RETAMALES/
Rol
V-156-2019
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Primero: Comparece con fecha 6 de mayo de 2019 do a Constanza Retamalesñ Araneda, chilena, soltera, secretaria administrativa, c dula nacional de identidadé 7.254.963-5, domiciliada en parcela 40, las Gaviotas, comuna de Quintero, regi n deó Valpara so, y expone que viene en solicitar la cancelaci n de la inscripci n de Fojas 24,í ó ó n mero 47 del a o 2004, la que se encuentra anotada al margen de su inscripci n deú ñ ó dominio la que rola a fojas 486 n mero 521 en el Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Melipilla del a o 2002. í ñ Funda su solicitud en que actualmente es due a de la parcela n mero 53,ñ ú resultante de la subdivisi n de la parcela n mero 22 de la subdivisi n del predioó ú ó denominado "Hijuela San Alfredo", ubicado en Codegua, Melipilla, toda vez que adquiri el dominio mediante la celebraci n de un contrato de compraventa, en calidadó ó de compradora, a quien fuera la vendedora do a Claudia Marcela Draguicevic Monz n;ñ ó celebrado en la notar a de Santiago de don Ricardo San Mart n Urrejola, escritura deí í fecha 23 de enero de 2002, t tulo que se inscribi a 486 n mero 521 en el Registro deí ó ú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Melipilla del a o 2002.í ñ La inscripci n anterior de dominio, esto es, la foja 689 vuelta N mero 1263 deló ú Registro de Propiedad del a o 1998, a nombre de do a Claudia Marcela Draguicevicñ ñ Monz n, inscripci n que al parecer no fue cancelada por el Sr. Conservador de Bienesó ó Ra ces de la poca, lo cual habr a permitido a do a Claudia Marcela Draguicevicí é í ñ Monz n, volver a vender esta misma parcela.ó Esta situaci n que fue descubierta por su persona en el a o 2012 y que fueó ñ resuelta en el oficio del honorable conservador, ya que acompa una minuta ante este,ñó pidiendo la cancelaci n respectiva, la que fue antecedente suficiente, en dichaó oportunidad se le indic que hab an sido canceladas dichas inscripciones, tanto la deló í a o- 1998, como la que dio origen a la nueva
Fundamentos
motivos expuestos por el Conservador resolver por escritoá y sin m s tr mite lo que corresponda.á á Quinto: Que la solicitante pretende que el Conservador de Bienes Ra ces deí Melipilla cancele la inscripci n de Fojas 24, n mero 47 del a o 2004, la que seó ú ñ encuentra anotada al margen de su inscripci n de dominio que rola a fojas 486 n meroó ú 521 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Melipilla del a oí ñ 2002, y que corresponde a una compraventa de la antecesora en el dominio, la Sra. Claudia Marcela Draguicevic Monz n, quien compareci como vendedora, a donó ó Antonio Segundo Sabugal Oti ano, quien compareci como comprador,ñ ó consecuentemente, la anotaci n al margen es favor de este ltimo tercero. ó ú Foja: 1 Sexto: Que en base a lo informado por la se ora Conservador de Bienes Ra cesñ í de esta ciudad, quien no controvierte los hechos expuestos por la solicitante, y considerando el reparo acompa ado, se concluye que la negativa de la Sra. Conservadorñ se debi sustancialmente a la imposibilidad de realizar anotaciones marginales respectoó de la inscripci n de Fs. 24, n mero 47 del Registro de Propiedad del a o 2004, con eló ú ñ solo m rito de los antecedentes acompa ados, atendido el mandato legal que recae sobreé ñ sta, de conformidad al art culo 92 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienesé í Ra ces que dispone: El Conservador no har cancelaci n alguna de oficio; no obstante,í “ á ó en las inscripciones anteriores no canceladas, ser obligado a poner una nota de simpleá referencia a las posteriores que versen sobre el mismo inmueble . ” S ptimo:é En consecuencia, aparece fundado el rechazo de la conservadora, en atenci n a la existencia de dos t tulos originados de dos transferencias de dominio sobreó í el mismo bien realizado por do a Claudia Marcela Draguicevic Monz n, comoñ ó vendedora a la solicitante en el a o 2002 y en la misma calidad al se or Antonioñ ñ Segundo Sabugal Oti ano, el a o 2004, pues aquello hubiese implicado perjuicios añ ñ terceros, si la entidad registral hubiese actuado de oficio, omitiendo la v a judicial deí resoluci n de conflictos, cuyo camino es el legalmente procedente para resolver unó eventual dilema entre particulares. Octavo: Que en vista de la reflexi n que antecede, es til precisar que si bien laó ú solicitante ha recurrido a la instancia competente, mediante esta causa voluntaria tampoco resulta factible lo pretendido por la solicitante, si se tiene presente que existe un tercero que puede verse perjudicado con la cancelaci n que se persigue, siendo lo m só á id neo que en virtud de juicio declarativo de lato conocimiento, teniendo a la vista todosó los antecedentes necesarios y con citaci n de todos los afectados, en m rito de lasó é pruebas allegadas al proceso, se discuta y eventualmente se obtenga la cancelaci n de lasó subinscripciones que fueren procedentes. Por consiguiente, encontr ndose justificada laá negativa de la Sra. Conservadora de Bienes Ra ces de Mel
Fallo
Por lo expuesto, solicita ordenar la cancelaci n de la inscripci n de Fojas 24,ó ó n mero 47 del a o 2004, ordenar se le extiendan por parte del Conservador, certificadosú ñ de Dominio Vigente y de Hipotecas y grav menes libre de anotaciones, eliminando ená forma definitiva la anotaci n marginal a la que se ha hecho referencia, todo elloó conforme lo dispone el art culo 88 y siguientes pertinentes del Reglamento Conservatorioí de Bienes Ra ces. Certificado de dominio con vigencia de 16 de agosto de 2018, en queí no constan anotaciones marginales. Segundo: Que a fin de acreditar su pretensi n la solicitante acompa losó ñó siguientes documentos: a) Copia de la minuta ingresada con fecha 29 de febrero de 2012. Consta timbre del Conservador de Bienes Ra ces de Melipilla. í b) Copia de la minuta ingresada con fecha 03 de abril de 2019, debidamente recepcionada por el servicio online del CBR Melipilla, asign ndole la car tula 940347, laá á que orden que la cancelaci n deb a ser por v a judicial.ó ó í í c) Copia de correo electr nico de fecha 25 de abril de 2019 enviado desde laó cuenta cbrmelipilla@cbrmelipilla.cl a la cuenta vilmar.e.i.r.l@gmail.com que informa que la car tula 940347, se encuentra con reparos. á d) Certificado de dominio con vigencia al 16 de agosto de 2018, de la propiedad inscrita a fojas 486 n mero 521 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de 2002.í e) Certificado de dominio con vigencia al 12 de marzo de 2019, de la propiedad inscrita a
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Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : V-156-2019 CARATULADO : RETAMALES/ Melipilla, veintiocho de junio de dos mil veintid só VISTOS: Primero: Comparece con fecha 6 de mayo de 2019 do a Constanza Retamalesñ Araneda, chilena, soltera, secretaria administrativa, c dula nacional de identidadé 7.254.963-5, domiciliada en parcela
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