ZENTENO/RODRÍGUEZ
Rol
C-2-2022
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 6 de enero de 2022, comparece don Paul Chazal Garrido, abogado, domiciliado en Calle Manuel Antonio Matta N°526, Coelemu, en representación convencional de doña Margot Isabel Zenteno Soto, labores de casa, domiciliada en Las Princesas, Condominio 106, Casa 1, Comuna de Concepción, quien interpone demanda de restitución de inmueble arrendado y cobro de rentas, y en subsidio, demanda de desahucio, ampliada al folio 27, en contra de don Rubén del Carmen Rodríguez Fuentealba, comerciante, domiciliado en Calle Martínez de Rozas N°598, Rol 79-2, Coelemu. Funda su demanda en que con fecha 21 de febrero de 2005 su mandante entregó en arrendamiento un inmueble, consistente en un local comercial, ubicado en Coelemu, Calle Martínez de Rozas N°598, Rol 79-2 al demandado ya individualizado, por una renta mensual inicial de $70.000 pagadera por periodos anticipados, durante los 10 primeros días de cada mes, además de las cuentas de electricidad, agua potable y alcantarillado, tal como consta en el contrato acompañado a los autos y cuyas firmas fueron autorizadas por la Notario Interina de Coelemu de la época doña Carolina Fuentealba Madariaga. Agrega que la renta actualmente asciende a la suma de $121.818 al mes. El plazo inicial del contrato fue de 6 meses renovables, de forma indefinida. Indica que conforme al procedimiento establecido en la clausula secta de dicho instrumento, la actora comunicó al arrendatario su voluntad de poner término al contrato citado mediante desahucio, remitiéndole una carta notarial certificada expedida por Correos de Chile con fecha 29 de octubre de 2021. Sostiene que de acuerdo a lo citada disposición contractual, el contrato de arriendo expiró un mes después del envío de la comunicación, esto es el 29 de noviembre de 2021, concediéndosele al arrendatario un término de 35 días a contar de esta misiva, para la restitución de lo arrendado, libre de ocupantes y moradores, con el pago de sus consumos y servicios básicos al día.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Margot Zenteno Soto, interpuso demanda de restitución del inmueble arrendado y cobro de rentas, en subsidio demanda de terminación por no pago de rentas, y en subsidio, demanda de deshucio en contra de don Rubén del Carmen Rodríguez Fuentealba, solicitando se declare que el contrato de arrendadmiento suscrito entre las Foja: 1 partes expiró el día 29 de noviembre de 2021; ordenar la restitución del inmueble a su arrendadora libre de ocupantes y moradores dentro de tercero día desde que el
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la Fuerza Pública; c) Que el demandado pague la suma de $487.272, por concepto de rentas de arrendamiento adeudadas a esta fecha y las que se devenguen durante la tramitación de esta causa, y hasta que se efectúe la restitución del inmueble y el pago, más el reajuste indicado en el artículo 21 de la Ley 18.101; además de los consumos de agua potable y alcantarillado, y de energía eléctrica, cuya determinación y pago se perseguirá en la etapa de cumplimiento de sentencia; d) Que el demandado deberá pagar las costas de la causa. En subsidio, solicita se acoja la demanda en aquellas prestaciones, partes, cantidades demandadas, mayores, menores o diversas, que el Tribunal determine de acuerdo con el mérito del proceso, también con costas. De forma subsidiaria a la acción principal, y para el caso de estimarse que el contrato de arrendamiento no ha expirado, y que por ende se encuentra vigente, demanda la terminación inmediata del contrato, por no pago de la renta, con costas, fundado en que el demandado adeuda las rentas de arrendamiento de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021, las que ascienden a $487.272, monto reajustable conforme Foja: 1 artículo 21 de la Ley 18.101. El demandado adeuda además consumos de agua potable y de energía eléctrica, cuya determinación se efectuará en la etapa de cumplimiento del fallo. Previas enunciación de citas legales, solicita tener por interp
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 55 .- .- NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Coelemu CAUSA ROL : C-2-2022 CARATULADO : ZENTENO/RODRÍGUEZ Coelemu, uno de Julio de dos mil veintidós VISTO: Que, con fecha 6 de enero de 2022, comparece don Paul Chazal Garrido, abogado, domiciliado en Calle Manuel Antonio Matta N°526, Coelemu, en representación convencional de doña Margot Isabel Zenteno S
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica