendataria demandada adeuda un saldo de la renta correspondiente al per odo de 10 de enero de 2022 al 9 de febrero de 2022 ($1.222.488)í y las rentas completas correspondientes a los per odos del 10 de febrero al 9 de marzo,í del 10 de marzo al 9 de abril, y del 10 de abril al 9 de mayo de 2022, cada uno por la suma $1.611.590, adeudando un total de $6.057.258.- En m rito de lo expuesto, y disposiciones legales que in

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 ) ° Que conforme a lo consignado en la parte expositiva precedente, la demandante INMOBILIARIA GAMA LIMITADA ha deducido demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento habido con la parte demandada ó KAIDO SPA, reca do en el inmueble que singulariza, en raz n que sta adeudar a rentas deí ó é í arrendamiento del periodo comprendido entre enero y mayo de 2022, por un total de $6.057.258; por lo que solicita se declare terminado el referido contrato y, conjuntamente, se le restituya la propiedad arrendada y se le paguen las rentas adeudadas, m s las que se devenguen durante la secuela del juicio, con reajustes eá intereses; todo con costas. En subsidio, pidi el desahucio del contrato.ó 2 ) ° Que todo el juicio se tramit en rebeld a de la demandada, raz n por laó í ó cual ha de entenderse que controvierte todas y cada una de las alegaciones de la demandante, negando los fundamentos f cticos de las acciones dirigidas en su contra,á como quiera que en la especie se ha producido lo que en doctrina se ha dado en llamar Código: SYRRXXVMYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contestaci n ficta de la demanda .“ ó ” Por lo dicho, el onus probandi o peso de la prueba recae sobre el actor a la hora de justificar su pretensi n, conforme la regla contenida en el art culo 1.698 deló í C digo Civil.ó Desde ya, debe tambi n hacerse presente que la valoraci n de la prueba en losé ó juicios de arrendamiento al tenor de lo preceptuado en el art culo 8 N 7, de la Leyí ° ° 18.101, deber hacerse conforme a las reglas de la sana cr tica, esto es, conforme a lasá í reglas del correcto entendimiento humano, a la l gica y las m ximas de la experiencia,ó á con arreglo a la sana raz n, que aseguran el m s certero y eficaz razonamiento, y losó á principios cient ficamente afianzados.í 3 )° Que, con el objeto de acreditar los fundamentos de su acci n, la parteó demandante acompa a su demanda, ñó sin que fuere objetada por la contraria y ratific ndole en la audiencia de estilo, contrato de arrendamiento celebrado el á 28 de julio de 2020 entre los litigantes, la demandante INMOBILIARIA GAMA LIMITADA como arrendadora y la demandada KAIDO SPA como arrendataria, siendo sus firmas autorizadas ante Notario, y de cuyo examen aparece, en lo que interesa: - que la actora es due a del inmueble ubicado en calle ñ Caupolic n N 774, localá ° N 18, Concepci n° ó , el que entrega en arrendamiento a la arrendataria, quien lo destinar a exclusivamente a uso comercial (cl usula segunda);í á - que se pact que el arrendamiento se iniciar a el ó í 10 de agosto de 2020, por el plazo fijo de un a o, renovable ñ por per odos de dos meses cada vez, salvo que alguna deí las partes le pusiera t rmino dando aviso é por escrito con 30 d as de anticipaci n í ó (cl usulaá tercera), agreg ndose que si la arrendataria no materializare la restituci n en la fechaá ó correspondiente, deber a pagar a la arrendadora una multa po

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previsto en losá Código: SYRRXXVMYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl art culos 1.437, 1.445, 1.535, 1.537, 1.545, 1.546, 1.698, 1.708, 1.709, 1.915, 1.942,í 1.950 y 1.977 del C digo Civil; art culos 144, 160, 169, 170 y 341 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; y Ley 18.101; se declara: I.- Que HA LUGAR, con costas, a la demanda deducida en folio 1, con fecha 14 de abril del presente a o, declar ndose terminado el contrato de arrendamientoñ á celebrado entre las partes, debiendo la demandada restituir a la demandante el inmueble arrendado, singularizado en la misma demanda, dentro de diez d as h biles desde queí á cause ejecutoria esta sentencia. II.- Que adem s, la demandada deber pagar a la demandanteá á la suma de $1.222.488, por concepto de saldo de la renta del per odo correspondiente al 10 deí enero de 2022 al 9 de febrero de 2022, m s 156,96 UF por rentas insolutasá correspondientes a los per odos del 10 de febrero al 9 de marzo, del 10 de marzo al 9 deí abril, y del 10 de abril al 9 de mayo de 2022; m s las rentas devengadas durante laá secuela del juicio, hasta la restituci n efectiva del inmueble, a raz n de 52,32 UFó ó mensuales; y con el reajuste establecido en el art culo 21 de la Ley 18.101.- s lo respectoí ó del saldo adeudado, dado que las rentas se encuentran ya establecidas en una unidad reajustable. III.- Que se rechaza la mis

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FOJA: 10- diez. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-1518-2022 CARATULADO : INMOBILIARIA GAMA LIMITADA/KAIDO SPA Concepci n, doce de julio de dos mil veintid s.ó ó VISTO: A folio 1, el pasado 14 de abril, se presenta don Julio Cifuentes Pe a, abogado,ñ domiciliado en Tucapel N 156, oficina A, Concepci n, en representaci n de° ó ó INMOBILIARIA GAM

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