HOLMBERG/
Rol
V-108-2022
Fecha
11 de julio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de mayo de 2022 (folio 1), comparece don TOMAS GUILLERMO MATHESON MUJICA, abogado, domiciliado para estos efectos en Badajoz N 100, oficina 920, comuna de las Condes, en° representaci n de don ó DIEGO HOLMBERG CORT SÉ (al momento de la solicitud D AZ CORT S), independiente, domiciliado para estos efectosÍ É en Parcela 36, Sitio 79, Alfalfares, La Serena, deduciendo Reclamo contra el Conservador de Bienes Ra ces de La Serena, domiciliado en Mattaí N 245, La Serena, por la negativa de inscribir la Resoluci n Exenta E-° ó 47064 de 04 de octubre de 2021, de la Secretar a Regional Ministerialí (Seremi) de Bienes Nacionales de la Regi n de Coquimbo, con motivo deló procedimiento de regularizaci n por D.L. 2.695 de una peque a propiedadó ñ ra z, de conformidad a los
Fundamentos
fundamentos que expone.í Se ala que don Diego D az Cort s solicit ante el Ministerio deñ í é ó Bienes Nacionales la regularizaci n de una peque a propiedad ra z, deó ñ í conformidad al D.L. 2.695, utilizando su nombre legal a esa fecha. En el intertanto se someti al procedimiento de cambio de nombre, llam ndose enó á lo sucesivo Diego Holmberg Cort s, motivo por el que pasa a identificarseé de dicha manera de manera legal y obligatoria. Indica que con fecha 17 de septiembre de 2020, don Diego Holmberg Cort s, present ante el Ministerio de Bienes Nacionales una solicitud deé ó regularizaci n de una peque a propiedad ra z, de conformidad al D.L.ó ñ í 2.695, asign ndosele el expediente N 117248 y como se indica en elá ° Formulario N 1, p gina 2 de la primera parte del expediente administrativo° á adjunto, el inmueble se encuentra en Camino Alfalfares, parcela 36, sitio 79, Calle central, La Serena. Que, seg n declara en el Formulario N 2, p ginaú ° á 5 de la primera parte del expediente administrativo adjunto, compr eló terreno hace m s de 5 a os a esa fecha y adquiri cesi n de derechos,á ñ ó ó donde construy su casa y donde actualmente vive, acreditando suó residencia con certificado respectivo en p gina 15 de la primera parte delá expediente administrativo adjunto, y la posesi n de conformidad a loó establecido en el Decreto Ley 2.695. Refiere que la cesi n de derechos fue inscrita a Fojas 12237 N 8495ó ° del Registro de Propiedad de 2015 del Conservador de Bienes Ra ces de Laí Serena, como se indica en certificado de la p gina 16 de la primera parteá del expediente administrativo adjunto. Adem s, de conformidad a lasá p ginas siguientes de la primera parte del parte del expedienteá administrativo acompa ado y p ginas 1 y siguientes de la segunda parte delñ á mismo, el Sr. Holmberg Cort s es poseedor material del inmueble ené cuesti n. Con fecha 15 de octubre de 2020, present ante la Seremi deó ó Bienes Nacionales de la Regi n de Coquimbo, el certificado de litigios queó le fue requerido para dar curso a su solicitud, como consta en las p ginas 13á y siguientes de la segunda parte del expediente administrativo acompa ado.ñ A ade que la Resoluci n Exenta N E-44741 de 01 de diciembre deñ ó ° 2020, de la Seremi de Bienes Nacionales de la Regi n de Coquimbo, p ginaó á 18 de la segunda parte del expediente administrativo que se acompa a,ñ resuelve acoger la solicitud de regularizaci n presentada por suó representado. Con ello, se dio curso a la etapa de geomensura y visita a terreno y, en paralelo, a la etapa de solicitud de informaci n de domicilios aó distintas entidades p blicas. Y desde la p gina 26 en delante de la segundaú á parte del expediente administrativo consta el cumplimiento de los requisitos legales en torno a la posesi n material, especific ndose una minuta deó á deslindes y una declaraci n de hechos comprobados, como tambi n unó é informe t cnico de mensura. Encontr ndose todo en regla, levant ndoseé á á plano topogr fico N 04101-139
Fallo
por tanto la negativa aá inscribir a lo dispuesto en el art culo 13 del Reglamento del Registroí Conservatorio de Bienes Ra ces, por lo que se proceder al rechazo de laí á reclamaci n formulada.ó Por tanto, visto el m rito de los antecedentes, lo informado por elé Conservador de Bienes Ra ces de La Serena y lo dispuesto en los art culosí í 1, 10, 14, 15 y 17 del Decreto Ley N 2695 del a o 1979; 12, 13 y 18 del° ñ Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Ra ces; 817, 819 y 820í del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó Que se rechaza la reclamaci n deducida con fecha 19 de mayo deó 2022 (folio 1), por el abogado don Tomas Guillermo Guillermo Matheson Mujica, en representaci n de don Diego Holmberg Cort s en contra deló é Conservador de Bienes Ra ces de la Serena, don Jaime Morand Miranda.í é Reg strese.í Rol Nº V-108-2022. Dictada por don JORGE SERGIO CORRALES SINSAY, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de La Serena. En La Serena, a once de Julio de dos mil veintid só , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más
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FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de la Serena CAUSA ROL : V-108-2022 CARATULADO : HOLMBERG/ La Serena, once de Julio de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 19 de mayo de 2022 (folio 1), comparece don TOMAS GUILLERMO MATHESON MUJICA, abogado, domiciliado para estos efectos en Badajoz N 100, oficina 920, comuna de las Condes, en° representaci n de don ó
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