4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MARÍA QUILAQUEO CANIO SERVICIOS INTEGRALES DE LAVANDERÍA E.I.R.L/HUB APARTS & SUI

Rol

C-872-2022

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 08 de abril de 2022 comparece Claudio Magnere Ávalos, Abogado, en representación, de la empresa individual Maria Quilaqueo Canio, Servicios Integrales de Lavanderia E.i.r.l. y/o Lavefull E.i.r.l., RUT Nº 76.084.232- K, representada legalmente por doña María Mercedes Quilaqueo Canico, chilena, soltera, empresaria, con cedula nacional de identidad y RUT Nº 15.864.837-7, ambas domiciliados en Antofagasta, calle Caracoles Nº 3185, y para estos efectos ambos con domicilio en Antofagasta, calle Arturo Prat 461 oficina 1804, Piso 18, Edificio Segundo Gómez; interpone, en juicio ordinario de menor cuantía, demanda de cobro de pesos en contra de HUB APARTS & SUITES SPA, RUT Nº 76.741.243-6, representada legalmente por don Gonzalo Cabello Soto, chileno, ignora estado civil y profesión u oficio, con cedula nacional de identidad y RUT Nº 10.347.340-3, ambos con domicilio en, calle Aconcagua nº 965 y/o en calle San Martin N° 2406, ambas de esta ciudad de Antofagasta, por las siguientes razones: Expresa que con fecha 28 de febrero del 2018, su representada, suscribió con el demandado, ambos Código: NWDXXXZNZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl individualizados, un contrato de prestación de servicios de lavado de ropa. Durante el año 2019, su representada prestó los servicios propios de su giro comercial de lavandería a la empresa demandada, según lo estipulado en el contrato, generándose las respectivas guías de despacho por los servicios y emitiéndole al demandado, las correspondientes facturas electrónicas para su pago. Señala que el demandado no ha dado cumplimiento al pago de las facturas electrónicas que en un otrosí se acompañan por los servicios prestados por su mandante, manteniéndose una deuda de la cual dan cuenta las siguientes facturas: a.- Factura Nº 5593, de fecha emisión y vencimiento el 30 de julio del 2019, monto $2.939.126.- (IVA Incluido). b.- Factura Nº 5594, de fecha emis

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha demandado el pago de la suma de $9.545.6551 más reajustes, intereses respectivos desde el vencimiento de cada factura hasta la fecha de pago efectivo y costas, fundado en la existencia de un contrato de prestación de servicios de lavado de ropa, de conformidad a las consideraciones expuestas en la expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demanda se tuvo por contestada en rebeldía de la demandada, por lo que se entiende que ésta controvierte todos los hechos expuestos en el libelo de fecha 08 de abril de 2022. TERCERO: Que, de tal manera, dada la inactividad de la demandada, entendiéndose que niega los presupuestos de hecho de la pretensión de la actora, le corresponde a la misma acreditar sus fundamentos. CUARTO: Que, a fin de determinar la deuda que pretende cobrar la demandante, rindió prueba documental, no objetada, acompañando en la demanda: 1. Contrato de fecha 28 Código: NWDXXXZNZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de febrero del 2018, entre Maria Quilaqueo Canio, Servicios Integrales de Lavanderia E.i.r.l. y/o Lavefull E.i.r.l. y Hub Aparts & Suites Spa; 2. Factura Nº 5593, de fecha emisión y vencimiento el 30 de julio del 2019, monto $2.939.126; 3. Factura Nº 5594, de fecha emisión y vencimiento el 30 de julio del 2019, monto $3.079.907 ; 4. Factura Nº 5684, de fecha emisión y vencimiento el 30 de agosto del 2019, monto $2.674373; 5. Factura Nº 5585, de fecha emisión y vencimiento el 30 de agosto del 2019, monto $1.398.249, todas las facturas más IVA Incluido. Asimismo, con fecha 27 de mayo de 2022, folio 22, acompañó informe de deudas de la empresa demandada, emitido por la empresa Equifax Dicom. QUINTO: Que, como se mencionó, la demandante acompañó contrato de fecha de fecha 28 de febrero de 2018, suscrito entre las partes de este juicio, documento privado, que no ha sido objetado por la contraria y que por lo tanto se debe tener por reconocido, lo que unido a las facturas electrónicas, tampoco objetadas, se ha podido establecer que las partes se vincularon jurídicamente mediante un contrato de prestación de servicios. En dicho contrato se estipulan las obligaciones de cada parte, correspondiendo a la demandante, la obligación de servicios de lavado de ropa y, al demandado, el pago de estos servicios según se estipula en la cláusula cuarta, quinta y octava. A su vez, las cuatro facturas electrónicas, emitidas por la demandante a nombre del demandado, no Código: NWDXXXZNZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl objetadas, dan cuenta de los servicios de lavandería prestados por la demandante, la fecha y monto de estos. SEXTO: Que, de forma tal, de la prueba documental acompañada rendida por el actor, y no existiendo otra prueba que lo desvirtúe, se puede establecer como un hecho de la causa que las partes se vincularon a través de un contrato de servicio de lav

Fallo

en mérito de lo expuesto, disposiciones legales citadas y demás pertinentes, se tenga por interpuesta demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de HUB APARTS & SUITES SPA, representada legalmente por don Gonzalo Cabello Soto, ambos ya individualizados, acogerla declarando: 1.- Que condena a la demandada HUB APARTS & SUITES SPA, al pago de la suma de $9.545.655 (nueve millones quinientos cuarenta y cinco mil seiscientos cincuenta y cinco pesos), correspondientes a las facturas números 5593-5594- 5684-5685 acompañadas; 2.- Que las sumas indicadas en el número anterior, deben ser pagadas a su representada debidamente reajustadas, y con los intereses respectivos desde el vencimiento de cada factura hasta la fecha de pago efectivo. 3.- Que la demandada pague las costas de la causa. Con fecha 20 de abril de 2022 se notificó la demanda. Código: NWDXXXZNZHH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 03 de mayo de 2022 se tuvo por evacuada la contestación de la demanda en rebeldía de la demandada. Con fecha 16 de mayo de 2022, se certificó que la parte demandada, estando notificada para la audiencia de conciliación, dicha audiencia no se realizó, por no haber manifestado el demandado su voluntad de comparecer ni conciliar. Con fecha 19 de mayo de 2022 se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 23 de junio de 2022 se citó a las partes a oír sentenci

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-872-2022 CARATULADO : MARÍA QUILAQUEO CANIO SERVICIOS INTEGRALES DE LAVANDERÍA E.I.R.L/HUB APARTS & SUI Antofagasta, once de Julio de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 08 de abril de 2022 comparece Claudio Magnere Ávalos, Abogado, en representación, de la empresa individual Maria Quilaqueo Canio, S

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