VÁSQUEZ/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRUM S.A.
Rol
O-3646-2022
Fecha
3 de abril de 2023
Materia
Cotizaciones Previsionales
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: 1.- Fecha de afiliación del de demandante a la demandada, institución a la que se encontraba afiliado, el actor en forma previa. 2.- Existencia de vicio del consentimiento por parte del demandante al momento de ingresar al sistema de pensiones previsto en el DL 3500, existencia de actuaciones posteriores efectuados por el Trabajador en el mismo. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental. 1. Solicitud de incorporación número 027125, de afiliación de mi representado, de fecha 27 de mayo del año 1981, al sistema de DL 3500, a la AFP Próvida S.A. 2. Comprobante del Reclamo presentado por el demandante con fecha 29 de octubre del año 2021, solicitando la desafiliación por firma falsificada. 3. Informe Pericial caligráfico y grafológico. 4. Carta de respuesta a Reclamo de la AFP Cuprum S.A. Pericial. Previo juramento o promesa de decir la verdad, declara don Iván Marcelo Müller Kong, cédula de identidad 9.962.851-0, perito calígrafo. Testimonial: Previo juramento o promesa de decir la verdad declara: 1.- Mariana del Carmen Yáñez Olguín, cédula de identidad N° 7.234.027-2. 2.- Carlos Ariel Parra Henríquez, cédula de identidad N° 9.893.733-1. A su vez la parte demandada incorpora los siguientes medios de prueba: 1.- Documental. 1. Carpeta de antecedentes previos a la afiliación del actor en mi representada y que contienen: a) Índice de Carpeta Individual de AFP Protección S.A. b) Orden de Traspaso Irrevocable del actor, de fecha 20 de junio de 1990 de AFP Provida a AFP Protección. c) Cartola de cierre del actor en AFP Provida del 14 de junio de 1988. d) Copia de Solicitud de incorporación de la demandante en AFP Provida S.A., de 27 mayo de 1981. e) Cartola Histórica de AFP Provida de la cuenta de capitalización individual. f) Solicitud de modificación de datos del afilia
Fallo
Por tanto solicita que de acuerdo a lo previsto en los artículos 420 letra c) y 466 del Código del Trabajo se acoja la demanda y se ordene judicialmente la desafectación y desafiliación del mandante del sistema de administradora de fondos de pensiones declarando la nulidad de la afiliación y vuelva antiguo sistema de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, actual ISP, con costas en caso de oposición. Segundo. Contestación de la demanda. Que la demandada AFP Cuprum S.A, no contestó la demanda, evacuándose el trámite en su rebeldía. Tercero. Audiencia preparatoria. Que llamadas las partes a conciliación esta no se produce. Estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: 1.- Fecha de afiliación del de demandante a la demandada, institución a la que se encontraba afiliado, el actor en forma previa. 2.- Existencia de vicio del consentimiento por parte del demandante al momento de ingresar al sistema de pensiones previsto en el DL 3500, existencia de actuaciones posteriores efectuados por el Trabajador en el mismo. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental. 1. Solicitud de incorporación número 027125, de afiliación de mi representado, de fecha 27 de mayo del año 1981, al sistema de DL 3500, a la AFP Próvida S.A. 2. Comprobante del Reclamo presentado por el demandante con fecha 29 de octubre del añ
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, tres de abril de dos mil veintitrés. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-3646- 2022, por desafectación del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones, Decreto Ley 3.500. La demanda fue interpuesta por don Hernán Óscar Vázquez Vivanco, céd
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