2º Juzgado Civil de Valparaíso

BANCO DE CREDITO E INVERSIONES / FISCO DE CHILE

Rol

C-1638-2021

Fecha

28 de junio de 2022

Materia

AMPARO, QUERELLA DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio N 1, comparece don Jos Isa as Flores Aravena, abogado,° é í en representaci n de Banco de Cr dito e Inversiones, quien deduce querellaó é posesoria de amparo en contra del Fisco de Chile, Ministerio de Obras P blicas, Direcci n General de Obras P blicas, Direcci n de Vialidad,ú ó ú ó Direcci n Regional de Vialidad Regi n de Valpara so, representado por eló ó í Consejo de Defensa del Estado, representado a su vez por don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, abogado, y de Ingenier a y Construcci n Santaí ó Laura SpA., representada por don Juan Alfonso Cristi Hormaz bal, ignoraá profesi n u oficio.ó En los folios N 6 y 30, se notifica la demanda a los demandados.° En los folios N 14 y 18, los demandados contestan la demanda.° En el folio N 26, se lleva efecto el comparendo de estilo, y se efect a° ú el llamado a las partes a conciliaci n, sin que se produzca un acuerdo. ó En el folio N 47, consta audiencia de continuaci n, rindi ndose la° ó é prueba que consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia. í

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LAS TACHAS: PRIMERO: Que, el Fisco de Chile viene en tachar al testigo de conformidad a la causal del N 7 del art culo 358 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, en atenci n a que se advierte de manera ostensible deó los propios dichos del testigo que la persona que lo present es su amigoó hace aproximadamente veinticinco a os y que adem s ha trabajado con l.ñ á é Los dichos del testigo dan cuenta que en el caso concurre el presupuesto de hecho que refiere la causal invocada de tacha, a saber, ntima amistad. í SEGUNDO: Que, la parte demandada, Ingenier a y Construcci n Santaí ó Laura SPA, adhiere en todas sus partes a la tacha deducida por el Fisco de Chile. TERCERO: Que, la parte querellante solicita el rechazo inmediato de la tacha interpuesta por carecer de absoluto presupuesto f ctico, siendo ená esencia una alegaci n temeraria, ya que quien presenta al declarante aó estrados es la querellante, Banco de Cr dito e Inversiones, y no como loé intenta se alar el Fisco de Chile, don Miguel D az, quien es un terceroñ í ajeno al juicio que no participa en l y a quien las resoluciones del juicio leé resultan inoponibles. La causal de tacha debe ser entre Banco de Cr dito eé Inversiones y el se or V squez y no con respecto a terceras personas,ñ á porque de serlo as , ninguna persona en la Rep blica podr a ser testigo ení ú í atenci n a que todos tienen una amistad ntima con una persona ajena aló í juicio o un tercero de ste. Las tachas son inhabilidades de entrada aé declarar y no de valoraci n en la sentencia, es decir, que se interponen paraó Código: CVXDXXNBYYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que el testigo no declare y no como lo pide el Consejo de Defensa del Estado, para que que sea acogida en la sentencia definitiva, sin perjuicio de reconocer la facultad exclusiva y excluyente del juez de permitir la declaraci n, dejando la tacha pendiente de resoluci n hasta la sentencia deó ó t rmino, lo que no puede ser solicitado por las partes del juicio.é Solicita que se rechace la tacha interpuesta en todas sus partes, con costas. CUARTO: Que, teniendo en consideraci n que los argumentos fundantesó de la tacha deducida se refieren a la relaci n del testigo con un sujetoó distinto a la parte que lo presenta y,

Fallo

por tanto, se alejan del supuesto de hecho de la causal invocada, se proceder a rechazar el incidenteá promovido del modo que se dir en lo resolutivo. á EN CUANTO AL FONDO: QUINTO: Que, en el folio N 1, comparece don Jos Isa as Flores° é í Aravena, abogado, en representaci n de Banco de Cr dito e Inversiones, deló é giro de su denominaci n, ambos con domicilio en 3 Sur N 81B, Barrancas,ó ° comuna y provincia de San Antonio, y s lo para estos efectos en Re acaó ñ Norte N 25, oficina 1505, comuna de Vi a del Mar y provincia de° ñ Valpara so, quien deduce querella de amparo en contra del Fisco de Chile,í Ministerio de Obras P blicas, Direcci n General de Obras P blicas,ú ó ú Direcci n de Vialidad, Direcci n Regional de Vialidad regi n deó ó ó Valpara so, representada por el Consejo de Defensa del Estado, servicioí p blico descentralizado, representado a su vez por el Abogado Procuradorú Fiscal de Valpara so, don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, abogado,í todos con domicilio en Arturo Prat N 772, segundo piso, comuna y° provincia de Valpara so, y en contra de la empresa Ingenier a yí í Construcci n Santa Laura SpA., sociedad del giro de su denominaci n,ó ó representada legalmente por don Juan Alfonso Cristi Hormaz bal, ignoraá profesi n u oficio, ambos con domicilio en avenida La Floresta sin n mero,ó ú Cuncum n, comuna y provincia de San Antonio.é Se ala que, su representada, Banco de Cr dito e Inversiones, en es yñ é ha sido poseedor inscrito, de forma tranquila y pac fica, po

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1638-2021. CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ /FISCO. MATERIA : QUERELLA DE AMPARO. Valpara so,í veintiocho de junio de dos mil veintid s.ó VISTO: En el folio N 1, comparece don Jos Isa as Flores Aravena, abogado,° é í en representaci n de Banco de Cr dito e Inversiones, quien deduce querellaó é

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