18º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./PULIDOS

Rol

C-213-2022

Fecha

29 de junio de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 949, oficina 1901, comuna de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancaria, representada por su Gerente General, don Diego Masola, contador público, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, todos domiciliados, para estos efectos en Morandé 226, comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva conforme a las normas de la Ley 20.027 en contra de doña Tatiana Andrea Pulidos Cisternas, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Colono Jorge Grebe 2519, comuna de Puerto Montt. Funda la demanda en que su representada es dueña y legítima tenedora de los siguientes pagarés: 1.- Pagaré de monto capital equivalente a 6,9081 Unidades de Fomento, suscrito con fecha 30 de noviembre de 2021, y con vencimiento para el día 10 de diciembre de 2021. 2.- Pagaré de monto capital equivalente a 80,1725 Unidades de Fomento, suscrito con fecha 30 de noviembre de 2021, y con vencimiento para el día 10 de diciembre de 2021. Expresa que dichos pagarés fueron suscritos por Scotiabank en representación de la ejecutada, en virtud del mandato conferido por ésta en el Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación superior con Garantía Estatal. 1 Código: VQHMXXEMMPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Afirma que la sumatoria de ambos montos de capital, ya referidos, y por el cual se solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo asciende a 89,0806 UF, que equivalen en moneda nacional al día de 10 de enero de 2022, a la suma de $2.765.474.- Refiere que se pactó que el simple retardo y/a mora en el pago del capital adeudado, se devengará un interés penal igual al interés máximo convencional que sea permitido estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o

Fundamentos

fundamentos de la excepción de nulidad; y por otro lado, también señala como fundamento que el mandato en virtud del cual se suscribió el pagaré sería nulo, por cuanto un pagaré entre sus requisitos esenciales contempla la “promesa no sujeta a condición de pagar una determinada cantidad de dinero”, y el mandato en cuestión no determina la cantidad de las deudas que el mandatario podía reconocer en favor de un tercero. Añade que en ninguno de los documentos acompañados por la ejecutante consta de manera idónea la personería de don Juan Cortés Pizarro, quien suscribió el pagaré de autos en representación de Scotiabank Chile S.A., para representar a dicha institución financiera. A folio 26 el actor evacuó el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas.

Fallo

Se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba por el término legal. Se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 949, oficina 1901, comuna de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancaria, representada por su Gerente General, don Diego Masola, contador público, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, todos 3 Código: VQHMXXEMMPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl domiciliados, para estos efectos en Morandé 226, comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva conforme a las normas de la Ley 20.027 en contra de doña Tatiana Andrea Pulidos Cisternas, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Colono Jorge Grebe 2519, comuna de Puerto Montt, conforme a los fundamentos de hecho y derecho señalados en la expositiva de la presente sentencia, solicitando en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad de 89,0806 UF, que equivalen en moneda nacional al día de 10 de enero de 2022, a $2.765.474.-, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello con costas. SEGUNDO: Que, en la especie se ha hecho valer como título ejecutivo el contemplado en el artículo 434 Nº4 del Código de Procedimiento

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-213-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./PULIDOS Santiago, veintinueve de Junio de dos mil veintidós VISTOS: Don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 949, oficina 1901, comuna de Santiago, mandatario judicial de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancari

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