MERINO CON JURIDICA
Rol
O-36-2021
Fecha
31 de marzo de 2023
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 58, 63, 67, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 178, 420, 423, 425, 432, 434, 438, 440, 462 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por VÍCTOR HUGO MERINO MERCADO, RUT 12.272.959-1, en contra de SHADDAY LOGÍSTICA S.P.A., RUT 76.591.027-7, estimando que el autodespido de que fue objeto es justificado y, en consecuencia, se condena a esta última a pagar al demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones. a) La suma de $800.000.- correspondiente a indemnización sustitutiva del aviso previo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo. b) La suma de $186.667.- por concepto de feriado proporcional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 73 del Código del Trabajo. c) Cotizaciones previsionales en AFP Capital, FONASA y AFC Chile por el periodo relación laboral demandado, esto es, desde el 1 de julio hasta el 5 de noviembre de 2020, a razón de una remuneración mensual ascendente a la suma de $800.000.- h) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el correspondiente contrato de trabajo desde la fecha de término de la relación laboral, esto es, el 5 de noviembre de 2020 y hasta la convalidación del mismo a razón de una remuneración mensual ascendente a la suma de $800.000.- II.- Que las indemnizaciones y prestaciones ordenadas pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no haber deducida contradicción. IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, se dará inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. RUC 21-4-0315290-8 RIT Dictada por Doña María Paola Paredes Vega, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja
Fundamentos
considerando: Se transcribe solo la parte resolutiva, encontrándose íntegramente en el registro de audio. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 58, 63, 67, 160, 162, 163, 171, 172, 173, 178, 420, 423, 425, 432, 434, 438, 440, 462 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por VÍCTOR HUGO MERINO MERCADO, RUT 12.272.959-1, en contra de SHADDAY LOGÍSTICA S.P.A., RUT 76.591.027-7, estimando que el autodespido de que fue objeto es justificado y, en consecuencia, se condena a esta última a pagar al demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones. a) La suma de $800.000.- correspondiente a indemnización sustitutiva del aviso previo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo. b) La suma de $186.667.- por concepto de feriado proporcional de conformidad a lo dispuesto en el artículo 73 del Código del Trabajo. c) Cotizaciones previsionales en AFP Capital, FONASA y AFC Chile por el periodo relación laboral demandado, esto es, desde el 1 de julio hasta el 5 de noviembre de 2020, a razón de una remuneración mensual ascendente a la suma de $800.000.- h) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el correspondiente contrato de trabajo desde la fecha de término de la relación laboral, esto es, el 5 de noviembre de 2020 y hasta la convalidación del mismo a razón de una remuneración mensual ascendente a la suma de $800.000.- II.- Que las indemnizaciones y prestaciones ordenadas pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no haber deducida contradicción. IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resue
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 31 de marzo de 2023 RUC 21-4-0315290-8 RIT O-36-2021 MAGISTRADO María Paola Paredes Vega ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristián Jofré Zarges HORA DE INICIO 11:01 HORA DE TERMINO 11:45 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140315290-8-1351 SALA 4. PARTE DEMANDANTE Víctor Hugo Merino Mercado, Rut 12.272.959-1 ABOGADO Andrea Mancilla Leite P
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