IMPRESORA PRINTER S.A./I. MUNICIPALIDBAD DE PUDAHUEL
Rol
C-1032-2022
Fecha
6 de julio de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 09 de febrero de 2022, comparece doña PAMELA FERNANDA VÁZQUEZ AVENDAÑO, cédula de identidad número 13.663.903-k, abogada, en representación de IMPRESORA PRINTER SPA, sociedad del giro de su denominación, Rol único tributario N° 8.379.400-0, representa legalmente por don JORGE ERNESTO SANHUEZA GOULD, chileno, ingeniero, cédula de identidad número 7.516.059-3, todos domiciliados para estos efectos en avenida La Dehesa 181, oficina 803, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en juicio sumario sobre prescripción extintiva y deduce demanda en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL, persona jurídica derecho público, rol único Tributario N° 69.390.649-5, representada legalmente por su alcalde don ITALO ANDRÉS BRAVO LIZANA, chileno, soltero, profesor, cédula de identidad número 16.390.694-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle San pablo 8444, comuna de Pudahuel Santiago, a fin de que se declare la prescripción de la acción de cobro de derechos de aseo municipales que pudiera ejercer la demandada por el periodo correspondiente al año 2013. Señala que sociedad IMPRESORA PRINTER SPA, es una persona jurídica con domicilio comercial en la comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y, según “informe de deuda excedentes de basura” emitido por la propia Municipalidad de Pudahuel, adeudaría por concepto de excedentes de basura la suma total de $73.307.913.-, el que comprende una única deuda correspondiente al año 2013. Con fecha 08 de marzo de 2022, ministro de fe certifica notificación personal a representante legal de la demandada. Con fecha 28 de marzo de 2022, la demandada contesta la demanda, allanándose en todas sus partes. Con fecha 05 de abril de 2022, el Tribunal tiene por contestada la demanda y por allanada en la totalidad de la demanda, citando a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 09 de febrero de 2022 comparece PAMELA FERNANDA VÁZQUEZ AVENDAÑO, en representación de IMPRESORA PRINTER SPA, representa legalmente por don JORGE ERNESTO SANHUEZA GOULD, todos individualizados y C-1032-2022 Foja: 1 domiciliados para estos efectos en avenida La Dehesa 181, oficina 803, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, a fin de que se declare la prescripción de la acción de cobro de derechos de aseo municipales que pudiera ejercer la demandada por el periodo correspondiente al año 2013 por un monto de $73.307.913.- SEGUNDO: Que, como se expresó, la demandada se allanó completamente a la demanda. TERCERO: Que, para acreditar el fundamento de su pretensión, la demandante acompaña “Informe de deuda excedentes de basura” del Departamento de Cobranzas, Dirección de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, donde consta la deuda por concepto de derechos de aseo del año 2013 por un total de $75.307.913-. CUARTO: Que desde la fecha de vencimiento de dicha deuda a la fecha de que se emplazó legalmente al demandado, el 08 de marzo de 2022, ha transcurrido con creces los 3 años a los que refiere el artículo 2521, inciso primero del Código Civil. QUINTO: Que, desde el 2014, aquellos derechos municipales cuyo vencimiento era a partir de 2013, y al mes marzo de 2022 fecha de notificación de la demanda, el plazo de prescripción de las acciones que corren en contra o a favor de las Municipalidades por cobro de toda clase de impuestos a que se refiere el artículo 2521 del Código Civil, habían transcurrido con creces, de manera que la obligación de pagar las deudas que registra el actor se encuentran prescritas, de conformidad al estado de deuda que se aparejó a la demanda, no siendo objetado.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto por los artículos 144, 160, 170, 346, 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2514, 2521 del Código Civil; SE DECLARA: Que se acoge, sin condena en costas por la buena fe de la demandada, la demanda de lo principal de fecha 09 de febrero de 2022, en consecuencia, se declara prescrita las deudas y las acciones que registra la sociedad IMPRESORA PRINTER SPA, respecto a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL. Regístrese.- PRONUNCIADA POR DOÑA JACQUELINE IVETTE BENQUIS MONARES, JUEZA TITULAR DEL DÉCIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Julio de dos mil veintid só C-1032-2022 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-07-06T16:12:13-0400
Texto Completo (Preview)
C-1032-2022 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1032-2022 CARATULADO : IMPRESORA PRINTER S.A./I. MUNICIPALIDBAD DE PUDAHUEL Santiago, seis de Julio de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 09 de febrero de 2022, comparece doña PAMELA FERNANDA VÁZQUEZ AVENDAÑO, cédula de identidad número 13.663.903-k, abogada, en representación
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