ABARCA/ABARCA
Rol
C-457-2022
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Primero: Que comparece Bernardita Ángela Abarca Henríquez, labores de casa, domiciliada Calle Victoria 2.868, departamento 35 comuna de Valparaíso y Francisco Renato Abarca Henríquez, empleado, domiciliado en Miraflores Alto, Av. Padre Hurtado 3133, bloc B, depto. 401, comuna de Viña del Mar, interponiendo demanda de designación de juez árbitro en contra de Ciro De La Cruz Abarca Henríquez, pensionado, domiciliado en Población Don Francisco, Uno Oriente 137,comuna de Casablanca y Carmen Isabel Abarca Henríquez, labores de casa, domiciliada en Lo Vásquez, Paso Hondo, parcela del mismo nombre, Ruta F 852, comuna de Casablanca. Solicitan se proceda a la designación de juez árbitro para que se realice la partición de la comunidad en que los cuatro se encuentran respecto de la propiedad raíz ubicada en Casablanca, Lo Vásquez, Paso Hondo, parcela del mismo nombre, ubicada en la Ruta F-852, paralela a la Ruta 68, que adquirieron por sucesión por causa de muerte de Exequiela del Carmen Henríquez y cuyo dominio corre actualmente según inscripción especial de herencia de fojas 500 número 823 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca correspondiente al año 1990, pues es su deseo no perseverar en esta comunidad, surgiendo la necesidad de su partición por un árbitro partidor que conozca del asunto. Concluyen su presentación solicitando citar a Ciro De La Cruz Abarca Henríquez y a Carmen Isabel Abarca Henríquez, ya individualizados a fin de acordar el nombramiento de árbitro que soliciten, o, a falta de acuerdo, proceda a nombrarlo S.S. Segundo: Que con fecha 8 de junio de 2022 (F.13) consta acta de comparendo, con la asistencia de la parte demandante y demandada representadas por sus abogados. La parte demandante ratifica la demanda en todas sus partes y se tiene por contestada la demanda, allanándose a la misma, solicitando ambas partes de común acuerdo que la designación de juez arbitro sea realizada por este Tribunal y que éste tenga d
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la solicitud de designación de juez árbitro, efectuada por los demandantes de fecha 12 de abril de 2022 (Al folio 1), designándose en calidad de Juez Árbitro al abogado don MATÍAS ALLAN ROBERTSON CORTÉS, con domicilio en calle 7 Norte Nº 645, Oficina 406, Edificio Centro Libertad, Viña del Mar, teléfonos: 994513257 y 322482978, correo electrónico: matiasallanrobertson@gmail.com.- Código: XXVHXXXYHFD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese en forma legal a las partes y a la persona designada, para la aceptación del cargo, y archívese en su oportunidad. Dictada por Alexandra Yáñez Jara, juez del Juzgado de Letras de Casablanca. Se deja constancia que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: XXVHXXXYHFD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-30T19:45:51-0400
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Rol C-457-2022 Carátula: Abarca con Abarca Materia: Designación de Juez Árbitro Casablanca, a treinta de junio de dos mil veintidós. Visto: Primero: Que comparece Bernardita Ángela Abarca Henríquez, labores de casa, domiciliada Calle Victoria 2.868, departamento 35 comuna de Valparaíso y Francisco Renato Abarca Henríquez, empleado, domiciliado en Miraflores Alto, Av. Padre Hurtado 3133, bloc B, de
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