SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD AMERICA SECURITY SPA/ROVEGNO
Rol
I-2-2023
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1 comparece el abogado Gonzalo Espinoza Urzúa, en representación de Servicios Integrales de Seguridad Americasecurity SPA, RUT 76.377.813-4, ambos domiciliados en calle Avenida Raúl Labbé N°13.723, Oficina 502, Comuna de Lo Barnechea; interponiendo reclamo de multa administrativa, conforme al artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, representada por el Inspector Provincial don Cristián Rovegno Campos, domiciliados en Santa Rosa Nº252, Los Andes; respecto de la resolución de multa Nº05.05.8520.23.5-1, 2, 3, 4 y 5, de fecha 20 de enero de 2023. I.- respecto de la multa 05.05.8520.23.5-1, señala que fue cursada por “Distribuir la jornada ordinaria semanal de 45 horas en menos de cinco días de los trabajadores y periodos que a continuación se indican: Patricia Andueza, Jaime Zapata, Giovanna Alvial, Yeny Gutiérrez y Daniel Arellano el mes de diciembre 2022; Henry Figueroa desde julio de 2022 a diciembre 2022; Juan Álvarez desde septiembre 2022 a diciembre 2022. Tal hecho fue constatado mediante revisión documental”. Hace presente que los fundamentos de la multa tienen graves deficiencias en cuanto a la exposición de los hechos, por una parte se indica en página uno “vistos” que “la multa se cursa por distribuir jornada ordinaria semanal de 45 horas en menos de cinco días de los trabajadores indicados” y luego en página dos “considerando” se indica que “la infracción es por distribuir jornada ordinaria semanal de 45 horas en más de seis días (menos de 5 días)”, lo cual deja en una nebulosa total si la multa es por distribuir jornada ordinaria semanal en menos de 5 días o en más de 6 días. Su parte entiende que a raíz del mismo desconocimiento de hechos del fiscalizador es que no se señala en la multa en cuestión de manera específica en cuantos días se habría distribuido la jornada ordinaria semanal de 45 horas, tampoco se detalla el periodo durante el cual ello habría acontecido ya que se señalan meses pero no los días que abarcarían los periodos, finalmente se indica que tal hecho fue constatado mediante revisión documental pero no se precisa cuáles serían esos documentos. Así las cosas, todo lo expuesto es una vulneración a los principios de transparencia y publicidad, también es una infracción al deber de fundamentación de las resoluciones administrativas, lo cual termina afectando el derecho a defensa de su parte. Además, en la infracción se aplica una sanción por 40 UTM, es decir que se ha aplicado el máximo del rango legal aplicable a ella en su calidad de mediana empresa que va de 2 a 40 UTM, lo cual considera desproporcionado. II.- En cuanto a la multa 05.05.8520.23.5-2, indica que fue cursada por “No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas, al no consignar la hora de entrada y salida desde el 02.01.2023 al 06.01.2023 la trabajadora Yeny Gutiérrez y no consignar la hora de salida desde el 02.01.2023 al 05.01.2023 el t
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los Artículos 456, 500, 501 y 503 del Código del Trabajo, se decide: I.- Que se acoge parcialmente el reclamo deducido por el abogado Gonzalo Espinoza Urzúa, en representación de Servicios Integrales de Seguridad Americasecurity SpA., contra la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, representada por el Inspector Provincial don Cristian Rovegno Campos y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Administrativa Nº05/05/8520/23/5, de fecha 20 de enero de 2023, sólo en cuanto a las multas cursadas con los dígitos 1, 3, 4 y 5. II.- Que se rechaza el reclamo en cuanto a la multa Nº05/05/8520/23/5-2, de fecha 20 de enero de 2023. III.- Que cada parte soportará sus costas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. RIT I-2-2023 RUC 23- 4-0460372-8 Dictada por Fernando Alvarado Peña, Juez titular del Primer Juzgado de Letras de Los Andes.
Texto Completo (Preview)
Tribunal: Primer Juzgado de Letras de Los Andes. Procedimiento: Aplicación general. Materia: Reclamo de multa. Art. 503 Código del Trabajo. Carátula: Americasecurity SPA con Inspección del Trabajo. RIT: RUC: 23- 4-0460372-8 Los Andes, tres de Abril de dos mil veintitrés. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1 comparece el abogado Gonzalo Espinoza Urzúa, en representación de Servicios I
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