SÁNCHEZ/
Rol
V-23-2022
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 18 de Marzo de 2022, comparece don JUAN ANTONIO VALLEJOS URB1NA, abogado, con domicilio en calle Carrera Pinto N° 497 de esta ciudad en representación de doña CLAUDINA DEL CARMEN SÁNCHEZ BUENO, cédula nacional de identidad N° 6.127.516-9, labores de casa, domiciliada en calle Dos Sur N° 44 de la ciudad de Parral, y expone: Que viene en solicitar la autorización judicial para que su representada enajene las acciones y derechos o cuota de dominio que a su hermano (interdicto por causa de demencia) don CARLOS JOSE SÁNCHEZ BUENO, cédula nacional de identidad N° 5.964.412-2, de su mismo domicilio, le corresponde en el siguiente bien raíz: "Inmueble rural ubicado en PENCA GUA de la comuna de Parra, provincia de Linares, que según plano individual número cero siete guion tres guion seiscientos diecisiete S.R. (07-3-617 S.R.), tiene una superficie aproximada de seis coma noventa hectáreas (6,90 hás.) y deslinda: Lote a: cuatro coma cuarenta hectáreas (4,40 hás.): NORTE: Río Perquilauquén; ESTE: Manuel Fuentes Vásquez, separado por cerco y camino vecinal; SUR: camino vecinal que lo separa de Lote b o resto de la propiedad; OESTE: Manuel Soto Vásquez, separado por cerco.- Lote b: dos coma cincuenta hectáreas (2,50 hás.): NORTE: camino vecinal que lo separa de Lote a o resto de la propiedad; ESTE: Manuel Fuentes Vásquez, separado por cerco; SUR: Estero Penca gua, OESTE: Manuel Soto Vásquez, separado por cerco y camino vecinal. -El dominio se encuentra inscrito como herencia a fs. 541 N° 238 del Registro de Propiedad año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Parral. Dicho bien raíz se encuentra amparado por el rol de avalúo 1253 — 26 de la comuna de Parral- Don CARLOS JOSÉ SÁNCHEZ BUENO fue declarado interdicto por "discapacidad mental" mediante resolución del 17 de abril de 2018, dictadas por el Juzgado de Letras de Parral en los autos civiles rol 169-2017-V; interdicción que se encuentra inscrita a fojas 3050 N° 797 del Re
Fundamentos
motivos: Porque desde hace cerca de diez años vive en casa de su_ hermana Claudina (quien ya vendió sus propios derechos, como más arriba se indica), acá en calle Dos Sur N° 44 de la ciudad de Parral. Porque la casa que habitaba Carlos José (en el campo que se está vendiendo), fue destruida por el terremoto del 2010. Después del sismo, las autoridades le instalaron una vivienda ligera en ese terreno, vivienda donde Código: VXCXXXFGXKD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 mal vivió este discapacitado durante breves meses, hasta que -por motivos de su situación mental, su alcoholismo y su mala condición de vida- fue "recogido" por Claudina (su única hermana), quien lo trajo a vivir en su casa de calle Dos Sur N° 44 de Parral, donde actualmente vive con ella. Además de lo anterior, debe considerarse que aquel terreno rural era trabajado en forma bastante precaria, sin mayores utilidades que las escasas entradas económicas que dejaban siembras de trigo y arriendos, que no todos los años allí se efectuaban. Eso determinó en gran medida la decisión de que cada comunero fuera vendiendo sus derechos. Por si ello no fuera poco, en el caso de Carlos José, su especial condición de discapacitado le ha impedido absolutamente sacar provecho durante toda su vida de aquel terreno. En el momento actual en que se encuentra dependiendo absolutamente de su hermana y de las escuálidas entradas económicas de ella, resulta de extrema necesidad el que se pueda vender sus derechos para obtener el dinero que se necesita para pagar los gastos de mantención. En cuanto al precio proyectado de la venta de esta cuota de dominio de Carlos José este alcanza a seis millones doscientos cincuenta mil pesos ($6.250.000.-) mismo precio de venta de los derechos o cuota de dominio de sus otros cinco hermanos. Como dato referencial el citado predio amparado en el rol 1253-26 de la comuna de Parral registra actualmente como avalúo para el Primer Semestre del año 2022 la suma de $18.094.627. Solicita en definitiva previas citas legales se autorice la enajenación de la cuota de dominio que a su hermano discapacitado don CARLOS JOSE SANCHEZ BUENO, le corresponde en el inmueble singularizado en lo principal de $6.250.000.- como precio de la venta de la citada cuota de dominio de contado y en dinero efectivo o en su defecto en el precio y forma que el Tribunal determine conforme al mérito de autos y con arreglo a Derecho. SEGUNDO: Que se adjuntaron los siguientes antecedentes para ser ponderados por el Tribunal: 1.- Título de dominio de fs. 541 N° 238 del Registro de Propiedad año 2016; 2.- Copia autorizada de la escritura de compraventa de derechos en el inmueble de autos, efectuada por cinco hermanos del interdicto Carlos José Sánchez Bueno. Dicha escritura pública se otorgó el día 08 de Noviembre de 2021 en la Notaría de San Gregorio comuna de Ñiquén y corresponde al repertorio 787/2021. 3.- Copia autorizada de
Fallo
fallo: 19 de Abril de 2022 _________________________________________________________________________ Parral, uno de Julio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 18 de Marzo de 2022, comparece don JUAN ANTONIO VALLEJOS URB1NA, abogado, con domicilio en calle Carrera Pinto N° 497 de esta ciudad en representación de doña CLAUDINA DEL CARMEN SÁNCHEZ BUENO, cédula nacional de identidad N° 6.127.516-9, labores de casa, domiciliada en calle Dos Sur N° 44 de la ciudad de Parral, y expone: Que viene en solicitar la autorización judicial para que su representada enajene las acciones y derechos o cuota de dominio que a su hermano (interdicto por causa de demencia) don CARLOS JOSE SÁNCHEZ BUENO, cédula nacional de identidad N° 5.964.412-2, de su mismo domicilio, le corresponde en el siguiente bien raíz: "Inmueble rural ubicado en PENCA GUA de la comuna de Parra, provincia de Linares, que según plano individual número cero siete guion tres guion seiscientos diecisiete S.R. (07-3-617 S.R.), tiene una superficie aproximada de seis coma noventa hectáreas (6,90 hás.) y deslinda: Lote a: cuatro coma cuarenta hectáreas (4,40 hás.): NORTE: Río Perquilauquén; ESTE: Manuel Fuentes Vásquez, separado por cerco y camino vecinal; SUR: camino vecinal que lo separa de Lote b o resto de la propiedad; OESTE: Manuel Soto Vásquez, separado por cerco.- Lote b: dos coma cincuenta hectáreas (2,50 hás.): NORTE: camino vecinal que lo separa de Lote a o resto de la propiedad; EST
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- Causa Rol N°: 23-2022-V Materia: Autorización para Enajenar Bienes Raíces Solicitante: Claudina del Carmen Sánchez Bueno Rut Nº: 6.127.516-9 Fecha de ingreso: 18 de Marzo de 2022 Autos para fallo: 19 de Abril de 2022 _________________________________________________________________________ Parral, uno de Julio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que co
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