2º Juzgado Civil de Valparaíso

INMOBILIARIA ARAGON LIMITADA / SERVIU V REGION

Rol

C-933-2021

Fecha

4 de julio de 2022

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio N 1° , comparece don Ignacio Adolfo Zamorano Orellana, abogado, en representaci n de Inmobiliaria Arag n Limitada, empresa deló ó giro de su denominaci n, quien interpone reclamo en contra del actoó expropiatorio que indica, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 9 ,í ° letra b), del D.L. N 2.186, que aprueba la ley org nica de procedimiento° á de expropiaciones, en contra de la entidad expropiante, el Servicio de Vivienda y Urbanizaci n de Valpara so, servicio p blico con patrimonioó í ú propio, representado por su director, don Tom s Ochoa Capelli, o por laá persona que lo subrogue. En el folio N° 9, se notifica la demanda a la parte demandada. En el folio N° 14, se tiene por contestado el reclamo, en rebeld a delí demandado. En el folio N° 14, con la sola asistencia de la reclamante, se efect a elú comparendo de estilo. Se llama a las partes a conciliaci n, sin que se logreó llegar a acuerdo, atendida la rebeld a antes dicha.í En el folio N° 15, se recibe la causa a prueba, fij ndose los hechosá sustanciales, pertinentes y controvertidos del juicio. Luego, se cita a las partes a o r sentencia. í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Ignacio Adolfo° Zamorano Orellana, abogado, domiciliado en Prat 827 oficina 606, Valpara so, en representaci n de Inmobiliaria Arag n Limitada, empresaí ó ó del giro de su denominaci n, con domicilio en Almirante Montt 239,ó Valpara so, quien interpone reclamo en contra del acto expropiatorio queí indica, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 9 , letra b), del D.L. Ní ° ° 2.186, que aprueba la ley org nica de procedimiento de expropiaciones, ená contra de la entidad expropiante, el Servicio de Vivienda y Urbanizaci n deó Valpara so, servicio p blico con patrimonio propio, representado por suí ú director, don Tom s Ochoa Capelli, o por la persona que lo subrogue,á todos domiciliados en calle Bellavista N mero 168, piso 5, Valpara so.ú í Se ala que, tal como consta de los antecedentes aportados por lañ propia expropiante en la causa voluntaria, V-114-2020, de este Segundo Juzgado Civil de Valpara so, por resoluci n exenta N 5664, de fecha 07 deí ó ° diciembre del a o 2020, Serviu Regi n de Valpara so dispuso lañ ó í expropiaci n parcial del inmueble individualizado como lote 125, ubicadoó en calle Las Torres S/N Lote 125, Cerro Rocuant Alto, comuna de Valpara so, Regi n de Valpara so, individualizado en el plano proyecto deí ó í “ expropiaciones AP EXP N 3, 1 y 2 del Serviu Regi n de Valpara so , rol° ó í ” de aval o N 9302 00001, con una superficie a expropiar de 10.000 metrosú ° cuadrados, con los deslindes indicados en el plano que acompa a a suñ Código: XRJZXXXPFKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presentaci n, de presunto dominio de Sociedad Buses Carolina Valpara soó í S.A., o de quien acredite su dominio. Sin perjuicio de la facultad de Serviu Valpara so, hace presente queí desde que el inmueble se encontraba en poder de Buses Carolina, o ahora, desde que est en poder de su representada, siempre existieroná conversaciones con la expropiante para que ste dictara los actosé administrativos necesarios para materializar la expropiaci n.ó Indica que, conforme a la l mina que inserta, se puede apreciar laá expropiaci n parcial; lo que se denomina lote 125 A , que corresponde aló “ ” terreno expropiado, con una superficie de 10.000 metros cuadrados, y lo denominado como “Lote 125 B”, corresponde a la parte no expropiada del denominado Lote 125 de la agrupaci n las zorras, rol de aval o 9302-1, conó ú una superficie de 10.320 metros cuadrados. En cuanto al due o del inmueble expropiado, Inmobiliaria Arag nñ ó Limitada, expresa que por escritura p blica otorgada en la notar a deú í Valpara so í de don Gabriel Alfonso Ferrand Miranda (interino), repertorio N 3009-3030, de fecha 29 de septiembre del a o 2020, rectificada por° ñ escritura repertorio N 3939 el 14 de diciembre del a o 2020, otorgada ante° ñ el mismo notario, su representada, Inmobiliaria Arag n Limitada, compr aó ó Buses Carolina Sociedad An nima, la pro

Fallo

por tanto, carece de significaci n econ mica para seró ó explotada por la Titular del dominio. De conformidad a estas pruebas, fundadas y concordantes entre s , laí reclamante ha logrado establecer los supuestos de hechos de la acci nó incoada, motivo por el cual se proceder a acoger la demanda presentadaá del modo que se dir en lo resolutivo. á NOVENO: Que, el resto de la prueba, pormenorizada mas no analizada en lo particular, en nada altera lo concluido. Código: XRJZXXXPFKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 2 , 3 , 9 del D.L. N 2.186, el Decreto Supremo N 609 del Ministerio de° ° ° ° ° Tierras y Colonizaci n, y los art culos 144, 160, 170, 342, 346, 384 y 680 yó í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó se declara: 1.- Que se acoge la demanda presentada por don Ignacio Adolfo Zamorano Orellana, abogado, en representaci n de Inmobiliaria Arag nó ó Limitada, en lo principal del folio N 1, en contra del Servicio de Vivienda° y Urbanizaci n de Valpara so, representado por su director, don Tom só í á Ochoa Capelli, todos ya individualizados, y, en consecuencia, se ordena a la demandada a proceder a la expropiaci n total del inmueble singularizadoó como lote 125, ubicado en calle Las Torres S/N, Lote 125, Cerro Rocuant Alto, comuna de Valpara so, rol de aval o 9302-1.í ú 2.- Que, resultando totalmente vencida en este juicio, se

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-933-2021. CARATULADO : INMOBILIARIA ARAG N LIMITADA / SERVIU VÓ REGI N.Ó MATERIA : RECLAMACI N EN CONTRA DE ENTE EXPROPIANTE.Ó Valpara so, cuatro de julio de dos mil veintid s.í ó VISTO: En el folio N 1° , comparece don Ignacio Adolfo Zamorano Orellana, abogado, en representaci n de Inmobiliaria Arag n Limi

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