PRIETO/
Rol
V-205-2021
Fecha
6 de julio de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, abogado, RUT 11.947.423-k, domiciliado en, calle Orinoco 90, piso 22, Torre 1, Las Condes Santiago, con fecha 21 de octubre de 2021, a las diecisiete horas, dieciséis minutos y veintitrés segundos, presento solicitud de pedimento minero denominado “NUEVO LEO 8” la que se ordenó inscribir y publicar con fecha 22 de octubre del mismo año, mediante la cual requiere se constituya a su favor la concesión de exploración ya referida de trescientas (300) hectáreas. SEGUNDO: Que, dicho pedimento se inscribió el 28 de octubre del 2021, a fojas 225, Nº 33 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Casablanca del año 2021. TERCERO: Que la solicitud de pedimento minero, se publicó el día jueves 18 de noviembre de 2021, en el Boletín Oficial de Minería, N° 43.106. CUARTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: P.M. 6.306.500,00 292.500,00 VERTICES NORTE (metros) ESTE (metros) V1 6.308.000,00 292.000,00 V2 6.308.000,00 293.000,00 V3 6.305.000,00 293.000,00 V4 6.305.000,00 292.000,00 QUINTO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe con observación ORD N° 300 de fecha 04/02/2022 ,mediante Ord N° 834 de fecha 19/04/2022 emitió informe favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, agregado a folio N°9, en el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se Código: XTXBXXJHXDF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que, se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales.
Fallo
SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada " NUEVO LEO 8”, con una superficie total de trescientas (300) hectáreas, a favor de HUGO SEBASTIAN PRIETO ROJAS, ya individualizado. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Santiago el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de Casablanca la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Casablanca. Dicha inscripción deberá efectuarse dentro del término de ciento veinte días, contados desde la fecha de la presente sentencia, bajo apercibimiento de que ella dejará de surtir efecto y la concesión caducará. Para este efecto se dará al interesado o quien sus intereses represente copia autorizada del presente fallo. Déjese constancia en la inscripción de la fecha en que se publicó el extracto a que se refiere el acápite anterior. V. ANÓTESE la inscripción precedente, cumplida que sea la misma, por el Conservador
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Casablanca CAUSA ROL : V-205-2021 CARATULADO : PRIETO/ Casablanca, seis de Julio de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, abogado, RUT 11.947.423-k, domiciliado en, calle Orinoco 90, piso 22, Torre 1, Las Condes Santiago, con fecha 21 de octubre de 2021,
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