2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LOYOLA/MONCKEBERG

Rol

M-3249-2022

Fecha

30 de marzo de 2023

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Al escrito “Acompaña documentos” de la parte demandante de fecha 29 de marzo de 2023, el Tribunal resuelve: Téngase por acompañados los documentos que indica. Se deja constancia que la parte demandada no comparece a la presente audiencia, estando válidamente notificada el día 23 de febrero de 2023 a las 09:49 horas, conforme lo dispone el artículo 437 inciso primero del Código del Trabajo, pero además se remitió una carta certificada a su domicilio para los efectos de notificarlo de la audiencia del día de hoy 30 de marzo de 2023 a las 10:15 en la sala 4. Respecto de dicha carta el Tribunal solicitó verificar si existían antecedentes de su efectiva recepción y se averigua que el n° de seguimiento de Correos de Chile es 1181810697204 y la carta fue entregada el día 23 de marzo de 2023, por lo tanto la demandada estaba también en conocimiento de esta circunstancia. Contestación a la demanda: Se tiene por evacuado el trámite de contestación de la demanda, en rebeldía de la parte demandada. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la rebeldía de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad que la demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada. En tal evento, fecha de inicio de la relación laboral, funciones desempeñadas por el demandante, existencia de una jornada de trabajo y demás estipulaciones de relevancia. 2) Para el evento anterior, fecha de inicio de la relación laboral naturaleza de dicho contrato de trabajo. 3) Fecha y forma de término de la relación, cumplimiento de las formalidades legales por parte de la demandada. 4) Remuneración pactada y efectivamente percibida por la demandante. 5) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad de la actora durante la vigencia de la rel

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 72, 162, 500, 504 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil y demás normas legales pertinentes, se declara: I. Que entre al demandante, doña UBERLINDA ROSA LOYOLA MUÑOZ y la demandada, don FERNANDO MONCKEBERG VERGARA existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al 12 de julio del año 2022 y su término al 8 de septiembre del año 2022. II. Que el despido decidido por la demandada es indebido, improcedente e injustificado, por lo cual deberá dar pago a las siguientes prestaciones: a) $1.084.200 pesos, indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) $119.479 pesos, feriado proporcional. III. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social de la actora en las instituciones Fonasa, AFP Provida y AFC Chile, durante toda la vigencia de la relación laboral, teniendo como base remuneratoria la suma de $1.084.200 pesos. IV. Que el despido decidido por la demandada no ha puesto término a la obligación remuneratoria de la demandada, quien deberá continuar con el pago hasta su efectiva convalidación, teniendo como base de cálculo la suma de $1.084.200 pesos. V. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes correspondientes. VI. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Liliana Ledezma Mi

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 30 DE MARZO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 18 (VIRTUAL) RUC 22-4-0442718-4 RIT M-3249-2022 MAGISTRADA LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 10:39 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:11 HORAS N° REGISTRO DE

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