SCOTIABANK CHILE S. A./OLIVOS
Rol
C-17258-2020
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 18 de noviembre de 2020 don Cristian Patricio Obrador Luco, abogado, domiciliado Ahumada N 312, Piso 9, Oficina 926, comunaº de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nimaó bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmente por suó Gerente General, don Francisco Javier Sard n de Taboada, abogado, todosó domiciliados en Morand N 226, comuna de Santiago, deduce demandaé º ejecutiva en contra de do a Viviana Carolina Olivos Cuevas, ignorañ ocupaci n u oficio, con domicilio Los Zorzales 1402, comuna Padreó Hurtado. Funda su demanda en que su representada es due a del pagar enñ é cuotas N 710088849341, que acompa a, suscrito en calidad de deudor° ñ principal por la ejecutada, por $7.397.172.-, por concepto de capital, m sá una tasa de inter s de 0,6% mensuales, que el deudor se oblig a pagar ené ó 60 cuotas iguales y sucesivas, las primeras por un monto $147.897 y la ltima cuota por el monto de $148.821, venciendo la primera de ella el 05ú de marzo de 2020. Indica que se estableci en dicho documento que el no pago oportunoó de una cualquiera de sus cuotas, sea de capital o de intereses, faculta al acreedor para hacer exigible de inmediato el total del saldo insoluto a esa fecha, el que desde ese momento se considera de plazo vencido y devenga a favor del acreedor, o de quien sus derechos representen, el inter s m ximoé á convencional que rija durante la mora o el simple retardo. Expone que la ejecutada no cumpli la obligaci n contra da en laó ó í cuota N 4 constituy ndose en mora a partir del 05 de junio de 2020, por lo° é que viene en hacer efectiva la cl usula de aceleraci n, siendo el capitalá ó adeudado a la fecha la cantidad de $7.104.230.- suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados. Expresa que habiendo sido autorizada por Notario la firma de la demandada, dicho documento tiene m rito ejecutivo y la obligaci n esé ó l quida, actualmente exigible y su acci n no se encuentra prescrita.í ó 1
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que con fecha 18 de noviembre de 2020 don Cristian Patricio Obrador Luco, abogado, domiciliado Ahumada N 312, Piso 9,º Oficina 926, comuna de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representadaó ó legalmente por su Gerente General, don Francisco Javier Sard n deó Taboada, abogado, todos domiciliados en Morand N 226, comuna deé º Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de do a Viviana Carolinañ Olivos Cuevas, ignora ocupaci n u oficio, con domicilio Los Zorzales 1402,ó comuna Padre Hurtado, conforme a los fundamentos de hecho y derecho se alados en la expositiva de la presente sentencia, solicitando en definitivañ se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $7.104.230.-, correspondiente a la amortizaci n de capital, a la que debeó adicionarse intereses a tasa m xima convencional desde el d a siguiente alá í vencimiento de la cuota impaga del hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello con costas. 2 Código: BVXFXXTQRSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17258-2020 Segundo: Que el ejecutado opuso la excepci n de prescripci n deló ó numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, conforme aí ó los fundamentos expuestos precedentemente. Tercero: Que el art culo 1698 del C digo Civil dispone que incumbeí ó probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que en cuanto a la excepci n de prescripci n, el art culoó ó í 2514 del C digo Civil dispone que la prescripci n que extingue las accionesó ó y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó Por su parte el art culo 2515 del mismo cuerpo legal, se ala que esteí ñ tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cincoñ para las ordinarias. La acci n ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres a os,ó ñ y convertida en ordinaria durar solamente otros dos.á A su turno, el art culo 98 de la Ley N 18.092 sobre Letras de Cambioí ° y Pagar reza: é El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del“ ó portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a delñ í vencimiento del documento. .” Y, de acuerdo con lo se alado en el art culo 100 inciso primero de lañ í misma ley, la prescripci n s lo se interrumpe con la notificaci n de laó ó ó demanda. Quinto: Que la denominada Cl usula de Aceleraci n convenida en“ á ó ” el pagar objeto de la presente ejecuci n fue redactada en t rminosé ó é facultativos. En la especie, ste la hizo efectiva en virtud de la presentaci né ó de la demanda, con fecha 18 de noviembre de 2020. Que no obstante lo anterior, al haberse pactado que el capital se pagar a en 60 cuotas, a la poca de incoarse la acci n de autos seí
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo adem s presente á lo dispuesto en los art culos 1437, 1445, 1494, 1545, 1560, 1698 y 1699 del C digo Civil;í ó 160, 170, 254, 434 N 4, 464, 470 y 471 del C digo de Procedimiento Civil,° ó se declara: I.-Que se acoge la excepci n de prescripci n opuesta deó ó conformidad con lo dispuesto en el art culo 464 N 17 del C digo deí º ó Procedimiento Civil, alz ndose la ejecuci n a su respecto á ó II.-Que cada parte pagar sus costas por haber tenido motivosá plausibles para litigar. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Valentina Villarroel Varela, Juez Suplente;ñ Autorizada por do a Mar a Victoria Robles Dinamarca, Secretaria Ad hoc. ñ í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, uno de Julio de dos mil veintid s.ó 4 Código: BVXFXXTQRSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-07-01T17:19:06-0400
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C-17258-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17258-2020 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./OLIVOS Santiago, uno de Julio de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 18 de noviembre de 2020 don Cristian Patricio Obrador Luco, abogado, domiciliado Ahumada N 312, Piso 9, Oficina 926, comunaº de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile, socie
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