AGURTO/FISCO DE CHILE CDE
Rol
C-30310-2019
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 10 de octubre de 2019 comparece don Nelsonó Guillermo Caucoto Pereira, abogado, en representaci n de do a Merarió ñ Eunices Agurto Figueroa, due a de casa, domiciliados en Doctor Sotero delñ R o N 326, oficina 1104, comuna de Santiago, deduciendo demanda deí ° indemnizaci n de perjuicios en contra del Fisco de Chile, representadoó legalmente por la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado, do añ Mar a Eugenia Manaud Tapia, abogada, domiciliada en Agustinas N 1.687,í ° comuna de Santiago; por la suma de $200.000.000, para cada uno. Indica que su representada se encuentra calificada como v ctima en elí listado de prisioneros pol ticos y torturados, elaborado por la Comisi ní ó Nacional sobre Prisi n Pol tica y Tortura, establecida por el Decretoó í Supremo N 1.040, del a o 2003, del Ministerio del Interior, conocida° ñ como Comisi n Valech I, con el n mero 475.ó ú La demandante relata lo siguiente: Me detuvieron en la madrugada del d a 2 de mayo del a o 1974“ í ñ junto a mi padre Jos Arcadio Agurto Caro, quien se encontraba muyé enfermo, en nuestro domicilio. Nos llevaron vendados en un veh culo alí cuartel de investigaciones de Tom . En ese lugar, nos separaron. é A mi padre lo dejaron en un calabozo, mientras que a m me dejaroní en una oficina donde fui vejada. Me hicieron desvestirme por completo, me sentaron en algo -no lo recuerdo con claridad-, me interrogaron acerca de“ ” mi compa ero y padre de mi hija, Juan Alejandro Vargas Contreras (quienñ pertenec a al GAP o guardia presidencial, del Presidente Salvador Allendeí G., para el golpe de Estado), tambi n detenido y hasta el d a de hoyé í desaparecido, y tambi n sobre otras personas del partido socialista.é Posteriormente me trasladaron a un calabozo donde me torturaron brutalmente, en presencia de incontables ratas que estaban en ese lugar. Me sacaron a un espacio donde hab a algo como una silla de las que se utilizaní en la playa, me recostaron, me vendaron los ojos y me aplicar
Fundamentos
fundamentos de hecho que sustentan esta demanda de indemnizaci n de perjuicios, se encuentran los da os f sicos y materiales queó ñ í sufri , y por sobre todo, el da o moral directo derivado de a lo menos, lasó ñ siguientes circunstancias que rodearon la detenci n y el sometimiento aó tratos crueles e inhumamos en su contra, y que en mayor o menor medida se dieron en este caso particular: a) Da o Mental; b) Amenazas; c)ñ Incomunicaci n; d) Persecuciones; e) Negativa de acceso a la informaci n; f)ó ó Inseguridad; g) Presiones y da os psicol gicos; h) Alteraciones del sue o; i)ñ ó ñ Neurosis de angustia, con secuelas de enfermedades psicosom ticas; j)á Aislamiento Social; k) Otras secuelas en el seno de la familia, como separaciones forzosas de largo tiempo; l) Derechos Humanos conculcados en toda su amplitud. Por ltimo, cabe hacer menci n, que la Base Naval de Talcahuano /ú ó Base El Morro de Talcahuano, funcion como lugar de detenci n y“ ” ó ó tortura desde los primeros meses despu s del golpe hasta 1975. En eseé entonces designado en el cargo de Gobernador de Talcahuano estaba el Código: XVCHXXXXXZB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Capit n Fernando Carrasco Herrera, mientras que el Contralmirante Jorgeá Paredes Wetzer era comandante de la II Zona Naval. La Base Naval el recinto principal utilizado por el Servicio de Inteligencia Regional (SIRE) de Concepci n, donde se mantuvo un n meroó ú importante de prisioneros. El SIRE estaba integrado por efectivos de distintas unidades de la zona de Concepci n y contaba con oficiales de laó Armada y del Ej rcito entre sus mandos. Entre el personal subordinadoé predominaban los efectivos de la Armada y hab a una importanteí participaci n de miembros de Carabineros e Investigaciones. La Base Navaló estaba tambi n estrechamente ligada a las acciones de la 4a Comisar a deé í Carabineros de Concepci n (corresponde a la actual 2 Comisar a), dondeó ª í muchos presos pol ticos de la regi n fueron torturados para serí ó posteriormente asesinados, entre ellos el entonces Intendente de Concepci nó Fernando lvarez Castillo, el Alcalde de Lota, Danilo Gonz lez, losÁ á dirigentes mineros Isidoro Castillo, Bernab Cabrera, Vladimir Araneda y elé dirigente del sindicato de profesores H ctor Vel squez Molina.é á Los presos pol ticos en la Base Naval de Talcahuano, que fluctuabaí entre 30 y 45 personas, eran mantenidos en el Gimnasio techado y en otras dependencias, las que eran custodiadas por infantes de Marina. Los presos sufr an constantes vejaciones y humillaciones y durante los interrogatoriosí eran sometidos a golpizas y torturas con aplicaci n de electricidad. Eló proceso de interrogatorio de muchos de ellos inclu a su trasladado alí Cuartel Rodr guez, al Fuerte Borgo o o al Estadio Francisco Acosta dondeí ñ el uso de la tortura era parte integral de los interrogatorios. Los presos pol ticos eran m s tarde retornados al Gimnasio de la Base Naval o
Fallo
por tantos a os buscada. Enñ este sentido se han creado programas, que incluyen beneficios educacionales, de salud, gestos simb licos u otras medidas an logas diversasó á a la simple entrega de cantidad de dinero. Indica que en el marco de discusi n de la Ley 19.123.- que estableci la Comisi n Rettig, se propusoó ó ó una serie de medidas de reparaci n entre las cuales se encontraba unó pensi n nica de reparaci n para los familiares directos de las v ctimas ,“ ó ú ó í ” cre ndose as la Corporaci n Nacional de Reparaci n y Reconciliaci n. Laá í ó ó ó finalidad de la referida ley fue plasmada de manera clara, cuando dentro de las funciones de la Comisi n se indic que le corresponder especialmente aó ó á ella promover la reparaci n del da o moral de las v ctimas a que se“ ó ñ í ” refiere el art culo 18. Asumida la idea reparatoria, se ala el Fisco de Chileí ñ que se han establecido distintos mecanismos mediante los cuales se han concretado esta compensaci n, a saber:ó I. Reparaciones mediante transferencias directas de dinero; Indica que en t rminos de costos generales para el Estado, este tipo de indemnizacionesé ha significado, a diciembre de 2015, una suma total de $706.387.596.727, por concepto de pensiones, bonos y desahucios. Se ala que desde unañ perspectiva indemnizatoria, una pensi n mensual es tambi n una forma deó é reparar un perjuicio actual y, aunque ella comporte una sucesi n de pagosó por la vida del beneficiario, ello no obsta a que podamos valorizarla para poder
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-30310-2019 CARATULADO : AGURTO/FISCO DE CHILE CDE Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 10 de octubre de 2019 comparece don Nelsonó Guillermo Caucoto Pereira, abogado, en representaci n de do a Merarió ñ Eunices Agurto Figueroa, due a de casa, domiciliados en Doctor Sotero
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